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Etiqueta: elecciones 2026

Es falso que candidatos de la RC estén fuera de las seccionales incluso si se desafilian

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¿Qué verificamos?

Un video que asegura que los candidatos de la Revolución Ciudadana (RC) no podrán participar en las próximas Elecciones Seccionales, incluso si se desafilian de su movimiento político. El video asegura que la inscripción es el 31 de mayo, por lo que ya no están dentro del plazo permitido.

¿Por qué es completamente falso?

Porque el plazo de inscripción de candidaturas para los próximos comicios es entre el 2 y 17 de agosto de 2026 de acuerdo al calendario actualizado del Consejo Nacional Electoral (CNE). Si se toman en cuenta los 90 días que establece el Código de la Democracia antes del cierre de inscripciones, los miembros de la RC que quieran postular tienen que haberse desafiliado antes del 19 de mayo de 2026. Por lo cual aún tienen alrededor de 45 días para hacerlo.

¿Qué dice la evidencia?

Plazos legales para postularse

  • El artículo 336 del Código de la Democracia establece que los afiliados no pueden postularse por otra organización política, a menos que hayan renunciado con al menos 90 días de anticipación al cierre de inscripciones.
  • Para las Elecciones Seccionales de 2027, el periodo de inscripción de candidaturas actualizado por el CNE será del 2 al 17 de agosto de 2026.
Calendario actualizado por el CNE para las Elecciones Seccionales 2027
  • Tomando como referencia el cierre (17 de agosto), el plazo máximo para renunciar es aproximadamente el 19 de mayo de 2026.

Qué ocurre dentro de la RC

  • El juez del TCE Joaquín Viteri admitió una denuncia de la Fiscalía y dispuso la suspensión provisional por nueve meses del movimiento RC en el registro de organizaciones políticas.
  • El proceso se inició por un pedido del fiscal subrogante, Carlos Leonardo Alarcón, tras una investigación por presunta delincuencia organizada para lavado de activos que vincularía a la organización política y sus directivos, en el caso “Caja Chica”.
  • Luego de esto y el adelanto de las votaciones por el CNE, el partido político hizo un llamado para que precandidatos, aspirantes o autoridades en funciones que busquen reelección se desafilien.
Comunicado Revolución Ciudadana
  • Varios actores políticos han iniciado procesos de desafiliación para poder participar en elecciones bajo otras organizaciones. Ese es el caso de la asambleísta Paola Cabezas.

Contexto importante

El adelanto de las Elecciones Seccionales del 14 de febrero de 2027 al 29 de noviembre de 2026 redujo significativamente los tiempos del calendario electoral, obligando a partidos y movimientos a reorganizar sus procesos internos con mayor rapidez.

Este cambio ocurre en un contexto en el que varias organizaciones políticas enfrentan problemas legales para mantenerse habilitadas: mientras agrupaciones como Construye y Unidad Popular deben resolver procesos de cancelación por no cumplir con requisitos de afiliación antes de agosto, otras ya están en regla y avanzan con la definición de candidaturas.

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: El plazo de inscripción de candidaturas será del 2 al 17 de agosto de 2026. Por ley, quienes quieran postular deben haberse desafiliado al menos 90 días antes del cierre. Es decir, hasta el 19 de mayo de 2026, por lo que los miembros de la RC que quieran postular tienen alrededor de 45 días para hacerlo.

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Fact-CheckElectoral | Autoridades del CNE sobre la adelanto de las elecciones seccionales.

 «Nosotros tomamos la decisión de cambiar la fecha de las votaciones, no de las elecciones” (en función del Código de la Democracia) – Diana Atamaint (Teleamazonas)

Según el Código de la Democracia, las “elecciones” no se reducen al día en que se vota, sino que constituyen un proceso electoral completo que incluye convocatoria, inscripción de candidaturas, campaña, sufragio, escrutinio y proclamación de resultados. Desde ese enfoque jurídico, es correcto afirmar que no se creó un nuevo proceso ni se modificaron todas sus fases, sino únicamente la fecha del sufragio.

Sin embargo, la forma en que se presenta puede inducir a error porque el día de votación es el hito central que organiza todo el calendario electoral: cambiarlo implica ajustar plazos clave, estrategias políticas y tiempos de campaña. Así lo explica a Lupa Media el experto electoral Esteban Ron, quien señala que “se cambia el día de las votaciones, pero no el proceso electoral”, aunque advierte que en la práctica “elecciones es igual a votaciones y cuando tú mueves el calendario por el día de las elecciones, obviamente vas a mover las fases preelectorales y postelectorales”.

De este modo, aunque la distinción es válida en términos legales, no refleja plenamente el alcance práctico del cambio. Para la ciudadanía, modificar la fecha de votación equivale, en la práctica, a alterar las elecciones mismas.

“El Consejo Nacional Electoral tiene la libertad de fijar la fecha en el cual se proclaman las elecciones” – Enrique Pita (Ecuavisa)


Según el artículo 25 numeral 1 del Código de la Democracia, el CNE tiene la competencia exclusiva para organizar, dirigir y convocar los procesos electorales, lo que incluye aprobar el calendario electoral y fijar la fecha concreta de votación (día de las elecciones). En la práctica, el CNE ejerce esta facultad, como ocurrió recientemente al adelantar las elecciones seccionales y del CPCCS del 14 de febrero de 2027 al 29 de noviembre de 2026. Sin embargo, no tiene libertad absoluta: debe respetar plazos constitucionales y legales (convocatoria con al menos 120 días de anticipación en procesos ordinarios, periodicidad de 4 años, fecha de posesión el 14 de mayo, etc.), y cualquier modificación debe justificarse técnicamente.

I “Hasta ahora yo no encuentro una sola organización política que haya cuestionado un asunto como este (de adelantar las elecciones seccionales). Salvo una creo que es la Revolución Ciudadana”Enrique Pita (Ecuavisa)

El Partido Social Cristiano (PSC) también calificó el adelanto como inconstitucional, argumentando que no se cumplen las causales de crisis política previstas en la Constitución (arts. 148 y 130) ni en el Código de la Democracia (art. 87) para modificar los plazos democráticos. 

“El gobierno pretende controlar todo el proceso electoral: quién entra a la cancha, la pelota e incluso —o ya— al árbitro”, afirmó Jorge Peñafiel, exasambleísta por Construye a Ecuavisa.

Por su parte, Geovanni Atarihuana, presidente de Unidad Popular, calificó la situación como “un atentado contra los derechos de participación política”. Desde Pachakutik también surgieron críticas a la decisión. La legisladora Mariana Yumbay hizo un llamado a la unidad: “Es momento de que todos nos articulemos para llegar a los distintos espacios”.

En la misma línea, la Comisión Nacional Anticorrupción (CNA) se pronunció a través de sus redes sociales, señalando que el Consejo Nacional Electoral “se ha convertido en un operador político: manipula los tiempos electorales, judicializa a los actores políticos y genera escenarios excluyentes”.

|“Las amenazas posibles, por ejemplo, son que van a estar afectadas 488 parroquias en 143 cantones. Son 17 provincias que pueden estar en riesgo por efecto de la inclemencia de la estación invernal y son 2 millones de personas expuestas”Enrique Pita (Ecuavisa)

Las cifras citadas por el consejero Pita provienen de un informe técnico  de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos sobre el posible desarrollo del fenómeno de El Niño (2026–2027), pero no corresponden a afectaciones confirmadas ni a impactos actuales. Se trata de estimaciones de riesgo construidas a partir de análisis históricos, mapas de vulnerabilidad y condiciones territoriales.

El documento identifica 17 provincias, 143 cantones y 488 parroquias como zonas que podrían verse severamente afectadas en caso de que el fenómeno se desarrolle, principalmente en la Costa y zonas occidentales de los Andes. Estas cifras, por tanto, describen escenarios probabilísticos, no daños ocurridos ni seguros. Además, técnicos del INAMHI citados por Ecuavisa señalaron que aún no es posible determinar la magnitud del evento, por lo que el alcance final de sus efectos sigue siendo incierto. Al presentar proyecciones de riesgo con un tono que suena a daño confirmado o inminente, la afirmación transforma una herramienta de planificación preventiva en un diagnóstico de impacto certero, lo que puede llevar al lector a conclusiones equivocadas.

“Con la pandemia que ya teníamos claro el panorama, se presentó una moción para que se suspenda las elecciones ocho días, no dio paso la señora presidenta”- Elena Nájera (Primera Plana)

Durante la pandemia de COVID-19, varias organizaciones políticas —entre ellas el Partido Social Cristiano, Partido Socialista Ecuatoriano, Unidad Popular, Alianza PAIS, Democracia Sí, Pachakutik y Partido Sociedad Patriótica— plantearon postergar las elecciones generales de 2021, inicialmente previstas para el 7 de febrero (primera vuelta) y el 11 de abril (segunda vuelta).

El tema sí fue tratado en el Consejo Consultivo de Organizaciones Políticas del Consejo Nacional Electoral (CNE), es decir, no fue descartado de forma inmediata.

Sin embargo, el 30 de junio de 2020, el CNE resolvió mantener el calendario electoral sin cambios y ratificó las fechas originales.