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Etiqueta: salud

El FMI no prohíbe la inversión pública en Ecuador hasta 2030

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¿Qué verificamos?

Un video viral que afirma que «Ecuador no puede invertir hasta 2030 en el sector público, según acuerdo con el FMI». El contenido hace referencia a declaraciones de la excandidata vicepresidencial Pacha Terán emitidas el 4 de diciembre de 2025

¿Por qué es completamente falso?

El documento «Ecuador: Request for an Extended Arrangement Under the Extended Fund Facility» del 29 de octubre de 2025 no prohíbe la inversión pública ni privada hasta 2030. Por el contrario, compromete al Gobierno a proteger el gasto prioritario y social, mientras impulsa la inversión privada en sectores estratégicos. Las menciones al 2030 corresponden únicamente al horizonte temporal de las proyecciones económicas del informe.

¿Qué dice la evidencia?

  • El contenido viral proviene de una declaración específica: En una entrevista del 4 de diciembre de 2025 en Ecuador en Directo, la excandidata Pacha Terán dijo: «La carta de intención con el Fondo Monetario Internacional está firmada para que no exista inversión hasta el 2030. Sí, ni en el sector de la salud, ni en la educación, en ninguna área social». Lupa Media no verificó directamente a Pacha Terán, ya que hace una interpretación a la carta de intención.
  • La revisión del documento del FMI: El análisis del acuerdo entre Ecuador y el FMI no encontró ninguna disposición que limite o prohíba la inversión pública o privada hasta 2030.
  • Lo que sí establece el FMI sobre inversión:
    • Priorizar y evaluar rigurosamente la inversión pública.
    • Impulsar alianzas público-privadas, concesiones y financiamiento multilateral para infraestructura.
    • Desarrollar el mercado de capitales para obtener recursos.
    • Promover inversiones en sectores como minería, hidrocarburos y electricidad.
    • Habilitar el catastro minero en 2026 para fomentar nuevos proyectos de inversión.
  • Sobre las menciones al año 2030:
    • El documento incluye proyecciones económicas y fiscales hasta 2030, como ingresos, gastos, amortizaciones y necesidades de financiamiento del Sector Público No Financiero (SPNF). Estas son proyecciones contables, no restricciones a la inversión.
    • Se menciona la National Policy of Public Integrity 2030, un plan de integridad y transparencia del sector público con horizonte al 2030, sin relación con limitaciones a la inversión.

Contexto importante

La desinformación sobre el acuerdo del FMI con Ecuador de octubre de 2025 se ha vuelto recurrente en redes sociales. Lupa Media ha desmentido previamente otras afirmaciones falsas vinculadas a este acuerdo, como supuestos aumentos obligatorios en el precio del gas doméstico, el establecimiento de bases militares estadounidenses en Ecuador y la «entrega» de las Islas Galápagos a Estados Unidos. 

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: El documento del 29 de octubre de 2025 no prohíbe la inversión pública hasta 2030. Al contrario, compromete al Estado a proteger el gasto social y la inversión prioritaria, mientras promueve la inversión privada en sectores estratégicos. Las referencias al 2030 son proyecciones económicas de mediano plazo, no restricciones de inversión.

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HealthBird y el IESS: qué se aprobó, qué no existe todavía y por qué la contratación genera dudas

1. ¿De qué va el caso?

En pocas líneas:

  • El Gobierno de Daniel Noboa plantea la modernización del sistema de salud pública con una plataforma digital que ordene citas, exámenes, derivaciones e historias clínicas.
  • Para el IESS, se aprobó un proceso de contratación por hasta USD 37,7 millones con CNT, usando un régimen especial entre entidades públicas.
  • La idea es que CNT subcontrate o se alíe con HealthBird, responsable del software. La empresa no aparece en la proforma, pero el propio IESS la nombró en su comunicado como aliada tecnológica.
  • No hay contrato firmado todavía, ni con CNT ni con HealthBird, pero el esquema está armado para que la startup participe a través de CNT.
  • HealthBird es una startup de base en Miami, creada en 2021, con filial en Ecuador desde 2024 y un capital de USD 100. Ha sido cuestionada por su poca experiencia comprobable en sistemas hospitalarios, direcciones sin actividad visible y el fracaso de la app CNT Salud, que operó solo unos meses.

2. El plan del Gobierno: ordenar un sistema colapsado

Desde finales de 2024, el gobierno de Daniel Noboa empezó a hablar de una “modernización total” del sistema de salud pública. El diagnóstico oficial:

  • largas listas de espera,
  • citas duplicadas,
  • derivaciones sin control,
  • uso ineficiente de recursos.

La solución anunciada: implementar sistemas automatizados que gestionen citas, exámenes, inventarios y derivaciones, primero en el Ministerio de Salud Pública (MSP) y luego en el IESS, con el apoyo de HealthBird. En el caso del IESS, esa modernización se concentró en un proyecto llamado Sistema de Administración y Gestión en Salud (SAGS): una plataforma que centralizaría la atención de afiliados, incluida la derivación a clínicas privadas cuando la red pública esté saturada.

3. Qué es HealthBird y de dónde sale

HealthBird es una startup de tecnología en salud con sede en Estados Unidos. 

  • Forma parte del ecosistema de la compañía OneNest, fundada en 2021 por Ariel Domínguez e Irena Tigranyan. Su negocio original es una plataforma digital para comparar y contratar seguros de salud, no sistemas hospitalarios completos.

La matriz disuelta: un dato clave del caso

Documentación del Departamento de Estado de Florida muestra que Reflekt Technologies LLC, empresa asociada como matriz de HealthBird Ecuador, fue legalmente disuelta el 4 de julio de 2023, un año antes de la constitución de la filial ecuatoriana.

En Quito, la oficina registrada de HealthBird Ecuador muestra presencia mínima: recepción, poco movimiento y dificultad para hablar con el gerente. En Estados Unidos, al menos tres direcciones atribuidas a la empresa en Florida no tienen rastro evidente de operaciones tecnológicas: en una funciona una galería de arte y en otras no se encontró actividad reciente vinculada a HealthBird, según reportaron medios como Expreso y periodistas como Galo Arellano.

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4. El antecedente: CNT Salud, la app que casi nadie usó

Antes del proyecto con el IESS, HealthBird trabajó con CNT y el MSP en un piloto: la app “CNT Salud”.

  • Fue presentada en marzo de 2025 como herramienta para agilizar el agendamiento de citas, ofrecer telemedicina y digitalizar historias clínicas.
  • El presidente Noboa prometió que estaría plenamente operativa en octubre de 2025.
  • En la práctica, entre marzo y junio la aplicación solo registró 86 citas médicas, mientras el sistema público procesó cerca de 3,7 millones en ese mismo periodo.
  • Luego fue retirada de las tiendas digitales y hoy ya no está disponible.

5. Qué aprobó exactamente el IESS el 13 de noviembre de 2025

El 13 de noviembre de 2025, el Consejo Directivo del IESS aprobó el inicio del proceso de contratación del SAGS bajo régimen especial con CNT. Eso implica:

  • fijar un presupuesto de hasta USD 37,7 millones para el sistema;
  • autorizar que la contratación se tramite directamente con CNT (sin concurso abierto), al amparo de la figura de contratación entre entidades públicas;
  • trabajar sobre una proforma presentada por CNT, que contempla la alianza tecnológica con HealthBird.

En esa proforma se detalla que:

  • CNT espera ganar USD 7,5 millones en utilidades, el 20 % del valor total del contrato;
  • el resto del presupuesto se reparte entre contratación de personal técnico, servicios de nube, interoperabilidad con sistemas existentes y un rubro alto de “implementación del cambio organizacional” (USD 5,6 millones), cuya justificación pública es limitada.

Aunque en el comunicado del IESS se menciona que el sistema será desarrollado por CNT “en alianza con HealthBird”, el nombre de la startup no aparece en los términos de referencia ni en la proforma, porque la idea es que participe como subcontratista de CNT.

6. ¿Hay o no hay contrato?

Este es uno de los puntos que más confusión ha generado.

Hasta inicios de diciembre de 2025 no existe un contrato firmado entre el IESS y CNT ni entre el IESS y HealthBird.

Lo que sí existe es:

  • una resolución del Consejo Directivo del IESS que aprueba el inicio de la contratación y el uso del presupuesto;
  • una proforma detallada presentada por CNT, donde se anticipa el trabajo conjunto con HealthBird;
  • autorización legal para utilizar régimen especial y para que CNT subcontrate hasta el 30 % del valor del contrato, es decir, alrededor de USD 11,3 millones.

Desde el oficialismo, la bancada ADN y algunos funcionarios sostienen que “no hay nada que fiscalizar porque no hay contrato”. Desde la oposición y organizaciones ciudadanas, la lectura es otra: el proceso ya fue armado y aprobado para beneficiar a una empresa concreta, aunque el documento final aún no se haya firmado.

7. La contratación: un proceso que terminó con una sola opción

Entre octubre y noviembre de 2025, el IESS evaluó varias propuestas para desarrollar el sistema de gestión. Documentos del proceso muestran que:

  • hubo empresas con ofertas más bajas, incluso alrededor de USD 9,8 millones;
  • la convocatoria se repitió varias veces hasta que CNT quedó como la única opción seleccionada.

En este esquema, CNT recibiría USD 7,5 millones —el 20 % del valor total del contrato— por implementar el sistema, cuyo costo global ascendería a cerca de USD 37,7 millones. La combinación de precio elevado, oferta única y falta de licitación abierta ha sido señalada como un foco de posible direccionamiento o, al menos, de muy baja transparencia.

8. Qué está haciendo la Contraloría

El 2 de diciembre de 2025, la Contraloría General del Estado comunicó que inició una verificación preliminar del proceso de contratación del SAGS, tras un pedido formal de la asambleísta Viviana Veloz.

Esta verificación revisa la proforma de CNT, analiza los actos del Consejo Directivo del IESS y determinará si hay méritos para abrir un examen especial completo. Mientras tanto, el proceso de contratación está, en la práctica, congelado: sin contrato firmado y bajo presión política y mediática para aclarar dudas.

Constituyente y salud pública: claves para entender el debate

La Constitución vigente de Ecuador (2008) reconoce la salud como un derecho universal y gratuito (artículos 32 y 363). El Estado tiene la obligación de garantizar atención integral, pública y gratuita, aunque coexistan servicios privados dentro del sistema.

¿Cómo funciona el Sistema Nacional de Salud?

El Sistema Nacional de Salud coordina todos los servicios públicos y se compone de:

  • Hospitales y centros del Ministerio de Salud Pública.
  • Servicios médicos de la seguridad social: IESS, ISSFA, ISSPOL.
  • Otros servicios estatales o comunitarios.

Su objetivo es ofrecer atención integral, desde prevención y promoción de la salud hasta diagnóstico, tratamiento y rehabilitación. Se reconocen la medicina ancestral y alternativa.

El rol del Estado

El Estado ejerce la rectoría del sistema por medio de la autoridad sanitaria nacional, que tiene la responsabilidad de:

  • Formular la política nacional de salud.
  • Normar, regular y controlar todas las actividades relacionadas con la salud y el funcionamiento de las entidades del sector.

El financiamiento de la salud es prioridad nacional, con un presupuesto que debe crecer al menos 0,5% del PIB anual hasta alcanzar el 4%, exclusivo para salud y suficiente para garantizar funcionamiento hospitalario y atención oportuna.

Qué podría cambiar con una nueva Constitución

La Asamblea Constituyente podría modificar la forma en que se financia y organiza la salud pública. Sin embargo cualquier cambio debe ser aprobado explícitamente. Los posibles escenarios son:

  • Podría introducir mecanismos de cofinanciamiento o seguros complementarios.
  • Se podrían definir nuevas reglas sobre la participación del sector privado, pero la privatización total del sistema público no está automáticamente garantizada ni es inevitable.

De acuerdo con Edison Guarango, experto en derecho constitucional, los tratados internacionales no impiden eliminar expresamente la gratuidad de los servicios de salud. Sin embargo, aclara que esto solo sería viable si el país cuenta con un sistema sólido y desarrollado que garantice la atención. En caso contrario, suprimir la gratuidad representaría una afectación directa al derecho a la salud.

Qué no puede cambiar

La salud es un derecho humano fundamental protegido por tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Esto implica que:

  • La atención de emergencia y servicios esenciales deben ser accesibles para todas las personas.
  • Cualquier intento de eliminar la gratuidad total debe someterse a referéndum como parte de una nueva Constitución.
  • El principio de progresividad impide retrocesos sin justificación técnica o económica suficiente.

Proceso para cambios en una nueva Constitución

Si en estas votaciones se aprueba convocar e instalar una Asamblea Constituyente para elaborar una nueva Constitución, esta deberá ser ratificada en referéndum con la mayoría absoluta de votos válidos (mitad más uno) para entrar en vigor. Así ocurrió con la Constitución de 2008, que fue aprobada por el 64% de los votantes el 28 de septiembre de 2008 en consulta popular.

Narrativas en campaña

«Las personas privadas de libertad como grupo de atención prioritaria en salas de emergencia»

El artículo 35 de la Constitución reconoce a las personas privadas de libertad como grupo prioritario para acceder a servicios básicos, pero no establece que deban ser atendidas antes que otros pacientes con mayor riesgo vital ante una emergencia.

Como grupo prioritario, tienen derecho a atención en medicina general, psicología, odontología, ginecología, pediatría, nutrición, psiquiatría, rehabilitación y emergencias, con respeto a su dignidad, confidencialidad y autonomía. Los servicios se coordinan con el sistema público de salud y brindan atención especial a mujeres, personas con VIH, tuberculosis, discapacidad o enfermedades terminales, para proteger su salud y reducir riesgos como el hacinamiento y las enfermedades contagiosas.

«Privatización de los servicios de salud de la seguridad social»

La seguridad social en Ecuador es pública, universal e irrenunciable, según la actual Constitución. Está administrada por el IESS. Sus fondos son propios e intocables y protege frente a situaciones como: enfermedad, maternidad o paternidad, desempleo, riesgos laborales, vejez o discapacidad.

Sin embargo, si una nueva Asamblea Constituyente elimina o modifica el artículo 367, que prohíbe la privatización del sistema de seguridad social, podría habilitar la privatización de los servicios de salud del IESS. También tendría la facultad de reorganizar o separar estos servicios al modificar los principios que sustentan la seguridad social. Nada cambiaría de forma inmediata: cualquier ajuste requeriría debate, redacción y aprobación dentro del proceso constituyente.

«La actual constitución incluyó a los hijos de los afiliados en el los servicios de salud del IESS»

No, esto es falso. El Consejo Directivo del IESS aprobó que los hijos de los afiliados sean beneficiarios del seguro de salud mediante la Resolución C.D. 265 (8 de junio de 2009), inicialmente hasta los 6 años. Luego, la Resolución C.D. 357 (20 de octubre de 2010) amplió la cobertura hasta los 18 años, publicada en el Registro Oficial N.º 333 (2011), vigente hasta hoy. Hasta septiembre de 2025, el IESS cuenta con 3.878.926 afiliados activos.


No hay 5.000 nuevos casos de VIH en Ecuador ni una pandemia en curso

¿Qué verificamos?

Publicaciones virales aseguran que Ecuador registra 5.000 nuevos casos de VIH en 2025 y que esto forma parte de una nueva pandemia declarada por organismos internacionales.

¿Por qué es completamente falso?

Los datos oficiales del Ministerio de Salud Pública confirman que en el primer trimestre de 2025 se registraron 608 nuevos casos de VIH, cifra muy inferior a los 5.000 mencionados. Además, ningún organismo internacional ha declarado una pandemia de VIH; el virus sigue siendo catalogado como una epidemia.

¿Qué dice la evidencia?

  • Los datos oficiales del Ministerio de Salud Pública muestran que en el primer trimestre de 2025 hubo 608 nuevos casos (450 hombres y 158 mujeres), una cifra muy inferior a los 5.000 mencionados en la desinformación.
  • Para 2023 se estimó que existían 48.782 personas con VIH en Ecuador, de las cuales un 88% recibían tratamiento antirretroviral.
  • Un 72% de esos casos poseían una carga viral suprimida, es decir, no hay transmisión de la infección.
  • Si al total estimado de 2023, se le suman los nuevos casos de 2024 y 2025, hay un aproximado de 55 mil personas con VIH en el país. 
  • La OMS, ONUSIDA y la OPS catalogan al VIH como una epidemia, no como una pandemia, debido a que la distribución geográfica de la enfermedad no es homogénea.
  • Para considerarse pandemia el Centro de Control y Prevención de Enfermedades (CDC) establece que se da cuando la enfermedad se propaga por varios países o continentes, afectando a una gran cantidad de personas y se transmite de manera comunitaria.
  • No existe evidencia de que alguna entidad global haya declarado al VIH como pandemia en 2025.

Confusión sobre declaraciones de ONUSIDA

A finales de marzo de 2025, la directora ejecutiva del programa de las Naciones Unidas para combatir el VIH/SIDA, Winnie Byanyima, afirmó que habrá un aumento real de casos y muertes a causa de esta enfermedad si no se garantiza el financiamiento ideal para los programas de salud a nivel mundial. Esto referido al impacto de los recortes de fondos estadounidenses a la labor humanitaria en todo el mundo. 

La directora realizó proyecciones de no haber los respectivos fondos y ayudas financieras para combatir este tipo de enfermedades, más no se afirmó que existe un aumento oficial de casos y muertes a nivel mundial a causa del VIH. 

Este tipo de descontextualización sobre el tema ha sido utilizado para promover desinformación con respecto al VIH en todo el mundo. En Latinoamérica, países como México, Venezuela y Colombia también presencian la viralización de contenido desinformativo de esta índole. Lo cual está siendo desmentido por múltiples colegas de medios de verificación como lo es Efecto Cocuyo en Venezuela. 

Luchar en contra del estigma social

En Lupa Media hemos verificado en varias ocasiones desinformación sobre el VIH y SIDA evidenciando cómo los mitos perpetúan el miedo y la discriminación.

  • Tener VIH no significa estar condenado. Con tratamiento antirretroviral adecuado, el virus puede mantenerse en niveles indetectables, lo que impide su transmisión. Las personas con VIH pueden llevar una vida plena y con una expectativa de vida similar a la de cualquier otra persona.
  • El VIH no se transmite por abrazos, besos, apretones de manos, compartir alimentos, picaduras de insectos o piscinas públicas.
  • Las vías reales de transmisión son las relaciones sexuales sin protección, el uso compartido de jeringuillas no esterilizadas y la transmisión de madre a hijo durante el embarazo, parto o lactancia.
  • No es una enfermedad exclusiva de la comunidad LGBTIQ+. El VIH no discrimina por género, orientación sexual, raza o clase social.

Contexto importante y prevención

De acuerdo a ONUSIDA para el cierre de 2023, a nivel mundial había 39,9 millones de personas viviendo con VIH. De los cuales, el 53 % son mujeres y niñas.

Para combatir y tratar el virus encontramos:

  • Terapia antirretroviral (TAR): ayuda a reducir la mortalidad y morbilidad entre personas infectadas y así mejorar su calidad de vida. Entre sus beneficios se encuentra la prevención de la transmisión del VIH, que también suele ser expresado como “indetectable” o “intransmisible”.

Para evitar contraer el virus existen estos dos mecanismos:

  • Profilaxis posterior a la exposición (PEP): tratamiento de emergencia para personas que hayan estado expuestas al VIH. Se debe iniciar dentro de las 72 horas posteriores a la posible exposición.
  • Profilaxis previa a la exposición (PrEP):  Medicamento para personas que están en riesgo de contraer el VIH. Puede ser una pastilla que se toma diariamente o una inyección que se aplica cada dos meses.

Conclusión

OMPLETAMENTE FALSO: No existen 5.000 nuevos casos de VIH en Ecuador en lo que va de 2025. Los datos oficiales confirman 608 nuevos casos en el primer trimestre. Tampoco hay una declaración de pandemia global; se trata de una descontextualización de las advertencias de ONUSIDA sobre las consecuencias de posibles recortes de financiamiento a programas de prevención.. 

Un litro o dos: El dilema sobre cuánta agua debes consumir al día

A lo largo de los años, la recomendación de beber por lo menos ocho vasos de agua diarios ha sido difundida en medios de comunicación, libros y otras fuentes. Pero, ¿cuál es la base y evidencia que respalda esto?

¿Existe evidencia científica sobre la cantidad exacta de agua que debemos consumir?

No, no hay evidencia de un estudio o investigación que sustente una cantidad precisa de consumo de agua o de por lo menos ocho vasos al día. La recomendación de beber alrededor de dos litros de agua al día se ha convertido en un consejo común entre profesionales de la salud. 

No hay una medida estándar aplicable para todas las personas porque la cantidad varía según múltiples factores como la edad, el clima, el género, la actividad física, entre otras condiciones. 

En 2002, el nefrólogo alemán, Heinz Valtin, publicó el texto: “Beba al menos ocho vasos de agua”. ¿En serio? ¿Existe una evidencia científica? El artículo,  publicado en la revista American Physiological Society, concluye que tras una revisión exhaustiva no existe documentación científica que corrobore el consejo de consumir dos litros de agua diarios. 

Consumo diario representativo de líquidos registrado por el autor.

Valtin argumenta que para ciertas personas puede ser excesivo y contraproducente el consumo de agua en altas cantidades. Como es el caso de personas sedentarias, que no realizan mucha actividad física y no suelen sudar. Incluso, señala que para este tipo de personas se pueden producir casos de hiponatremia, es decir, retención de líquidos en el cuerpo, que producen niveles demasiado bajos de sodio en la sangre.

Cada caso es diferente

Tal como postula el doctor Valtin, para cada persona el consumo ideal podría variar. Existen casos en los que personas con enfermedades específicas necesitan un mayor consumo de agua.

«Si alguien está en una situación, por ejemplo, con fiebre, eventualmente necesitará más líquidos. Lo mismo ocurre en otros casos, como diarrea, vómito, etcétera», explica a Lupa Media María Laura López, directora de la Escuela de Enfermería de la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE).

Esto se debe a que, al perder agua a través del sudor o la orina, el cuerpo necesita reponer líquidos. La cantidad diaria recomendada varía según diversos factores, como la edad, el peso corporal, el clima, la actividad física, el género y el tipo de ejercicio realizado, entre otros.

¿Es necesario consumir solo agua pura?

López aclara que dentro de  esos dos a tres litros de agua es posible tomar en cuenta otro tipo de líquidos como el café, los jugos, la leche, el té y demás. “No solo en líquido porque en los alimentos también consumimos agua. Hay diferentes alimentos que tienen más, menos agua, por ejemplo, la lechuga casi que solo es agua” afirma. 

En el balance hidroelectrolítico—que es la relación cuantificada entre los ingresos y egresos de líquidos en el cuerpo durante un período determinado— cuenta todo líquido, ya sea café, leche, té, agua, entre otros, para así calcular cuánto líquido se elimina. 

¿Cuándo hidratarse?

Expertos, incluyendo nefrólogo alemán, Heinz Valtin, sostienen que se debe beber cuando se tenga sed o cuando el cuerpo lo pida. Por ejemplo, la orina puede brindar información clave para conocer el estado de la hidratación. El no ir al baño por mucho tiempo o tener una orina muy amarilla,casi naranja, puede ser una alerta para consumir más líquido. 

El análisis del doctor Valtin también plantea que no se debería recomendar una ingesta elevada de líquidos a absolutamente todas las personas porque, en algunos casos, podría desencadenar en una intoxicación hídrica. El consumo siempre dependerá de los factores individuales que le rodean a cada persona. 

Aunque lo recomendable es consumir agua pura diariamente, no te olvides que también puedes hidratarte con otros líquidos para evitar estar sediento.

El azúcar de la fruta entera sí es saludable y su consumo no está limitado

(Maldita.es).- Circulan contenidos que afirman que la fruta «enferma» por su contenido en fructosa y que la comparan con postres no considerados saludables, pero esto es falsoNo todos los azúcares tienen el mismo efecto sobre la saludel azúcar intrínseco de la fruta entera es saludable y su consumo no está limitado.

OMS – Ficha Técnica sobre azúcares

Algunas publicaciones aseguran que «nadie que coma fruta podrá revertir su enfermedad metabólica, diabetes o hipertensión», pero la evidencia científica no respalda estas afirmaciones. La fructosa presente en la fruta no actúa de la misma manera que el azúcar libre, sea o no añadido, que se encuentra en productos ultraprocesados.

El azúcar intrínseco de la fruta entera está “atrapado” en su matriz alimentaria, lo que ralentiza su absorción tras la ingesta y evita picos de glucosa en sangre, con las consecuencias que estos tienen en la salud a largo plazo. Sin embargo, cuando la fruta se exprime o se licua, sus azúcares se liberan, aumentando la rapidez con la que entran en el torrente sanguíneo y sus posibles efectos negativos. Esto se traduce en que en los zumos y batidos de fruta contienen azúcar libre (cuyo consumo se recomienda que sea el menor posible) y no intrínseco. 

En casos de malabsorción o intolerancia a la fructosa, es importante acudir a un dietista-nutricionista que establezca pautas adecuadas para evitar carencias nutricionales sin necesidad de eliminar completamente la fruta de la dieta.

*Este contenido fue tomado de la Agencia de Contenidos de Maldita.es