Si recibes un mensaje similar, recuerda que puedes enviárnoslo por WhatsApp al (+593 96 239 6425) y te ayudaremos a verificarlo de manera directa y sencilla.
¿Qué verificamos?
Un video viral en TikTok afirma que el Gobierno entrega un “bono escolar” de USD 450 o USD 900 por el inicio de clases. El contenido utiliza el nombre desactualizado “MIES” y dirige a los usuarios a una página web externa donde se les pide registrarse en un formulario vinculado al supuesto pago del décimo cuarto sueldo.
¿Por qué es completamente falso?
El Ministerio de Desarrollo Humano (MDH) no administra ningún “bono escolar” con esos montos. Además, el contenido confunde este supuesto bono con el décimo cuarto sueldo, que: es un beneficio laboral, lo pagan los empleadores y no forma parte de programas sociales del Estado.
¿Qué dice la evidencia?
No hay respaldo oficial:
El Ministerio de Desarrollo Humano (MDH) no registra ningún “bono escolar” de USD 450 o USD 900 en sus programas oficiales.
La revisión de la web institucional y canales oficiales del Gobierno no muestra beneficios con esas características o montos.
Los programas sociales vigentes del MDH tienen otros objetivos y valores: son pagos mensuales dirigidos a poblaciones específicas y no corresponden a un bono único por inicio de clases.
El video usa el nombre “MIES”, que dejó de emplearse en 2025, lo que indica que no es información actualizada ni oficial.
El enlace al que dirige no pertenece al Estado y solicita datos personales fuera de plataformas oficiales.
El supuesto “bono escolar” se presenta como el décimo cuarto sueldo, que es un beneficio laboral pagado por empleadores.
Página no oficial:
El sitio al que redirige el video (“multiyuda.com”) no pertenece al Estado ecuatoriano. Los trámites y beneficios oficiales se gestionan exclusivamente en portales con dominio “.gob.ec”, como presidencia.gob.ec o desarrollohumano.gob.ec.
Contexto importante
El décimo cuarto sueldo, es un beneficio adquirido por los trabajadores:
Lo pagan los empleadores, no el Estado.
Equivale a un Salario Básico Unificado (USD 482 en 2026).
Se entrega una vez al año, según la región: hasta el 15 de marzo en Costa y Galápagos, y hasta el 15 de agosto en Sierra y Amazonía.
No requiere registro en páginas externas ni portales del Gobierno.
Conclusión
COMPLETAMENTE FALSO: No existe un “bono escolar” de USD 450 o USD 900 administrado por el Ministerio de Desarrollo Humano. No hay registro de este beneficio en canales oficiales del Estado.
¿Viste algo sospechoso y quieres que lo revisemos por ti? Haz tu pedido de #VerificaciónAlaCarta a través de nuestra línea en WhatsApp (+593 96 239 6425). Recibe nuestro contenido directo en tu celular. ¡Únete a la comunidad verificadora en nuestro canal de WhatsApp!
Las elecciones primarias se realizarán entre junio y julio de 2026, y la inscripción de candidaturas en agosto. Esto reduce los intervalos entre etapas: la inscripción de candidaturas pasa de 30 a 16 días, lo que limita el tiempo para corregir errores, reemplazar candidatos o resolver impugnaciones antes del cierre del registro oficial.
La campaña electoral se reduce de 30 a 15 días, lo que limita el tiempo disponible para que los candidatos presenten sus propuestas, realicen eventos de difusión y ajusten estrategias antes de la votación.
Según el abogado constitucionalista y experto electoral Esteban Ron, los plazos se comprimen, pero no se eliminan etapas. La reducción de tiempo limita la capacidad para ajustar candidaturas, reemplazar postulaciones o resolver controversias. El 9 de noviembre se publicará el listado oficial de candidaturas inscritas.
Calendario de fechas clave Elecciones Seccionales 2027
2. Marco legal para el adelanto electoral
El Código de la Democraciano regula expresamente el adelanto de votaciones por razones climáticas o administrativas. El artículo 25 faculta al CNE para organizar y dirigir los procesos electorales, lo que se interpreta como la potestad para modificar fechas cuando sea necesario.
La Constitución, en su artículo 130, establece procedimientos para adelantar elecciones en casos como la “muerte cruzada” o revocatoria de mandato, denominadas elecciones anticipadas. El adelanto actual no encaja en estas situaciones y podría ser objeto de revisión ante la Corte Constitucional si se presentan demandas.
3. Efectos en organizaciones políticas
El calendario comprimido afecta a partidos con procesos administrativos o legales en curso. La Revolución Ciudadana (RC) está suspendida nueve meses por medida cautelar del Tribunal Contencioso Electoral en el marco de la investigación “Caja Chica” por presunto lavado de activos.
Según el artículo 336 del Código de la Democracia, sus militantes pueden participar a través de otra organización política si renuncian a la que pertenecen; es decir que ya no sean afiliados. Este requisito reduce el margen de acción para reconfigurar candidaturas y obliga a tomar decisiones en menores periodos de tiempo.
Organizaciones como Construye y Unidad Popular enfrentan procesos de cancelación por no cumplir con el requisito de afiliación permanente del 50% establecido por el CNE. Para participar en las elecciones, deben revertir esta situación antes del inicio de la inscripción de candidaturas en agosto. En cambio, otras 14 organizaciones sí cumplen con este requisito.
4. Intervalo entre votación y posesión
La posesión de autoridades sigue prevista paramayo de 2027, pese a que la votación se adelantó a noviembre de 2026. De acuerdo con el Código de la Democracia, las autoridades deben estar proclamadas al menos 15 días antes de su posesión. Con el adelanto, el intervalo entre votación y toma de funciones pasaría de aproximadamente dos meses y medio a cinco meses.
Un tema de conversación digital
El anuncio del adelanto de las votaciones para las elecciones seccionales generó una amplia conversación en redes sociales. La decisión del CNE no solo abrió debate sobre el calendario electoral, sino también sobre sus implicaciones legales, políticas y operativas.
Un análisis de escucha social muestra que el tema alcanzó una audiencia estimada de más de 51 millones de usuarios y con alrededor de 1 millón de interacciones, lo que evidencia un alto nivel de interés y posicionamiento del tema en la agenda pública digital.
Resultados escucha social 26/03 al 30/03 con la herramientas SocialAlert
En cuanto al tono de la conversación, el 47% de las publicaciones registró un sentimiento negativo. La difusión estuvo impulsada principalmente por medios de comunicación, actores políticos y usuarios que reaccionaron a la decisión del CNE, compartiendo cuestionamientos, interpretaciones y análisis sobre el cambio en el calendario electoral.
Resultados escucha social 26/03 al 30/03 con la herramientas SocialAlert
Una narrativa que se instala desde el discurso oficial
La idea de que la reducción de muertes violentas en Guayaquil está directamente relacionada con la detención del alcalde Aquiles Álvarez no surge de un solo mensaje, sino de la repetición de una misma interpretación en declaraciones oficiales y su posterior amplificación en redes sociales.El mandatario de la provincia costera fue detenido el 10 de febrero por presunto delito de delincuencia organizada con fines de lavado de activos.
El presidente Daniel Noboa ha sostenido en entrevistas entre el 20 y 27 de febrero—Radio City y Radio Centro— que, tras la captura del funcionario, los homicidios han disminuido en Guayaquil y el Distrito Metropolitano de Guayaquil (Durán, Guayaquil y Samborondón).
En la misma línea, el ministro del Interior, John Reimberg, ha respaldado esta lectura apoyándose en reportes preliminares y coincidencias temporales.
Así, datos reales sobre la reducción de homicidios se presentan junto a un hecho específico, generando la impresión de que existe una relación directa, aunque esta no haya sido demostrada.
Los datos confirman una reducción, pero no su causa
Las cifras oficiales registran una caída de homicidios entre el 10 y el 26 de febrero de 2026:
35,71% en Guayaquil y
41,59% Distrito Metropolitano de Guayaquil.
Sin embargo, esta variación debe analizarse en contexto.
Las muertes violentas en Guayaquil no siguen una tendencia lineal. Desde 2023, los registros muestran fluctuaciones mensuales, con descensos recurrentes en los primeros meses de cada año. La reducción entre enero y febrero de 2026 coincide con ese patrón, como ocurrió en 2024 y 2025.
Además, enero de 2026 ya registraba menos homicidios que el mismo mes de 2025, antes de la detención del alcalde.
Periodos de pocas semanas no permiten establecer relaciones causales entre un evento específico y la evolución de la violencia.
La tendencia no es exclusiva de Guayaquil
El comportamiento de la violencia no se limita a una sola ciudad.
Entre enero y febrero de 2026, varios cantones registraron disminuciones en muertes violentas frente al mismo periodo de 2025, entre ellas Durán, Guayaquil, Portoviejo, Manta y Esmeraldas.
Al mismo tiempo, otras provincias reportaron aumentos como Machala, Pasaje y Santa Rosa, todas pertenecientes a la provincia de El Oro, lo que evidencia variaciones territoriales en la dinámica del delito.
Este patrón sugiere que los cambios responden a factores más amplios que un evento local. Aun así, Guayaquil sigue siendo la provincia con mayor número de homicidios del país.
Un área metropolitana con múltiples dinámicas
Aunque Aquiles Álvarez es alcalde de Guayaquil, no tiene competencia sobre Durán ni Samborondón, que también forman parte del Distrito Metropolitano de Guayaquil y registraron disminuciones de homicidios.
Además, el proceso judicial en su contra está relacionado con presuntos delitos de delincuencia organizada vinculados al desvío y comercialización irregular de combustibles, no con homicidios ni delitos directamente asociados a la violencia letal.
🔍 #LupaTeExplica | ⚖️ Caso Goleada: qué investiga la Fiscalía contra Aquiles Álvarez, por qué un juez ordenó prisión preventiva y qué implica para la Alcaldía de Guayaquil.
👇Aquí te contamos con hechos verificados, contexto legal y qué sigue en el proceso.
El debate sobre la reducción de homicidios en Guayaquil muestra que no se puede atribuir a un solo hecho. Carla Álvarez, experta en seguridad, sostiene que «las violencias tienen distintas motivaciones, distintos perpetradores, distintos grupos objetivos…por tanto atribuir a una sola causa el descenso de un conjunto de violencias que ocurre en la sociedad es absolutamente impreciso«.
Johanna Espín, socióloga y especialista en seguridad, añade que un hecho aislado no explica la reducción de homicidios. Destaca factores como la eficacia de políticas públicas, capacidades de respuesta institucional, recursos y disminución de la impunidad.
Entre los 387 homicidios de enero y febrero de 2026, el 72% estuvo vinculado a amenazas, 23% a microtráfico y 5% a otros delitos, como robos, riñas y maltrato. Esto muestra que atribuir la baja de homicidios a coincidencias temporales simplifica un fenómeno más amplio y complejo.
Qué se puede afirmar… y qué no
Guayaquil registra una reducción de muertes violentas en 2026.
Sin embargo, la información disponible no permite atribuir ese cambio a la detención de una persona ni a un hecho aislado.
Explicaciones basadas en un solo evento simplifican un fenómeno que depende de múltiples variables y dinámicas.
Si recibes un mensaje similar, recuerda que puedes enviárnoslo por WhatsApp al (+593 96 239 6425) y te ayudaremos a verificarlo de manera directa y sencilla.
¿Qué verificamos?
Un mensaje que circula por SMS y WhatsApp y suplanta al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS). El contenido afirma que el usuario tiene un “reembolso pendiente”, incluye un enlace externo para cobrarlo y fija un plazo de 24 horas para completar el supuesto trámite.
¿Por qué es completamente falso?
El IESS no utiliza enlaces enviados por mensajería para pagos ni trámites. Los procesos oficiales se realizan únicamente en su portal web o canales autorizados, sin solicitar información sensible por mensajes.
¿Qué dice la evidencia?
Confirmación oficial:
El IESS confirmó que el mensaje no corresponde a sus canales oficiales.
La entidad indicó que no envía enlaces por SMS, WhatsApp o correo para cobros o trámites.
El 24 de marzo de 2026, el IESS publicó en sus cuentas oficiales que no solicita datos personales ni bancarios por mensajería.
🚨 ALERTA 🚨
Circulan mensajes falsos sobre “reembolsos” o “pagos pendientes” con enlaces.
⚠️ Es fraude El IESS NO envía links para cobros ni solicita datos por mensajes
Requiere trámites en línea en www.iess.gob.ec y entrega física de documentos como facturas, certificado de defunción y cédula.
Contexto importante
El phishing es una técnica de ciberestafa donde los atacantes se hacen pasar por entidades confiables para engañar a las víctimas. Su objetivo principal es robar datos personales, contraseñas, información bancaria o instalar malware.
En lo que va del 2026, la Fiscalía General del Estados (FGE) recogió 1640 casos de denuncias relacionadas con phishing en todo el país. En 2025, este número fue de 5515 casos.
Los delincuentes envían mensajes falsos por email, SMS, WhatsApp o llamadas, imitando bancos, instituciones como el IESS o empresas. Incluyen enlaces a sitios web fraudulentos o archivos infectados que parecen legítimos, usando promesas como «reembolsos» para generar urgencia.
Smishing: Phishing por SMS, como los mensajes del IESS con enlaces para «cobrar reembolsos».
Pharming: Redirige a páginas falsas manipulando DNS.
Vishing: Por llamadas telefónicas.
Conclusión
COMPLETAMENTE FALSO: El mensaje no proviene del IESS. Es un intento de phishing que busca obtener datos personales mediante un enlace fraudulento. Los trámites oficiales no se realizan a través de enlaces enviados por SMS o WhatsApp.
¿Viste algo sospechoso y quieres que lo revisemos por ti? Haz tu pedido de #VerificaciónAlaCarta a través de nuestra línea en WhatsApp (+593 96 239 6425). Recibe nuestro contenido directo en tu celular. ¡Únete a la comunidad verificadora en nuestro canal de WhatsApp!
Si recibes un mensaje similar, recuerda que puedes enviárnoslo por WhatsApp al (+593 96 239 6425) y te ayudaremos a verificarlo de manera directa y sencilla.
¿Qué verificamos?
Un video en el que una mujer aparece arrodillada en un hospital pidiendo atención médica para su padre, y aseguran que el hecho ocurrió en Ecuador.
¿Por qué es completamente falso?
El video no fue grabado en Ecuador. Una búsqueda inversa de imágenes en Google permitió ubicar su origen en Bolivia. Tampoco existen registros en medios ni en instituciones ecuatorianas que vinculen este hecho con el país.
¿Qué dice la evidencia?
El video es de Bolivia:
Una búsqueda inversa de imágenes en Google permitió rastrear el video hasta Bolivia.
El 17 de marzo de 2026, el canal Red Uno publicó una entrevista en la que la mujer se identifica como la protagonista y afirma que el hecho ocurrió en Santa Cruz.
Sin registros del caso en Ecuador:
No existen reportes en medios ecuatorianos sobre este caso.
El Ministerio de Salud Pública de Ecuador confirmó que el video no corresponde al país y que no hay registros ni denuncias relacionadas con este hecho.
Desinformación internacional
El mismo video se ha difundido en distintos países con ubicaciones falsas.
En Honduras, publicaciones desde el 19 y 21 de marzo aseguraban que el hecho ocurrió en hospitales públicos de ese país como el Hospital San Isidro de Tocoa, Colón. Sin embargo, las autoridades de este país aclararon por mensaje de texto que ese video no ocurrió en ese país.
En México, el video también fue compartido en fechas similares con versiones que lo atribuían a centros de salud locales de Campeche, Yucatán. Las autoridades de este país han desmentido este video viral.
Ecuador enfrenta una crisis persistente en su sistema de salud pública, caracterizada por desabastecimiento de medicamentos e insumos, falta de especialistas y colapso en hospitales. Esta situación se ha agravado desde finales de 2025 y continúa en marzo de 2026, afectando cirugías, atención primaria y pacientes crónicos. Los problemas principales se centran en:
Infraestructura: Equipos hospitalarios fuera de servicio (35%) y cirugías represadas (ej. 2.000 en traumatología).
Desabastecimiento: Abastecimiento promedio del 30-72% en hospitales, con escasez de antibióticos, insumos quirúrgicos y básicos; pacientes compran sus propios medicamentos.
Falta de personal: Exceso de médicos generales pero escasez de especialistas y mala distribución geográfica.
🔍 #FactCheckLupa | ❌ Este video no fue grabado en Loja ni en Ecuador. Corresponde a Perú🇵🇪. El 23 de enero de 2026, una mujer dio a luz sin asistencia médica en un hospital de Áncash.
¿Cómo lo sabemos? 🤔 🔎 Una búsqueda inversa de imágenes identifica el registro como un hecho… pic.twitter.com/OQL5oKelFV
COMPLETAMENTE FALSO: El video no ocurrió en Ecuador. Fue grabado en Bolivia y así lo confirmó la protagonista en una entrevista difundida el 17 de marzo de 2026. No hay evidencia que lo vincule con Ecuador, Honduras o México.
¿Viste algo sospechoso y quieres que lo revisemos por ti? Haz tu pedido de #VerificaciónAlaCarta a través de nuestra línea en WhatsApp (+593 96 239 6425). Recibe nuestro contenido directo en tu celular. ¡Únete a la comunidad verificadora en nuestro canal de WhatsApp!
El documento no es una resolución ni una condena, sino un pronunciamiento técnico en el que los relatores expresan preocupaciones y piden explicaciones sobre la compatibilidad de estas políticas con estándares internacionales de derechos humanos.
I join UN experts in raising human rights concerns about Ecuador's definition of terrorism and terrorist offences, intelligence law, states of emergency, listing of cartels as "terrorist", and declaration of armed conflict against organized crime groups https://t.co/zMbvFyQclCpic.twitter.com/voDyItqklX
— Prof Ben Saul – UN SR Human Rights & Counterterror (@profbensaul) March 19, 2026
Una definición de «terrorismo» bajo cuestionamiento
Los expertos advierten que su definición en el Código Orgánico Integral Penal (COIP) es demasiado amplia. No exige daño concreto y puede incluir acciones como difusión de información falsa o daños a infraestructura, alejándose de estándares internacionales.
En la práctica, esto podría hacer que protestas o daños a la propiedad se traten como terrorismo, con riesgo de sanciones desproporcionadas. Recomiendan precisar el delito de financiamiento, incluir excepciones y evitar sancionar a personas sin vínculo directo.
Inteligencia y vigilancia: ¿Dónde están los límites?
El informe también analiza la Ley de Inteligencia aprobada en junio de 2025. Aunque reconoce que el Estado necesita herramientas para enfrentar amenazas, advierte que la norma usa conceptos vagos como “seguridad integral”, “amenazas” o “riesgos”, sin definiciones claras. Esto podría permitir la recopilación de datos personales y actividades de vigilancia sin controles suficientes:
Las operaciones encubiertas podrían realizarse sin autorización judicial.
La vigilancia electrónica no requeriría orden de un juez.
Entidades públicas y privadas podrían estar obligadas a entregar información (incluidos datos personales) sin límites claros.
Para los expertos, el problema no es la inteligencia en sí, sino la falta de límites claros, control judicial y rendición de cuentas.
Estados de excepción que se vuelven regla
Otro punto clave es el uso recurrente de estados de excepción desde enero de 2024. Los expertos recuerdan que estas medidas deben ser extraordinarias y temporales, pero su aplicación continua (con múltiples decretos y prórrogas hasta 2026) podría volverlas una práctica habitual.
El informe advierte que esta tendencia puede desnaturalizar el carácter excepcional de estas medidas y acercarse a una situación de “emergencia permanente”, lo que genera preocupaciones en materia de derechos humanos.
Terrorismo y crimen organizado no son lo mismo
El Gobierno ecuatoriano ha catalogado a organizaciones criminales como grupos terroristas, especialmente desde el Decreto 111 de enero de 2024. De estos conceptos, el primero suele tener motivaciones políticas o ideológicas y el segundo responde principalmente a fines económicos. Algunos problemas señalados:
No hay criterios claros para incluir a los grupos.
No existen mecanismos adecuados para impugnar la decisión.
Las decisiones dependen principalmente del Ejecutivo.
Confundir ambos conceptos puede justificar el uso de medidas más severas sin cumplir los estándares internacionales.
¿Existe un “conflicto armado interno”?
El Estado ecuatoriano ha sostenido la existencia de un “conflicto armado interno” desde enero de 2024. Sin embargo, los expertos cuestionan esta interpretación. Señalan que, según el derecho internacional, para que exista un conflicto armado interno deben cumplirse condiciones específicas, como:
Un alto nivel de organización de los grupos armados.
Una intensidad sostenida de la violencia.
El informe plantea dudas sobre si se cumplen estas condiciones en el caso ecuatoriano.
Uso de la fuerza y rol de las Fuerzas Armadas
El informe recuerda que el uso de la fuerza debe ser necesario y proporcional, y que la fuerza letal solo puede emplearse ante una amenaza inminente a la vida. Además, advierte sobre el riesgo de militarización de la seguridad y la necesidad de contar con mecanismos claros de rendición de cuentas para investigar posibles abusos.
¿Esto implica sanciones contra Ecuador?
No. El documento forma parte de los “Procedimientos Especiales” del Consejo de Derechos Humanos de la ONU, mecanismos independientes que analizan situaciones y emiten observaciones a los Estados. No es vinculante ni implica sanciones. Su objetivo es advertir riesgos, sugerir ajustes y promover el diálogo con los gobiernos.
Si recibes un mensaje similar, recuerda que puedes enviárnoslo a nuestro WhatsApp (+593 96 239 6425) y te ayudamos a verificarlo de manera directa y sencilla.
¿Qué verificamos?
Una afirmación asegura que, con la nueva Ley Penitenciaria aprobada en Ecuador, los presos deberán trabajar obligatoriamente para poder acceder a alimentos dentro de las cárceles.
¿Por qué es completamente falso?
La ley promueve el trabajo como parte del proceso de rehabilitación, pero no establece que sea obligatorio para acceder a la alimentación. Tampoco introduce cambios en las obligaciones del Estado respecto a este derecho.
¿Qué dice la evidencia?
No se condiciona la alimentación al trabajo: La ley aprobada por la Asamblea Nacional el pasado 17 de marzo, no establece que las personas privadas de libertad deban trabajar para acceder a comida.
La alimentación es un derecho garantizado: El artículo 12 del Código Orgánico Integral Penal obliga al Estado a asegurar nutrición adecuada en calidad y cantidad.
Este derecho no depende del trabajo: El acceso a alimentación no está sujeto a participación en actividades laborales.
El trabajo penitenciario no es nuevo: Ya formaba parte del sistema de rehabilitación social en la normativa ecuatoriana.
La ley lo reorganiza como política: Establece lineamientos para su implementación dentro del sistema, no crea la figura desde cero.
No es obligatorio para todos: La participación depende de evaluaciones individuales.
No aplica de forma general: El organismo técnico define quiénes pueden trabajar según seguridad, salud y aptitudes.
No es una medida inmediata: Su implementación puede tomar hasta 36 meses.
El enfoque es rehabilitador: El trabajo se plantea como parte de la reinserción social, no como condición para derechos básicos.
Contexto importante
Entre enero y febrero de 2026, el sistema penitenciario ecuatoriano mantiene una sobrepoblación estructural constante. Mientras la capacidad instalada se mantiene fija en 27.458 plazas, la población carcelaria supera las 36.000 personas, llegando incluso a más de 37.300 a finales de febrero. Esto se traduce en un hacinamiento promedio del 35%, es decir, miles de personas adicionales respecto a lo que el sistema puede albergar formalmente.
Este escenario refleja un problema persistente: las cárceles operan por encima de su capacidad sin variaciones significativas, lo que evidencia que no se trata de picos aislados sino de una condición estructural.
Conclusión
COMPLETAMENTE FALSO: Si bien la ley sí impulsa el trabajo en cárceles como parte de la rehabilitación, no es correcto afirmar que los presos deberán trabajar obligatoriamente para poder comer. La alimentación es un derecho garantizado por ley y no depende de su participación en actividades laborales.
¿Viste algo sospechoso y quieres que lo revisemos por ti? Haz tu pedido de #VerificaciónAlaCarta a través de nuestra línea en WhatsApp (+593 96 239 6425) Recibe nuestro contenido directo en tu celular. ¡Únete a la comunidad verificadora en nuestro canal de WhatsApp!
Artículo actualizado a las 20:40 del 18/03/2026 incluyendo la investigación sobre crimen organizado realizada por Renato Rivera y Carlos Bravo
El crimen organizado en la frontera entre Ecuador y Colombia no puede entenderse como un problema aislado de cada país.
Se trata de un sistema transfronterizo: una estructura en la que distintas actividades ilegales operan de forma interconectada y coordinada en más de un territorio.
La cercanía con Colombia —uno de los mayores productores de cocaína del mundo— intensifica esta dinámica e integra a Ecuador dentro de la cadena regional del narcotráfico.
Aunque Ecuador no ha sido históricamente un gran productor de cocaína, una investigación de crimen organizado, elaborado por los expertos en seguridad, Renato Rivera y Carlos Bravo, reveló un dato significativo: entre 2015 y 2019 se detectaron 700 hectáreas de cultivos ilícitos de hoja de coca en las provincias de Esmeraldas, Carchi y Sucumbíos, fronterizas con Colombia.
En contraste, el último reporte de la Oficina de la ONU contra la Droga y el Delito (UNODC) señaló que para 2023 Colombia registró 253.000 hectáreas de cultivos de coca, con una concentración elevada en el departamento de Putumayo.
Este contraste ayuda a explicar el rol actual de Ecuador: más que producir, funciona como un territorio clave para el almacenamiento, procesamiento y salida de droga hacia mercados internacionales.
Cómo operan estas redes
Según la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, las redes de narcotráfico en América Latina trabajan como cadenas transnacionales que distribuyen sus actividades entre producción, transporte y comercialización en distintos países. Es decir, distribuyen sus operaciones a lo largo de la región para reducir riesgos, evadir controles y maximizar ganancias.
En términos generales, el sistema funciona así:
la producción se concentra en zonas específicas
el transporte cruza fronteras por rutas estratégicas
la distribución conecta con mercados internacionales
En este esquema, Ecuador cumple un rol clave como punto de tránsito y salida hacia otros destinos. En el Informe de Caracterización del Crimen Organizado en Ecuador 2025, publicado por el Observatorio Ecuatoriano de Crimen Organizado (OECO) señala que alrededor del 85% de la droga destinada a mercados internacionales se moviliza a través de la cuenca del río Guayas, uno de los principales nodos del comercio exterior ecuatoriano.
Pero el narcotráfico es solo una parte del sistema.
La experta en seguridad Michelle Maffei explicó a Lupa Media que en la frontera convergen múltiples economías ilegales que se sostienen entre sí. “No es solo narcotráfico. Hay tráfico de personas, contrabando de productos y medicinas falsificadas”, señaló.
Entre las principales actividades que se articulan en estas redes están:
tráfico de armas
contrabando de combustibles
minería ilegal
lavado de activos
tráfico de migrantes y trata de personas
Estas economías comparten rutas, estructuras logísticas y mecanismos de financiamiento. Esa interconexión fortalece la capacidad de las organizaciones criminales para adaptarse y sostener sus operaciones en el tiempo.
En 2025, Ecuador incautó 214 toneladas de droga, una reducción del 27% frente al récord de 294,6 toneladas en 2024. Estos datos muestran la escala del fenómeno y cómo las operaciones criminales atraviesan distintos territorios en una misma cadena.
La violencia está directamente vinculada a estas economías. En Ecuador, el 32,7% de los homicidios intencionales está relacionado con el tráfico de drogas, lo que evidencia el peso de estas actividades en la dinámica criminal del país.
Además, entre 2020 y 2025, el uso de armas de fuego en homicidios se incrementó en 30 puntos porcentuales, reflejando una mayor capacidad operativa de las organizaciones criminales.
El crimen transfronterizo genera efectos que van más allá de la seguridad.
Un sistema con impactos en el territorio
La frontera entre Ecuador y Colombia se extiende por más de 580 kilómetros y atraviesa zonas selváticas, fluviales y de difícil acceso. En provincias como Esmeraldas, Carchi y Sucumbíos —que colindan con Nariño y Putumayo— el control estatal es limitado.
En estos territorios, las redes criminales:
ejercen control territorial
generan desplazamiento forzado y confinamiento
imponen economías ilegales
afectan a comunidades locales
El OECO advirtió en su informe de 2025 que por estos corredores se movilizan precursores químicos desde Ecuador hacia laboratorios en zonas fronterizas.
Además, factores estructurales como la pobreza, las economías informales y la baja presencia institucional facilitan la expansión de estas actividades.
En muchos casos, la violencia no es constante ni visible. La aparente calma puede responder al control de un grupo criminal, no a la ausencia de actividad ilegal.
En algunos territorios, esta dinámica se expresa en actividades como la minería ilegal. En provincias como Carchi, esta modalidad genera alrededor de USD 1.300 millones anuales, según estimaciones del Ministerio de Defensa.
Un sistema en constante cambio
En la frontera operan disidencias de las FARC, organizaciones criminales ecuatorianas y redes transnacionales.
El investigador Renato Rivera identifica un punto de quiebre clave: el acuerdo depaz de 2016 en Colombia. “La salida de las FARC desreguló el mercado de la coca en la frontera. Eso no solo incrementó los cultivos, sino también los actores que intervienen en esta economía”, explica.
Acuerdo de Paz 2016 – El expresidente de Colombia, Juan Manuel Santos y el comandante guerrillero Rodrigo Londoño – Foto de Fernando Vergara (Associated Press)
Desde entonces, el narcotráfico se ha fragmentado. Han surgido nuevos grupos, las alianzas cambian con frecuencia y las disputas se intensifican según la presión estatal.
No se trata de estructuras estáticas, sino de un sistema en permanente reconfiguración.
Más allá de las tensiones entre gobiernos
El 17 de marzo de 2026, el presidente colombiano Gustavo Petro denunció posibles bombardeos desde territorio ecuatoriano en zonas cercanas al límite binacional. El gobierno de Daniel Noboa rechazó esa versión y defendió sus operaciones militares dentro del país.
Captura de pantalla – X Gustavo Petro
Captura de pantalla – X Daniel Noboa
Este cruce de declaraciones se suma a otras tensiones recientes, como disputas comerciales y diferencias en la estrategia de seguridad. Sin embargo, estos episodios no explican por sí solos lo que ocurre en la frontera.
Reducir el problema a tensiones diplomáticas o a responsabilidades de un solo país simplifica una realidad mucho más compleja.
🔍 #LupaTeExplica | ¿La tasa a productos colombianos redujo los homicidios en la frontera? El presidente Daniel Noboa sugirió que sí. Pero los datos disponibles y los estudios sobre crimen organizado no muestran evidencia de esa relación.
Diversos estudios coinciden en que los operativos militares, por sí solos, no logran reducir de forma sostenida la criminalidad en la frontera.
Paso fronterizo «La Hormiga»
“Se destruyen campamentos o se detiene a actores menores, pero no se investigan las estructuras financieras que sostienen estas economías”, señala Maffei.
Esto permite que las actividades ilegales se reactiven rápidamente, ya que las estrategias centradas únicamente en el control territorial no abordan las redes financieras, el lavado de activos ni las cadenas de mando.
Además, en zonas con pocas oportunidades económicas, muchas comunidades terminan siendo captadas por estas economías ilegales.
En este contexto, el crimen en la frontera entre Ecuador y Colombia no responde a límites políticos. Opera como un sistema regional, dinámico y adaptable. Entenderlo así no solo cambia el diagnóstico. También permite dimensionar por qué las respuestas aisladas o centradas en un solo país resultan insuficientes.
Si recibes un mensaje similar, recuerda que puedes enviárnoslo por WhatsApp al (+593 96 239 6425) y te ayudaremos a verificarlo de manera directa y sencilla.
¿Qué verificamos?
Un video viral afirma que Banco Pichincha abrió vacantes laborales en Quito, Guayaquil y Cuenca en áreas como administración, atención al cliente, marketing, derecho, contabilidad o seguridad. El contenido asegura que los cargos ofrecen salarios entre USD 700 y USD 3.800 e invita a postular mediante un enlace en el perfil del video que redirige a una página externa con el dominio «Shopkean.com».
¿Por qué es mayormente falso?
Aunque Banco Pichincha sí tiene algunas vacantes activas, la entidad confirmó a Lupa Media que el video viral no corresponde a una convocatoria oficial. Además, el contenido atribuye salarios que no aparecen en las postulaciones reales y el enlace lleva a varias páginas. La última página llamada «Computrabajo» muestran un puesto y una empresa distintos al banco.
¿Qué dice la evidencia?
Confirmación oficial:
El Banco Pichincha confirmó a Lupa Media que la información difundida en la publicación viral es falsa.
La entidad explicó que sus vacantes oficiales se publican únicamente en la sección “Vacantes” de su portal institucional, y no mediante convocatorias difundidas en redes sociales como TikTok.
Análisis del video viral:
El video presenta supuestas vacantes del banco en áreas como administración, comercial y atención al cliente, e invita a postular a través de un enlace en el perfil de la cuenta que lo publica.
Al acceder al supuesto enlace de postulación se abre una página con dominio shopkean.com, asociado a un sitio de compras en línea. Allí aparece un artículo que replica las vacantes mostradas en el video.
Sin embargo, al intentar postular a los cargos, el enlace redirige a Computrabajo, donde se muestra una oferta laboral que no corresponde ni a Banco Pichincha ni a los cargos mencionados en el video viral.
Vacantes oficiales de Banco Pichincha:
Revisamos el portal oficial de empleo del banco para verificar si existen las vacantes mencionadas en el video en Quito, Guayaquil y Cuenca.
En Guayaquil y Cuenca no encontramos las vacantes que menciona el contenido viral.
En Quito, en cambio, identificamos solo tres cargos similares a los que aparecen en el video: en áreas de administración, ingeniería y seguridad.
OJO: Las convocatorias oficiales no publican salarios, sino únicamente los requisitos y funciones del cargo, a diferencia del video viral que atribuye sueldos específicos a cada puesto.
Contexto importante
En julio de 2024, Bolivia Verifica documentó un fraude similar que utilizaba el mismo sitio web. Según explicó el ingeniero en sistemas Raúl Terán para Bolivia Verifica, este tipo de páginas difunde convocatorias laborales falsas para generar ingresos por publicidad, aprovechando la búsqueda de empleo de las personas.
Este tipo de publicaciones suele usar logos de empresas conocidas, salarios llamativos y enlaces externos para atraer clics y redirigir a páginas intermediarias. De acuerdo con el Centro de Autonomía Digital, se trata de estrategias de clickbaitque buscan generar tráfico y monetización publicitaria, aunque el contenido no corresponda a ofertas laborales reales.
Conclusión
MAYORMENTE FALSO: Aunque Banco Pichincha sí tiene vacantes activas en su portal oficial, la entidad confirmó a Lupa Media que la convocatoria viral no es real. Además, el contenido atribuye salarios inexistentes en las postulaciones oficiales y redirige a páginas externas que no corresponden a procesos de contratación del banco.
¿Viste algo sospechoso y quieres que lo revisemos por ti? Haz tu pedido de #VerificaciónAlaCarta a través de nuestra línea en WhatsApp (+593 96 239 6425). Recibe nuestro contenido directo en tu celular. ¡Únete a la comunidad verificadora en nuestro canal de WhatsApp!
¿Qué decidió la Corte Constitucional en el caso Malvinas?
La Corte analizó una acción extraordinaria de protección contra una sentencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas que había negado un hábeas corpus presentado por los familiares de los niños. Este mecanismo permite que un juez revise con urgencia si una detención es ilegal o si una persona desapareció tras ser detenida.
El tribunal concluyó que la decisión judicial previa vulneró el debido proceso, porque no analizó de forma completa la detención ni respondió aspectos relevantes del caso.
Además, al realizar un examen de mérito, la Corte Constitucional del Ecuador concluyó que los niños fueron detenidos de forma ilegal por patrullas militares y posteriormente víctimas de desaparición forzada.
No, la Corte precisó que el análisis de la decisión se efectuó en el ámbito constitucional y para los fines específicos de la garantía del hábeas corpus que había sido negada por la Corte Provincial de Justicia de Guayas.
La Corte sostiene que actuó dentro de sus facultades al aplicar el examen de mérito, para revisar el fondo de casos relacionados con garantías constitucionales cuando existen posibles violaciones graves de derechos como es el caso de desapariciones forzadas.
Sentencia de la Corte
El constitucionalista Ismael Quintana señaló en Teleamazonas que la conclusión de desaparición forzada sin haber una sentencia penal ejecutoriada es desbordar el ámbito de competencias. Por su parte, el constitucionalista Edison Guarango indica que la Corte realizó una declaración general a nivel de vulneración de Derechos Humanos.
¿La Corte determinó responsabilidad penal o intervino en el proceso penal?
No, la sentencia no reemplaza el proceso penal ni determina culpabilidad individual.
En el caso de los niños de Las Malvinas se iniciaron dos procesos distintos en la justicia:
un hábeas corpus por desaparición forzada – CC
y un proceso penal por el presunto cometimiento de varios delitos – FGE
La Corte Constitucional intervino únicamente en el primer proceso, al revisar la decisión judicial relacionada con el hábeas corpus. El proceso penal continúa su curso dentro de la justicia ordinaria y no fue anulado ni suspendido por esta sentencia.
Sentencia de la Corte
En diciembre de 2025, un Tribunal de Garantías Penales declaró culpables a 16 militares por desaparición forzada. Once recibieron 34 años y ocho meses de prisión, mientras que cinco obtuvieron penas menores por cooperación. El tribunal también ordenó reparaciones y disculpas públicas. Dicha decisión fue sentencia en primera instancia y actualmente el caso está en proceso de apelación.
¿Cuál es la diferencia entre responsabilidad penal y responsabilidad constitucional?
Es una diferencia importante para entender el alcance de la sentencia.
Responsabilidad penal
Determina si una persona cometió un delito.
La investigan la FGE y los jueces penales.
Puede implicar sanciones como prisión.
Responsabilidad constitucional
Determina si hubo violaciones a derechos o a la Constitución.
La analiza la Corte Constitucional del Ecuador.
Puede ordenar reparaciones, medidas institucionales o garantías de no repetición.
Un mismo hecho puede tener consecuencias en ambos ámbitos, pero se trata de procesos distintos.
¿La Corte identificó responsables individuales?
No, la sentencia no atribuye responsabilidad penal a personas específicas. Lo que estableció es que el Estado fue responsable por la vulneración de derechos, al analizar cómo se produjo la detención y posterior desaparición de los niños. Determinar responsabilidades individuales corresponde al proceso penal, que continúa a cargo de la FGE.
Lo que sí ordenó como medida de reparación es un acto público de reconocimiento de responsabilidad y disculpas del Estado, que deberá realizar el Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) en el lugar que decidan los familiares de las víctimas y con difusión nacional.
La selección de esa persona se fundamenta en que ese cargo es el superior del Comando al que pertenecieron las patrullas militares involucradas.
¿La sentencia fue contra el Gobierno?
La sentencia no señala responsabilidad ni establece sanciones contra autoridades políticas.
Sin embargo, la Corte sí contextualiza el caso dentro del estado de excepción decretado por el presidente Daniel Noboa en el marco de la crisis de seguridad. La constitucionalista, Verónica Hernández indica que en el fallo, la Corte recuerda que previamente había emitido un dictamen, en el que declaró inconstitucional la causal de “conflicto armado interno” utilizada para justificar el empleo de las Fuerzas Armadas.
Si bien en la Sentencia de “Los 4 niños de Las Malvinas” no hay un señalamiento directo al Presidente de la República, la Corte Constitucional contextualiza el caso en el estado de excepción que dictó.
▶️La CC resaltó (párrs. 68 al 80) que el caso se da en medio de un estado de…
— Verónica Hernández Muñoz (@VeronicaLHM) March 11, 2026
¿La sentencia abre la puerta a un juicio político?
No directamente. El fallo no acusa ni responsabiliza directamente a ninguna autoridad, incluido el presidente.
Para que exista un juicio político, la Asamblea Nacional tendría que iniciar un proceso político y demostrar que una autoridad cometió alguna de las causales previstas en la Constitución, como graves violaciones de derechos humanos.
La sentencia por sí sola no activa automáticamente un juicio político.
🔍 #FactCheckLupa | ❌ La sentencia de la Corte Constitucional del Ecuador sobre el caso Malvinas no habilita la destitución del presidente Daniel Noboa.
¿Cómo lo sabemos? 🤔 ⚖️ El caso Malvinas se refiere a la desaparición de cuatro menores en Guayaquil en diciembre de 2024.… pic.twitter.com/7C7A9bnQvg
La sentencia de la Corte Constitucional del Ecuador sobre el caso de los cuatro niños de Las Malvinas generó rápidamente una amplia conversación en redes sociales. El fallo no solo reactivó el debate sobre la desaparición forzada y la actuación de las Fuerzas Armadas, sino también sobre el alcance de las decisiones de la Corte en casos de violaciones de derechos humanos.
Un análisis de escucha social muestra que, entre el 9 y el 12 de marzo de 2026, el tema generó cerca de 340 mil interacciones en redes sociales, con una audiencia estimada de más de 30,5 millones de usuarios.
Resultados escucha social 09/03 al 12/03 con la herramientas SocialAlert
Resultados escucha social 09/03 al 12/03 con la herramientas SocialAlert
En cuanto al tono de la conversación, el 44,7% de las publicaciones registró un sentimiento negativo. La difusión estuvo impulsada principalmente por medios de comunicación, periodistas, analistas y actores políticos, que compartieron análisis, interpretaciones del fallo y reacciones al debate jurídico y político que generó la decisión de la Corte. La combinación de estos actores contribuyó a posicionar el caso nuevamente en la agenda pública digital.