Informes reservados sustentaron la deportación o pérdida de visa de al menos siete extranjeros en Ecuador
La orden de deportación del informático sueco Ola Bini, emitida la noche del 1 de octubre, se basó, según su defensa, en un informe cuyo contenido ni él ni sus abogados conocen. Desde 2024, al menos otras seis personas extranjeras enfrentaron decisiones migratorias basadas en documentos clasificados como reservados o secretos.

LO QUE DEBES SABER:
- El informático sueco Ola Bini, el periodista hispano-chileno Lautaro Bernat Bidegain, el presidente del Centro Cultural y de Cooperación Ecuatoriano-Iraní, Mohammad Khodadadi, y un docente cubano recibieron órdenes de deportación. A la periodista cubana Alondra Santiago, al académico español Fernando Casado, exasesor de Luisa González, se les revocó la visa y un ciudadano ruso está a la espera de su resolución.
- En los siete casos, las autoridades invocaron razones de seguridad pública o del Estado, y las defensas aseguran no haber tenido acceso a los informes.
- La Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LOTAIP) establece que la reserva de información es excepcional y debe justificarse con una resolución motivada.
¿Qué casos terminaron en deportación?
En cuatro casos, las autoridades ordenaron la salida del país con base en informes que no fueron compartidos con la defensa.
- Lautaro Bernat Bidegain (octubre de 2025). El periodista hispano-chileno, que cubría el paro nacional, fue detenido en Quito el 5 de octubre de 2025 y esa misma noche fue enviado a España. La entonces vocera de la Presidencia, Carolina Jaramillo, dijo que la deportación se fundamentó en que representaba una amenaza para la seguridad, con base en el artículo 143.7 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, y que existe un informe en su contra de carácter privado. La Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) denunció que no se le informaron las causas de su detención ni se le permitió una defensa adecuada.
#Urgente | Periodista y creador de contenido @pelofuego__ quien estuvo cubriendo el #ParoNacionalEC en Imbabura será deportado.
— INREDH (@inredh1) October 6, 2025
El proceso de detención y deportación no cumplió con el debido proceso. Este acto resulta un grave atentado contra la libertad de expresión. @RELE_CIDH… pic.twitter.com/vq1h6BcyBt
- Un docente cubano de 71 años (junio de 2026). Vivía en Cuenca desde hacía unos 15 años. El 2 de junio acudió a Migración para hacer un trámite. A las 9:00 le notificaron el inicio de un proceso de deportación y la audiencia se realizó a las 10:30 del mismo día. La autoridad indicó que no podía revelar el contenido del informe secreto, y utilizó ese documento como sustento de la decisión de deportación. Ese mismo día fue deportado. Antes su defensa había presentado un hábeas corpus y una jueza había convocado a una audiencia. Lupa Media omite su nombre a pedido de las organizaciones que lo acompañan.
- Mohammad Khodadadi (marzo de 2026). El presidente del Centro Cultural y de Cooperación Ecuatoriano-Iraní, conocido como Sheij Mohammad, fue deportado tras una audiencia migratoria realizada el 25 de marzo. Según Teleamazonas, la decisión se sustentó en un informe de inteligencia reservado. El ministro del Interior, John Reimberg, dijo que Khodadadi tenía vínculos con la Fuerza Quds de Irán y con personas relacionadas con Leandro Norero. El Gobierno no ha hecho públicos los documentos que sustentan esas afirmaciones. Su abogado, Pablo de la Vega, señaló que, al conocer las resoluciones cuando Khodadadi ya estaba detenido en el aeropuerto, no pudo presentar una apelación. Fue trasladado con custodia policial a Panamá y luego a Estambul, desde donde viajó a Irán.
- Ola Bini (octubre de 2026). El Ministerio del Interior pidió la revocatoria de la visa del informático sueco, y la noche del 1 de octubre una audiencia migratoria resolvió su deportación, con prohibición de reingreso durante 10 años. Su abogado, Carlos Soria, afirmó que la decisión se basó en un informe de contrainteligencia del Centro de Inteligencia Estratégica (CIES), cuyo contenido desconocen. Según Bini, la deportación se ordenó sin que se resolviera el hábeas corpus presentado antes de la audiencia.
And yes, the report is secret and we have had no access to it. Impossible to defend yourself against what you are not allowed to know.
— Ola Bini – (@ola@infosec.exchange) (@olabini) October 2, 2026
¿Qué otras decisiones migratorias se basaron en informes reservados?
En otros tres casos, las autoridades revocaron visas de residencia con base en informes reservados.
- Vadim Avdeev, ciudadano ruso (agosto de 2026). Tiene residencia permanente desde 2019 y vive en Ecuador con su esposa e hijos. En agosto recibió por correo electrónico la resolución que revocó su visa. Según el amicus curiae, la resolución tiene como fundamento un oficio del Ministerio del Interior, clasificado como secreto, fechado el 3 de marzo de 2026, que afirma que cometió actos contra la seguridad del Estado sin explicar cuáles. Presentó una acción de protección y un juez suspendió la revocatoria mientras se resuelve el caso, que sigue a la espera de resolución.
- Fernando Casado (marzo de 2026). El académico español y exasesor de Luisa González fue notificado por correo electrónico de la revocatoria de su visa de trabajo, vigente desde hacía más de una década. Según el expresidente Rafael Correa, la medida se basó en un oficio reservado del Ministerio del Interior. En una entrevista con Radio Sucre, el presidente Daniel Noboa confirmó la revocatoria, acusó a Casado de “desestabilizar” e “incitar al desorden”, y la vinculó con la expulsión del embajador de Cuba y su misión diplomática, a quienes el Gobierno había declarado personas no gratas días antes. “Sí hay conexión, trabajan todos juntos”, dijo Noboa. Casado respondió que no conoce a los funcionarios de esa embajada.
- Alondra Santiago (junio de 2024). La Cancillería revocó la visa de la periodista cubana el 24 de junio de 2024. Según su abogado, la decisión se basó un documento clasificado como secreto tras una alerta del CIES. En el proceso judicial, la jueza Sandra Yanchatipán pidió al CIES certificar el carácter reservado de esos informes. Santiago salió del país antes de ser deportada.
¿Qué dice la ley?
En Ecuador, el Estado puede mantener en secreto ciertos documentos por razones de seguridad. Pero la Ley de Transparencia establece que eso debe ser una excepción, por un tiempo limitado y explicando por escrito por qué se hace. En el caso de las personas extranjeras, la Ley de Movilidad Humana permite revocarles la visa, es decir, el permiso para vivir en el país, o deportarlas, es decir, obligarlas a salir y prohibirles regresar. Una de las razones para deportar a alguien es que las autoridades lo consideren una amenaza para la seguridad del Estado.

La abogada Adriana Rodríguez, coordinadora del Programa Andino de Derechos Humanos de la Universidad Andina Simón Bolívar, sostiene que la deportación es una sanción y que, por ello, deben garantizarse los derechos de defensa. Fernando Bastias Robayo, del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH) Guayas, sostiene que las reformas recientes a la ley permiten quitar la visa con un informe secreto y sin avisarle a la persona.
¿Puede el Estado deportar con base en un informe reservado?
Sí, pero eso no le quita a la persona el derecho a defenderse. René Gálvez, docente de Derecho de la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE), explica que la ley permite usar un informe de inteligencia para deportar a alguien, pero que el problema es que la persona no puede saber qué dice ese informe para responder. Rodríguez agrega que la Corte Constitucional exige que estas decisiones tengan razones claras y pruebas.
Bastias señala que la persona debe saber exactamente de qué se le acusa, y que un juez debería poder revisar el informe para comprobar si tiene sustento. Sin embargo, en varios casos no fue posible. El periodista Lautaro Bernat Bidegain fue detenido y enviado a España la misma noche, sin que se le informaran las causas de su detención. Al ciudadano iraní Mohammad Khodadadi no se le notificaron las resoluciones hasta que ya estaba detenido en el aeropuerto, por lo que no pudo apelar. Bini y el docente cubano fueron deportados antes de que un juez resolviera los hábeas corpus presentados por sus defensas.
¿Qué advierten las organizaciones de derechos humanos?
En junio de 2026, el Comité de Trabajadores Migratorios de la ONU revisó la situación de Ecuador y le pidió eliminar las prácticas basadas en informes confidenciales y audiencias sumarias en los procesos migratorios. El Comité manifestó preocupación por las reformas de octubre de 2025 a la Ley de Movilidad Humana, que, según sus observaciones, permiten la detención y deportación acelerada por motivos que consideró ambiguos y sin revisión judicial previa.
En Ecuador, el CDH y otras organizaciones presentaron el 29 de junio una demanda de inconstitucionalidad contra esas reformas, que más de tres meses después la Corte Constitucional aún no admite. Las organizaciones de derechos humanos consultadas por Lupa Media documentan al menos otros tres casos de decisiones migratorias basadas en informes reservados. Dos de ellos terminaron en deportación, entre ellos el del docente cubano. Los otros tres siguen en trámite, entre ellos el del ciudadano ruso. Sobre los demás, las organizaciones prefieren no difundir detalles por temor a que eso acelere los procesos de deportación.
FUENTES:
- Entrevista a Adriana Rodríguez, coordinadora del Programa Andino de Derechos Humanos de la Universidad Andina Simón Bolívar
- Entrevista a René Gálvez, docente de la escuela de derecho de la UIDE.
- Entrevista a Abg. Johanna Romero.
- Entrevista a Fernando Bastias Robayo del Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH Guayas)
- Entrevista a Pablo A. de la Vega M. directivo del Centro Cultural y Cooperación Ecuatoriano-iraní. Activista y defensor de Derechos Humano.
- Entrevista a Viktor Avdeev, hijo de Vadim Avdeev.
- Revisión Causa 128-26-IN de la Corte Constitucional.
- Citadas en el texto.
