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Cómo se comporta tu cuerpo con el frío

¿Por qué tiritamos o temblamos?

Seguro que te ha pasado alguna vez. Ante el frío, tu cuerpo comienza a tiritar o temblar de forma automática. ¿A qué se debe? A que esa contracción y relajación muscular nos permite generar calor. Así lo indica un equipo de investigadores de la Universidad de Salud y Ciencia de Oregon (OHSU), que destaca que cuando tiritamos los músculos esqueléticos (los músculos conectados al esqueleto que ayudan a mover el cuerpo) se tensan y relajan repetidamente en ráfagas rápidas.

“Tiritar es, en realidad, la producción de calor en los músculos esqueléticos y requiere bastante energía. Suele ser la última estrategia que utiliza el cuerpo para mantener su temperatura interna y sobrevivir en un ambiente extremadamente frío”, afirma Kazuhiro Nakamura, uno de los investigadores de la OHSU.

¿Por qué se nos ponen los pelos de punta?

Otra reacción al frío que forma parte de la termorregulación es la piel de gallina. “La piel de gallina se produce cuando pequeños músculos de los folículos pilosos de nuestra piel, llamados músculos erectores del pelo, tiran del cabello hacia arriba”, indican los Institutos Nacionales de la Salud (NIH, por sus siglas en inglés).

Esta reacción también busca mantener el calor, explicó el médico de familia experto en enfermedades infecciosas José María Molero a Maldita.es, medio cofundador de Factchequeado: «Al ponerse el vello en punta, se distribuyen las corrientes de aire de una forma más eficiente y se mantiene más el calor«.

¿Por qué los labios se ponen morados?

A veces, los labios pueden volverse morados o azulados cuando hace frío. Esto ocurre por un proceso llamado cianosis, provocado por la vasoconstricción, es decir, el estrechamiento de los vasos sanguíneos debido a la baja temperatura, que reduce el flujo de sangre y hace que los labios pierdan su color rosado habitual. La cianosis no se limita a los labios; también puede aparecer en dedos, pies o en la piel en general cuando una zona recibe menos oxígeno.

Sin embargo, el frío no es la única causa: problemas pulmonares o cardíacos también pueden provocar este cambio de color, según MedlinePlus, la Biblioteca Nacional de Medicina de Estados Unidos.

Los virus nos enferman, no el frío (aunque este puede favorecerlo)

“Abrígate que te vas a enfermar”», hemos oído todos de boca de nuestras madres y abuelas alguna vez. Pero la verdad es que el frío como tal no nos enferma: tanto el resfriado como la gripe son infecciones virales y hacen falta sus respectivos virus para que enfermemos. Es decir, que un hombre aislado en el Polo Sur podría pasar mucho frío, morir de hipotermia, pero no se contagiaría de un resfriado ni una gripe.

El hecho de que el clima sea frío por sí solo no te enferma”, explicaba Virginia Banks de Northeast Ohio Infectious Disease Associates en Youngstown a la Asociación Estadounidense del Corazón. Sin embargo, sí hay una relación entre las épocas de frío y estas enfermedades. Hay distintos motivos. Por un lado, que cuando hace frío pasamos más tiempo en interiores, compartiendo microbios con los demás y favoreciendo contagios de unos a otros. Además, ventilamos peor precisamente porque fuera hace frío, y, aunque el frío no causa la enfermedad, sí puede afectar el sistema inmune y facilitar que los virus se propaguen.

Trump no ordenó dolarizar Venezuela

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¿Qué verificamos?

Un video viral que circula en Instagram afirma que «Venezuela cambia totalmente su economía: Dólar como moneda oficial por decisión de Trump».

¿Por qué es completamente falso?

No existe ningún anuncio oficial de dolarización en Venezuela. Ni la Casa Blanca, ni el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, ni el Banco Central de Venezuela han emitido comunicados que establezcan al dólar como moneda oficial en sustitución del bolívar

¿Qué dice la evidencia?

  • Lupa Media revisó el portal oficial del Banco Central de Venezuela y no identificó ningún comunicado que establezca al dólar como moneda oficial.
  • En los canales oficiales de la Casa Blanca no existe ninguna declaración de Donald Trump relacionada con un cambio de moneda en Venezuela.
  • Autoridades económicas venezolanas no han anunciado un proceso de dolarización.
  • El bolívar continúa siendo la moneda oficial del país según la legislación vigente.
  • El medio venezolano de verificación El Cotejo.info identificó que la narrativa se originó en un análisis publicado el 7 de enero de 2025 por Patrick Witt, subdirector de la Oficina de Capital Estratégico del Pentágono. En ese texto, el funcionario planteó que Venezuela podría considerar el uso del dólar y de stablecoins como una opción técnica para estabilizar sus finanzas.
  • Esta opinión no constituye una orden presidencial ni un decreto oficial, y no tiene efectos legales.

Contexto importante

El bolívar es la moneda oficial de Venezuela. No obstante, desde 2017 el dólar estadounidense se utiliza de forma amplia como referencia para fijar precios y realizar transacciones. Este uso se expandió durante la crisis hiperinflacionaria y se mantuvo por la pérdida sostenida del valor del bolívar. Aunque el dólar es común en la vida cotidiana y en el comercio, esto corresponde a una dolarización de facto y no a un cambio legal de la moneda nacional.

Según informó EFE, en los últimos meses se ha reducido la brecha entre el tipo de cambio oficial fijado por el Banco Central de Venezuela y el mercado paralelo. Esto ocurre en un contexto de expectativa por posibles medidas económicas del gobierno de Delsy Rodríguez y por el ingreso de dólares al mercado local, asociado a la venta de petróleo a Estados Unidos.

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: No existe ninguna decisión oficial de Donald Trump ni de autoridades venezolanas para dolarizar la economía de Venezuela. El bolívar sigue siendo la moneda oficial del país. El rumor se originó en una propuesta técnica sin carácter vinculante, que fue sacada de contexto y difundida como si fuera una orden presidencial.

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Lo que sabemos sobre: las 2 millones de gallinas ponedoras y la caída del precio del huevo

¿Qué pasó?

Entre finales de 2025 y comienzos de 2026, la industria avícola ecuatoriana enfrentó una caída del precio del huevo en un contexto de exceso de oferta en el mercado.

En Ecuador se producen alrededor de 3.650 millones de huevos al año, lo que requiere aproximadamente 14,4 millones de gallinas ponedoras en promedio, según estimaciones de la Corporación Nacional de Avicultores del Ecuador (CONAVE). Sin embargo, para el año 2025 en el país había cerca de 16 millones de gallinas ponedoras, es decir, unos 2 millones por encima de ese nivel de referencia según el INEC . Este mayor número de aves coincidió con una oferta de huevos superior a la demanda, lo que presionó los precios a la baja y generó acumulación de producto en el mercado.

  • Precio de la cubeta (30 unidades) el 1 de diciembre de 2025: huevo grande USD 2,30; mediano USD 2,14; pequeño USD 1,58.
  • A inicios de enero de 2026: huevo grande USD 2,17; mediano USD 1,99; pequeño USD 1,49.

Según avicultores, el costo de producción de una cubeta es aproximadamente USD 2,50, lo que significa que se vendieron huevos con pérdidas.

Entre el descarte productivo y el sacrificio

En este contexto de caída de precios y sobreoferta, en redes sociales se viralizaron portadas y publicaciones que afirmaban que “se sacrificaron 2 millones de gallinas ponedoras en Ecuador para subir el precio del huevo”.

La Unión de Productores de Huevos (UNIPROH) sostiene que el término “sacrificio” se ha utilizado de forma imprecisa. Según el gremio, la salida de las aves corresponde al descarte regular de gallinas al final de su ciclo productivo —entre 60 y 70 semanas—, una práctica estándar en la producción comercial de huevos.

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAG) indicó a Lupa Media que las gallinas no fueron eliminadas por razones sanitarias ni destruidas, sino comercializadas como gallinas de descarte, con precios determinados por la oferta y la demanda.

Sobre los precios, UNIPROH reportó que el precio referencial actual al consumidor de la cubeta de huevos se ubicó cerca de USD 2,80, con picos de hasta USD 3,00, mientras que el precio promedio en granja rondó los USD 2,50.

Protección Animal Ecuador (PAE) sostuvo que las gallinas fueron sacrificadas para regular la oferta, mientras que la organización Terranimal afirmó que la industria priorizó criterios económicos y que algunas aves habrían sido eliminadas antes de completar su ciclo productivo

¿Qué significa el “descarte” en la industria del huevo?

Una gallina empieza a poner huevos alrededor de las 18–20 semanas de vida y alcanza su pico de producción durante 12–18 meses, dependiendo de la genética y el manejo. Cuando la producción disminuye, se considera “gallina de descarte”. En sistemas industriales, estas aves se retiran del galpón y se destinan a carne de gallina vieja o subproductos. Este retiro puede ser escalonado o concentrado para ajustar la oferta.

 

*El 27 de enero de 2026, se presentó una denuncia en la Superintendencia de Competencia Económica por presuntas prácticas anticompetitivas; el proceso se encuentra en análisis por la autoridad.

Estudio sobre el cerebro no redefine la adolescencia hasta los 32 años

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¿Qué verificamos?

Una imagen viral en redes sociales que afirma: «un estudio reveló que la adolescencia recién termina a los 32 años».

¿Por qué es mayormente falso?

El estudio describe fases del desarrollo cerebral basadas en patrones de conectividad neuronal. No redefine la adolescencia como categoría psicológica, social o legal. El uso del término «adolescencia» en el estudio responde a una clasificación interna de los autores, no a una definición clínica o social.

¿Qué dice la evidencia?

Hallazgos del estudio

  • Un estudio publicado en Nature Communications identificó cinco fases del desarrollo cerebral separadas por cuatro puntos de inflexión aproximados: 9, 32, 66 y 83 años.
  • Los investigadores analizaron escáneres cerebrales de 3.802 personas de 0 a 90 años.
  • La fase denominada por los autores como «Época 2» se extiende de los 9 a los 32 años y se caracteriza por patrones relativamente estables de conectividad.
  • A los 32 años se observa un cambio en la organización de las conexiones cerebrales hacia un patrón más estable, que se mantiene hasta alrededor de los 66 años.

Lo que NO dice el estudio:

  • No sostiene que las personas sean adolescentes en términos psicológicos, emocionales o sociales hasta los 32 años.
  • El término «adolescencia» se utiliza para describir patrones de conectividad cerebral, no comportamientos, madurez emocional o desarrollo social.
  • Los autores reconocen que la transición a la adultez depende de factores sociales, culturales e históricos, además del desarrollo cerebral.
  • El estudio no propone cambios en definiciones médicas, legales o sociales de adolescencia.

Definiciones vigentes de adolescencia

  • La Organización Mundial de la Salud define la adolescencia como el período entre los 10 y 19 años.
  • La adolescencia se caracteriza por cambios físicos, hormonales, psicológicos y sociales que típicamente se completan a principios de los 20 años.
  • La mayoría de sistemas legales fijan la mayoría de edad entre los 18 y 21 años, con base en criterios integrales, no solo neurológicos.

Contexto importante

El estudio «Topological inflection points in human lifespan» fue dirigido por investigadores de la Unidad de Cognición y Ciencias del Cerebro del MRC de Cambridge. Su objetivo era comprender cómo evoluciona la arquitectura de conexiones cerebrales desde el nacimiento hasta la vejez.

Los hallazgos son relevantes para la neurociencia del desarrollo, pero no modifican las definiciones clínicas, psicológicas o legales de adolescencia que se utilizan en salud pública, educación, psicología y legislación. El desarrollo cerebral es solo uno de múltiples factores que definen las etapas del desarrollo humano.

Conclusión

MAYORMENTE FALSO: El estudio identifica un cambio en la organización cerebral alrededor de los 32 años, pero no extiende la adolescencia hasta esa edad. La publicación viral extrapola el hallazgo a dimensiones psicológicas y sociales que el estudio no evalúa.

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¿Quiénes están muriendo en la violencia homicida en Ecuador? Lo que revelan los datos sobre las víctimas

El hallazgo central: la mayoría de víctimas no tenía antecedentes penales

Los registros oficiales a los que tuvo acceso Lupa Media clasifican a las víctimas de homicidios según si tenían o no antecedentes penales.

De acuerdo con estos datos, en 2025 el 19% de las personas asesinadas tenía antecedentes, mientras que el 81% restante no registraba historial judicial.

Este patrón no es excepcional de un solo año.

Un patrón estable en el tiempo

El análisis de las cifras entre 2019 y 2025 muestra que la proporción se mantiene relativamente constante: entre el 75% y el 82% de las víctimas no tenía antecedentes penales, incluso en los años en los que la violencia aumentó de forma drástica.

La estabilidad de esta proporción sugiere que el crecimiento de los homicidios no ha estado concentrado únicamente en personas previamente judicializadas.

Antecedentes penales ≠ pertenecer al crimen organizado

Ecuador no cuenta con un registro público que permita identificar si una víctima pertenecía o no a una organización criminal. Por ello, los antecedentes penales funcionan como una variable proxy: una de las pocas aproximaciones oficiales disponibles para analizar el perfil de las víctimas.

Tener antecedentes puede implicar desde contravenciones menores hasta delitos graves. Y no tenerlos no excluye otros contextos de riesgo o violencia.

Sin embargo, lo que los datos sí permiten afirmar es que no existe evidencia pública que respalde la idea de que la mayoría de víctimas pertenecía a estructuras criminales organizadas.

Incluso en las provincias más violentas, predominan víctimas sin antecedentes

La concentración territorial de la violencia —especialmente en la Costa— es conocida. Pero al observar el perfil de las víctimas por provincia, el patrón se repite.

En Guayas, la provincia con más homicidios en 2025, solo 792 de las 4.038 víctimas tenían antecedentes penales.

En Los Ríos, cerca del 75% de las víctimas no registraba historial judicial.

Esto sugiere que ni siquiera en los territorios con mayor presencia de economías criminales la violencia se concentra exclusivamente en personas con antecedentes.

Sexo y edad: la violencia afecta principalmente a hombres jóvenes, pero no necesariamente con historial delictivo

Los datos confirman una tendencia conocida: los hombres jóvenes son el grupo más afectado por la violencia homicida.

Sin embargo, dentro de ese grupo, la mayoría de víctimas tampoco tenía antecedentes penales.

Por rangos de edad, la mayor cantidad de muertes se concentra en jóvenes y adultos, pero nuevamente predominan las personas sin antecedentes. Incluso entre los grupos etarios más afectados por la violencia, la proporción de víctimas previamente judicializadas es minoritaria.

El dato refuerza una idea clave: ser joven y hombre aumenta el riesgo de ser víctima, pero no implica pertenecer al mundo criminal.

Una brecha entre el discurso y la evidencia

Desde que Ecuador entró en la declaratoria de “conflicto armado interno” en 2024, autoridades del Gobierno han insistido en que la violencia homicida responde principalmente a enfrentamientos entre grupos criminales.

Bajo ese marco, se ha instalado la idea de que la mayoría de muertes violentas ocurre entre personas vinculadas al delito, una narrativa que se ha repetido en declaraciones públicas del presidente, ministros y asambleístas oficialistas.

Este discurso ha influido en la forma en que se interpreta la crisis de seguridad, presentando los homicidios como un fenómeno concentrado dentro del mundo criminal. Sin embargo, los datos oficiales disponibles permiten poner en duda esa lectura simplificada del problema.

Metodología y límites del análisis

Para este análisis, Lupa Media recopiló información sobre homicidios intencionales entre 2019 y 2025 a partir de dos fuentes oficiales complementarias:

  • Datos de 2023 a 2025, obtenidos mediante un pedido formal de acceso a la información pública dirigido a la Policía Nacional y al Ministerio del Interior, que incluyen la variable sobre antecedentes penales de las víctimas.
  • Datos de años anteriores (2019–2022), extraídos de los registros de datos abiertos del Ministerio del Interior, utilizados para analizar la evolución histórica de los homicidios.

El análisis se centra en la variable “antecedentes penales de la víctima”, una de las pocas disponibles públicamente para aproximarse al perfil de las personas asesinadas en Ecuador.

Alcances y limitaciones

  • Ecuador no cuenta con un registro público que permita identificar si una víctima pertenecía o no a una organización criminal.
  • Por ello, los antecedentes penales se utilizan como una variable proxy, que permite observar patrones generales, pero no establecer afiliaciones criminales.
  • Tener antecedentes puede incluir desde contravenciones menores hasta delitos graves, y no tenerlos no excluye otros contextos de riesgo o violencia.
  • Los datos reflejan únicamente la información registrada por las instituciones oficiales y pueden estar sujetos a subregistro, errores administrativos o cambios en los criterios de clasificación.

Aun con estas limitaciones, los registros oficiales permiten identificar tendencias consistentes sobre el perfil general de las víctimas de homicidio intencional en el país.

¿Entonces?

Más allá de los discursos, los registros oficiales sugieren que la violencia homicida en Ecuador no se limita a enfrentamientos entre personas vinculadas al delito.

Entender quiénes están muriendo realmente es clave para evitar estigmatizaciones, diseñar políticas públicas más efectivas y debatir la crisis de seguridad con base en evidencia, no en simplificaciones.

Regularización de personas migrantes en España: los datos verificados y la desinformación que circula

Explicativo basado en información de Newtral, medio aliado de la red #LatamChequea, junto con Lupa Media.

Qué aprobó el Gobierno español

El Consejo de Ministros de España autorizó, el 27 de enero de 2026, la tramitación urgente de un real decreto impulsado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para implementar una regularización extraordinaria de extranjeros.

El Ejecutivo español argumenta que la medida responde a una urgencia social, a un amplio consenso político, económico y social, y a la necesidad de dar seguridad jurídica a una realidad existente, tras la paralización en el Congreso de una iniciativa legislativa popular respaldada por más de 700.000 firmas.

A diferencia de otras normas, este real decreto no requiere convalidación parlamentaria, lo que acelera su implementación.

Qué es una regularización extraordinaria

Una regularización extraordinaria es un mecanismo administrativo que permite conceder permisos de residencia y trabajo a personas migrantes que ya viven en el país, pero que se encuentran fuera de los canales ordinarios de regularización.

No equivale a una política de fronteras abiertas ni implica incentivar nuevas llegadas: se centra en personas que ya residen en el territorio.

España ha aplicado regularizaciones similares en el pasado, bajo distintos gobiernos. La última gran regularización, en 2005, aprobó más de medio millón de solicitudes.

A quién está dirigida la medida

La regularización se enfoca en dos grupos principales:

  1. Solicitantes de protección internacional que hayan presentado su solicitud antes del 31 de diciembre de 2025
  2. Personas extranjeras en situación irregular que acrediten haber vivido en España al menos cinco meses antes de finalizar 2025

La permanencia podrá justificarse mediante documentos públicos o privados, como:

  • Empadronamiento
  • Registros médicos
  • Contratos de alquiler
  • Facturas, certificados u otros comprobantes de presencia en el país

Requisitos para acceder

Entre los requisitos centrales constan:

  • No tener antecedentes penales
  • No representar una amenaza para el orden público o la seguridad
  • Acreditar permanencia continuada en España dentro del período exigido
  • Presentar la documentación requerida dentro del plazo oficial

La normativa excluye explícitamente a personas con antecedentes penales.

Qué derechos otorga la regularización

Si la solicitud es aprobada, se concede una autorización provisional de residencia con permiso de trabajo automático en todo el territorio español y en cualquier sector.

Esta autorización permite:

  • Trabajar legalmente
  • Cotizar al sistema de seguridad social
  • Pagar impuestos
  • Acceder a sanidad y educación
  • Ejercer derechos bajo las mismas obligaciones legales que otros residentes

La autorización tiene una vigencia inicial de un año. Una vez finalizado ese periodo, las personas deberán solicitar una autorización de residencia ordinaria bajo el Reglamento de Extranjería.

En el caso de hijos e hijas menores que ya estén en España, la regularización podrá otorgar una vigencia de hasta cinco años.

Plazos y procedimiento

  • Apertura de solicitudes: prevista para abril de 2026
  • Cierre del proceso: 30 de junio de 2026
  • Tiempo máximo de tramitación: hasta tres meses

Una vez que la solicitud sea admitida a trámite, la persona podrá:

  • Trabajar legalmente en un plazo máximo de 15 días hábiles, incluso antes de recibir la resolución final

Contexto: cuántas personas migrantes irregulares hay en España

Según estimaciones recientes de Funcas (enero de 2026):

  • En España viven 837.978 personas en situación irregular
  • La cifra representa un aumento significativo frente a 2017

Origen de la población migrante irregular:

  • 90,5% proviene de América
  • 6% de África
  • 1,8% de Asia
  • 1,7% de Europa

Las nacionalidades más frecuentes son:

  • Colombiana (aprox. 290.000)
  • Peruana (aprox. 110.000)
  • Hondureña (aprox. 90.000)

Según datos de la think-tank española, FUNCAS, en 2025 vivieron en España 281 mil ecuatorianos tanto regulares como irregulares. Alrededor de 17 mil menos que en 2024.

Desinformación que circula y qué dicen los datos

“La regularización equivale a dar la nacionalidad”

No es correcto. La medida no concede nacionalidad española, sino un permiso temporal de residencia y trabajo. La nacionalidad requiere años de residencia legal y un trámite administrativo independiente.

“Las personas regularizadas podrán votar en elecciones generales”

En realidad, para votar en elecciones generales en España es obligatorio tener nacionalidad española.
La regularización no otorga derecho automático al voto.

Algunas personas extranjeras pueden votar solo en elecciones municipales, y únicamente si:

  • Su país tiene acuerdos de reciprocidad con España
  • Cumplen un mínimo de años de residencia legal

“Se incluirá a personas con antecedentes penales”

No es correcto. La normativa excluye explícitamente a solicitantes con antecedentes penales o que representen un riesgo para el orden público.

“La medida alterará el censo o las elecciones”

No hay evidencia de ello. La regularización no modifica el censo electoral ni tiene efectos inmediatos en procesos electorales, ya que el acceso a la nacionalidad —cuando aplica— requiere varios años.

“La mayoría de migrantes irregulares en España son africanos”

Los datos disponibles indican lo contrario. La mayoría proviene de América Latina, no de África.

“La regularización permite residir o trabajar en toda la Unión Europea”

No es correcto. El permiso solo es válido en España y no equivale a ciudadanía europea.

Por qué esta medida genera debate

La migración es un tema altamente politizado, donde suelen circular:

  • Exageraciones sobre seguridad
  • Discursos que asocian migración con delincuencia
  • Narrativas que vinculan regularización con manipulación electoral

Este contexto convierte a la regularización en un foco recurrente de información engañosa, especialmente en redes sociales.

¿Entonces?

La regularización extraordinaria no concede nacionalidad, no habilita el voto en elecciones generales, no incluye a personas con antecedentes penales y no modifica el sistema electoral.

Se trata de una medida administrativa para regularizar la situación de personas que ya viven en España, en un contexto donde la conversación pública sobre migración suele estar atravesada por desinformación y uso político del tema.

Universidad pública en Ecuador: gratuidad con excepciones

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¿Qué verificamos?

Una publicación del expresidente Rafael Correa en X que dice «¿Pago de matrículas? ¡Pero si la universidad pública, de acuerdo con la Constitución, es GRATUITA!» . El mensaje respondía a un post de Radio Pichincha sobre un plantón estudiantil del 27 de enero de 2026 en la UCE, donde los estudiantes solicitaron una prórroga para pagar sus aranceles.

¿Por qué es impreciso?

La universidad pública en Ecuador sí es gratuita, pero la publicación omite condiciones importantes. La gratuidad solo aplica si el estudiante cumple ciertos requisitos académicos, y hay cobros cuando se reprueban materias, se cursa una segunda carrera o se excede el tiempo de titulación. Al presentar la gratuidad como absoluta, la publicación puede inducir a error sobre la política real de la universidad.

¿Qué dice la evidencia?

Marco legal

  • Constitución de 2008 (art. 356): garantiza gratuidad en educación superior pública hasta el tercer nivel, condicionada al cumplimiento académico.
  • LOES: exige matrícula de al menos el 60 % de las materias o créditos por ciclo.

Cobros actuales en la UCE 

  • Se pagan aranceles cuando se pierde la gratuidad:
    • Reprobar materias.
    • Cursar una segunda carrera.
    • Exceder tiempo de titulación.
  • Ejemplo de costo: materia de 72–96 horas → USD 21,60–28,80.

Hechos recientes

Pronunciamiento institucional:

  • Confirmamos que el plantón sí ocurrió. El Honorable Consejo Universitario (HCU) señaló que las protestas respondieron a una prórroga aunque hasta ese momento no se había alcanzado un acuerdo con los estudiantes.

Contexto importante

Antes de la Constitución de 2008, la educación superior pública no era completamente gratuita. Los estudiantes pagaban matrículas, aranceles, laboratorios, bibliotecas, parqueos, seguros médicos y otros servicios.

En 2025, el presidente Daniel Noboa planteó la posibilidad de convocar a una Asamblea Constituyente y una consulta popular para decidir su instalación, pero el proceso no pasó de la fase política y electoral. Aunque el Consejo Nacional Electoral emitió dictámenes y resoluciones sobre la consulta, la Constituyente nunca se instaló ni comenzó a redactar una nueva Constitución.

Por ello, no hubo cambios legales en materia de educación superior. Siguen vigentes la Constitución de 2008 y la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), que garantizan la gratuidad de la educación superior pública hasta el tercer nivel, siempre que el estudiante cumpla los requisitos académicos.

Conclusión

IMPRECISO: La universidad pública en Ecuador es gratuita hasta el pregrado desde 2008, pero la afirmación que la presenta como absoluta omite condiciones importantes. Cobros aplican si se reprueban materias, se cursa una segunda carrera o se excede el tiempo de titulación. Una materia de 72–96 horas puede costar entre USD 21,60 y 28,80; quienes cumplen los requisitos de gratuidad no pagan.

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Propuesta de ley no prohíbe conciertos con fondos públicos

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¿Qué verificamos?

Una imagen viral que circula en redes sociales afirma que “Noboa envía ley urgente para prohibir conciertos con plata del Estado”.

¿Por qué es mayormente falso?

La propuesta reformatoria al COOTAD regula cómo los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs) asignan su presupuesto, pero no prohíbe conciertos ni eventos culturales. La ley obliga a los GADs a destinar al menos el 70% de sus recursos a infraestructura, mantenimiento, reposición de bienes y servicios públicos esenciales, mientras que hasta el 30% puede destinarse a otros rubros, incluidos eventos culturales, deportivos o recreativos.

¿Qué dice la evidencia?

  • El documento ingresó oficialmente al Parlamento el 28 de enero de 2026.
  • La reforma establece que los GADs —municipios, prefecturas y juntas parroquiales— deberán destinar al menos el 70% de su presupuesto institucional anual a:
    • Infraestructura
    • Mantenimiento de bienes públicos
    • Reposición de equipamiento
    • Provisión de servicios públicos esenciales
  • La exposición de motivos menciona que gastos discrecionales, como eventos artísticos o recreativos, solo deben considerarse cuando los servicios básicos estén cubiertos; esta mención no tiene efecto normativo ni constituye prohibición.
  • La norma solo aplica a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs). No afecta al gobierno central, ministerios, universidades públicas ni otras entidades estatales.

Contexto importante

Según datos del SERCOP, en 2023 los GADs registraron alrededor de 579 eventos públicos con un gasto total de USD 43,7 millones, representando en promedio más del 10% del presupuesto ejecutado en 2024. El gobierno de Manta destinó 6,4 millones principalmente a licitaciones para festivales turísticos; Quito gastó 5,4 millones en 38 procesos, incluyendo shows de arte popular; y Cuenca invirtió 1,4 millones en eventos culturales como ferias tradicionales. Otros GADs también financian tanto eventos masivos como presentaciones culturales de menor escala.

El proyecto propone reformas al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) a través de seis artículos:

  • Reforma el Artículo 192 para establecer que los GADs participarán del 21% de ingresos permanentes y 10% de no permanentes del presupuesto del Estado, siempre que cumplan con la regla de asignación mínima prioritaria.
  • Añade los artículos 198.1, 198.2 y 198.3:
    • Art. 198.1: Establece la obligación de destinar al menos el 70% del presupuesto a infraestructura, mantenimiento, reposición de bienes y servicios públicos.
    • Art. 198.2: Define qué se considera «gasto computable» según el Clasificador Presupuestario.
    • Art. 198.3: Determina que el cumplimiento es obligatorio y verificable en todas las fases del presupuesto, exigiendo un «Anexo de Cumplimiento».
  • Introduce la obligación de transparencia, exigiendo que los GADs publiquen trimestralmente un indicador de su gasto en sus portales institucionales.
  • Establece que el Ministerio de Economía y Finanzas realizará un informe de seguimiento trimestral sobre el cumplimiento de la regla.
  • Regula las consecuencias por incumplimiento, señalando que se aplicarán restricciones de transferencias y se informará a la Contraloría General del Estado.

Conclusión

MAYORMENTE FALSO: El proyecto de ley enviado por el presidente Daniel Noboa no prohíbe conciertos ni eventos culturales con fondos públicos. Establece que los GADs deben priorizar al menos el 70% de su presupuesto en infraestructura, servicios públicos y mantenimiento, mientras que hasta el 30% puede destinarse a otros rubros, incluidos eventos culturales. La propuesta aún debe pasar por el proceso legislativo antes de entrar en vigencia.

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Tratado con Emiratos Árabes Unidos: qué implica y por qué podría permitir demandas contra Ecuador

Ecuador firmó un Tratado Bilateral de Inversión (TBI) con Emiratos Árabes Unidos en diciembre de 2025 y avanza en la negociación de un Tratado de Libre Comercio (TLC) con Canadá, cuya revisión constitucional se inició en enero de 2026.

Más allá de los beneficios comerciales y la atracción de capital extranjero, el TBI tiene un punto crítico: la posibilidad de que empresas extranjeras demanden al Estado ecuatoriano en tribunales internacionales, pese a las restricciones constitucionales vigentes.

El gobierno de Daniel Noboa sostiene que estos tratados son necesarios para reactivar la economía y mejorar la competitividad del país frente a otros mercados de la región. En contraste, organizaciones sociales, ambientales e indígenas advierten que los mecanismos de protección a la inversión podrían afectar la soberanía jurídica, habilitar litigios millonarios contra el Estado y facilitar proyectos extractivos sin consulta previa.

¿Qué establece el tratado con Emiratos Árabes Unidos?

El Tratado Bilateral de Inversión (TBI) con Emiratos Árabes Unidos contempla estándares de protección a la inversión extranjera, como trato justo, seguridad jurídica y compensaciones en caso de expropiación. Además, incorpora un mecanismo de arbitraje internacional al que los inversionistas pueden recurrir en controversias con el Estado ecuatoriano.

El tratado se aplica a sectores estratégicos como:

  • Energía: plantas eléctricas a gas natural, infraestructura para su importación y distribución, energías renovables —parques solares y eólicos— y esquemas de financiamiento verde.
  • Agroindustria: producción agrícola y pesquera orientada a la exportación, con tecnologías como riego eficiente e invernaderos.
  • Infraestructura portuaria: ampliación de terminales como Posorja y desarrollo de zonas francas para exportaciones hacia Asia y Medio Oriente.
  • Vivienda: programas habitacionales y obras de desarrollo urbano.
  • Tecnología: centros tecnológicos e iniciativas vinculadas a inteligencia artificial.

En estos sectores, las controversias derivadas de regulaciones ambientales, cambios normativos o decisiones administrativas podrían ser sometidas a arbitraje internacional, conforme a lo previsto en el tratado.

¿Qué plantea el TLC con Canadá?

El tratado con Canadá, negociado en 2024, busca eliminar aranceles, facilitar el comercio bilateral y ampliar el acceso a mercados. A cambio del acceso preferencial para productos ecuatorianos, el acuerdo abre el mercado a inversiones canadienses.

Entre los sectores priorizados se incluyen:

  • Minería: atracción de inversión canadiense en proyectos de cobre y oro.
  • Agro y alimentos: ampliación de exportaciones como flores, cacao y café, y desarrollo de procesamiento industrial.
  • Pesca y acuicultura: expansión de la capacidad de procesamiento de camarón y pescado.
  • PYMES y manufacturas: textiles, cerámica, cosméticos naturales y plataformas de exportación.
  • Educación y servicios: convenios académicos y exportación de servicios digitales.

El punto crítico: arbitraje internacional y Constitución

El TBI entra en tensión con el artículo 422 de la Constitución, que prohíbe al Estado ecuatoriano ceder jurisdicción a tribunales internacionales fuera de América Latina en controversias contractuales o comerciales con inversionistas extranjeros.

Este principio fue respaldado en consultas populares realizadas en 2024 y 2025, en las que la ciudadanía rechazó habilitar mecanismos de arbitraje internacional para disputas con empresas extranjeras.
Pese a ello, el Ejecutivo avanzó con la firma del TBI y la negociación del TLC.

¿Qué debe resolver la Corte Constitucional?

La Corte Constitucional deberá determinar si los tratados obligan al Estado ecuatoriano a someterse a tribunales extranjeros y si sus disposiciones vulneran principios constitucionales, entre ellos:

  • La prohibición de ceder jurisdicción internacional en controversias con inversionistas.
  • Las competencias de la Asamblea Nacional en la aprobación de tratados.
  • Los derechos colectivos vinculados a la consulta previa, especialmente en proyectos extractivos.

Organizaciones de la sociedad civil y asambleístas presentaron recursos de amicus curiae ante la Corte Constitucional para que se analice el tratado firmado entre Ecuador y los Emiratos Árabes Unidos en diciembre de 2025.

¿Qué dicen la conversación digital?

Entre el 1 y el 28 de enero de 2026, la conversación digital sobre la relación de Ecuador con Emiratos Árabes Unidos generó 572 publicaciones de 458 usuarios, con alrededor de 6.200 interacciones y un alcance potencial de más de 1,4 millones de personas, según un reporte de monitoreo digital hecho con Golden Social Suite.

La conversación se concentró principalmente en X (72,9%), y estuvo dominada por actores políticos, medios de comunicación y organizaciones económicas.

El análisis de sentimiento muestra un predominio de tono negativo y crítico, especialmente en publicaciones relacionadas con el Tratado Bilateral de Inversión (TBI) con Emiratos Árabes Unidos, la Corte Constitucional, la Constitución y el rol del presidente Daniel Noboa.

Los conceptos más asociados al tema son “Constitución”, “Corte Constitucional”, “Asamblea Nacional”, “arbitraje” e “inversión extranjera”, lo que sugiere que la discusión pública se centra más en los riesgos jurídicos y de soberanía que en los beneficios comerciales.

Además, varias publicaciones virales incorporan afirmaciones no verificadas o interpretaciones exageradas —por ejemplo, sobre lavado de activos o vínculos automáticos entre el tratado y el crimen organizado—, lo que evidencia riesgos de desinformación y la necesidad de información clara y basada en evidencia.

Camila León no consultó con gremios periodísticos antes de presentar su reforma al COIP

* Actualizado el 02 de febrero de 2026 con la confirmación del Colegio de Periodistas de El Oro.

¿Qué verificamos?

Una declaración de la asambleísta Camila León, emitida el 23 de enero de 2026 en RTP Radio, en la que afirmó: “Lo primero que hice fue reunirme con gremios de periodistas”, en referencia a su proyecto de reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP).

¿Por qué es completamente falso?

La evidencia recopilada por Lupa Media no respalda que haya existido una consulta con gremios u organizaciones formales de periodistas.

El término “gremios de periodistas” implica representación colectiva institucional, es decir, organizaciones con personería jurídica y legitimidad gremial. Sin embargo, ninguna entidad de este tipo confirmó haber sido convocada. Aunque el equipo de León reconoce reuniones con periodistas a título individual, eso no equivale a una consulta gremial, como sugirió la afirmación pública.

¿Qué dice la evidencia?

  • Lupa Media consultó a los dos gremios nacionales de periodistas: la Federación Nacional de Periodistas del Ecuador (FENAPE) y la Unión Nacional de Periodistas (UNP). Ambas aseguraron que no fueron convocadas ni participaron en reuniones sobre el proyecto.
  • Contactamos a 40 organizaciones de periodistas (asociaciones, círculos, colegios y confraternidades), 35 registradas en el directorio nacional de organizaciones sociales del Ministerio de Gobierno. Ninguna reportó haber sido convocada.
  • A nivel provincial, el Colegio de Periodistas de Pichincha, la Federación de Periodistas de Pichincha y la Asociación de Periodistas Deportivos también señalaron que no recibieron invitaciones.
  • El equipo de la asambleísta indicó que, durante el receso legislativo de diciembre de 2025, León se reunió con periodistas de 10 espacios informativos de Quito, pero sostuvo que no divulgará los nombres por razones de “prudencia y responsabilidad ética”.
  • No se presentaron pruebas públicas que acrediten una consulta institucional.

Contexto importante

El 15 de enero de 2026, la asambleísta de ADN, Camila León, presentó un proyecto de reforma al Código Orgánico Integral Penal (COIP). La propuesta busca modificar el artículo 396, que actualmente sanciona como contravención de cuarta clase las expresiones que desacreditan o deshonran a una persona mediante lenguaje violento, agresivo, vulgar u hostil.

La propuesta plantea añadir un criterio para que los jueces evalúen si dichas expresiones forman parte del ejercicio legítimo de la libertad de expresión, especialmente cuando se trate de asuntos de interés público o críticas a funcionarios, bajo estándares constitucionales e interamericanos.

Sin embargo, organizaciones defensoras de la libertad de expresión, organizaciones y gremios periodísticos han advertido que la iniciativa:

  • Mantiene la criminalización de la expresión,
  • No corrige la ambigüedad de la norma vigente,
  • Puede generar un efecto inhibidor sobre el debate público,
  • Y se aparta de recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Organización de Nacions Unidas, que sugieren trasladar disputas sobre honor a la vía civil y no penal.

Conclusión 

COMPLETAMENTE FALSO: No existe evidencia de que la asambleísta Camila León haya consultado con gremios u organizaciones formales de periodistas antes de presentar su proyecto de reforma al COIP.

Aunque su equipo reconoce reuniones con periodistas a título individual, la afirmación pública de haberse reunido con “gremios de periodistas” sugiere una consulta institucional representativa que no ocurrió, por lo que la declaración no se ajusta a los hechos verificados.