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Etiqueta: daniel noboa

Caso Malvinas: claves de la sentencia de la Corte Constitucional

¿Qué decidió la Corte Constitucional en el caso Malvinas?

La Corte analizó una acción extraordinaria de protección contra una sentencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas que había negado un hábeas corpus presentado por los familiares de los niños. Este mecanismo permite que un juez revise con urgencia si una detención es ilegal o si una persona desapareció tras ser detenida.

El tribunal concluyó que la decisión judicial previa vulneró el debido proceso, porque no analizó de forma completa la detención ni respondió aspectos relevantes del caso.

Además, al realizar un examen de mérito, la Corte Constitucional del Ecuador concluyó que los niños fueron detenidos de forma ilegal por patrullas militares y posteriormente víctimas de desaparición forzada.

¿La Corte se extralimitó en sus funciones?

No, la Corte precisó que el análisis de la decisión se efectuó en el ámbito constitucional y para los fines específicos de la garantía del hábeas corpus que había sido negada por la Corte Provincial de Justicia de Guayas.

La Corte sostiene que actuó dentro de sus facultades al aplicar el examen de mérito, para revisar el fondo de casos relacionados con garantías constitucionales cuando existen posibles violaciones graves de derechos como es el caso de desapariciones forzadas.

Sentencia de la Corte

El constitucionalista Ismael Quintana señaló en Teleamazonas que la conclusión de desaparición forzada sin haber una sentencia penal ejecutoriada es desbordar el ámbito de competencias. Por su parte, el constitucionalista Edison Guarango indica que la Corte realizó una declaración general a nivel de vulneración de Derechos Humanos.

¿La Corte determinó responsabilidad penal o intervino en el proceso penal?

No, la sentencia no reemplaza el proceso penal ni determina culpabilidad individual.

En el caso de los niños de Las Malvinas se iniciaron dos procesos distintos en la justicia:

  • un hábeas corpus por desaparición forzada – CC
  • y un proceso penal por el presunto cometimiento de varios delitos – FGE

La Corte Constitucional intervino únicamente en el primer proceso, al revisar la decisión judicial relacionada con el hábeas corpus. El proceso penal continúa su curso dentro de la justicia ordinaria y no fue anulado ni suspendido por esta sentencia.

Sentencia de la Corte

En diciembre de 2025, un Tribunal de Garantías Penales declaró culpables a 16 militares por desaparición forzada. Once recibieron 34 años y ocho meses de prisión, mientras que cinco obtuvieron penas menores por cooperación. El tribunal también ordenó reparaciones y disculpas públicas. Dicha decisión fue sentencia en primera instancia y actualmente el caso está en proceso de apelación.

¿Cuál es la diferencia entre responsabilidad penal y responsabilidad constitucional?

Es una diferencia importante para entender el alcance de la sentencia.

Responsabilidad penal

  • Determina si una persona cometió un delito.
  • La investigan la FGE y los jueces penales.
  • Puede implicar sanciones como prisión.

Responsabilidad constitucional

  • Determina si hubo violaciones a derechos o a la Constitución.
  • La analiza la Corte Constitucional del Ecuador.
  • Puede ordenar reparaciones, medidas institucionales o garantías de no repetición.

Un mismo hecho puede tener consecuencias en ambos ámbitos, pero se trata de procesos distintos.

¿La Corte identificó responsables individuales?

No, la sentencia no atribuye responsabilidad penal a personas específicas. Lo que estableció es que el Estado fue responsable por la vulneración de derechos, al analizar cómo se produjo la detención y posterior desaparición de los niños. Determinar responsabilidades individuales corresponde al proceso penal, que continúa a cargo de la FGE.

Lo que sí ordenó como medida de reparación es un acto público de reconocimiento de responsabilidad y disculpas del Estado, que deberá realizar el Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana (FAE) en el lugar que decidan los familiares de las víctimas y con difusión nacional.

La selección de esa persona se fundamenta en que ese cargo es el superior del Comando al que pertenecieron las patrullas militares involucradas.

¿La sentencia fue contra el Gobierno?

La sentencia no señala responsabilidad ni establece sanciones contra autoridades políticas.

Sin embargo, la Corte sí contextualiza el caso dentro del estado de excepción decretado por el presidente Daniel Noboa en el marco de la crisis de seguridad. La constitucionalista, Verónica Hernández indica que en el fallo, la Corte recuerda que previamente había emitido un dictamen, en el que declaró inconstitucional la causal de “conflicto armado interno” utilizada para justificar el empleo de las Fuerzas Armadas.

¿La sentencia abre la puerta a un juicio político?

No directamente. El fallo no acusa ni responsabiliza directamente a ninguna autoridad, incluido el presidente.

Para que exista un juicio político, la Asamblea Nacional tendría que iniciar un proceso político y demostrar que una autoridad cometió alguna de las causales previstas en la Constitución, como graves violaciones de derechos humanos.

La sentencia por sí sola no activa automáticamente un juicio político.

Un tema que circuló en redes

La sentencia de la Corte Constitucional del Ecuador sobre el caso de los cuatro niños de Las Malvinas generó rápidamente una amplia conversación en redes sociales. El fallo no solo reactivó el debate sobre la desaparición forzada y la actuación de las Fuerzas Armadas, sino también sobre el alcance de las decisiones de la Corte en casos de violaciones de derechos humanos.

Un análisis de escucha social muestra que, entre el 9 y el 12 de marzo de 2026, el tema generó cerca de 340 mil interacciones en redes sociales, con una audiencia estimada de más de 30,5 millones de usuarios.

Resultados escucha social 09/03 al 12/03 con la herramientas SocialAlert
Resultados escucha social 09/03 al 12/03 con la herramientas SocialAlert

En cuanto al tono de la conversación, el 44,7% de las publicaciones registró un sentimiento negativo. La difusión estuvo impulsada principalmente por medios de comunicación, periodistas, analistas y actores políticos, que compartieron análisis, interpretaciones del fallo y reacciones al debate jurídico y político que generó la decisión de la Corte. La combinación de estos actores contribuyó a posicionar el caso nuevamente en la agenda pública digital.

La sentencia de la Corte sobre el caso Malvinas no habilita la destitución de Noboa

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¿Qué verificamos?

Una publicación que afirma que la sentencia de la Corte Constitucional sobre el caso Malvinas “habilita la destitución del presidente por desaparición forzada”.

¿Por qué es completamente falso?

La sentencia de la Corte Constitucional sobre el caso Malvinas declara que cuatro menores fueron víctimas de desaparición forzada por miembros de una patrulla militar y analiza la responsabilidad del Estado. No se vincula la actuación del presidente ni se examina su responsabilidad. Por ello, el fallo no establece elementos para plantear su destitución.

¿Qué dice la evidencia?

  • Sentencia de la Corte: La Corte Constitucional resolvió una acción extraordinaria de protección relacionada con la desaparición de cuatro menores ocurrida en el sur de Guayaquil y concluyó que se trató de un caso de desaparición forzada:
    • los menores fueron privados de libertad de forma arbitraria e ilegal,
    • la detención fue realizada por miembros de una patrulla militar,
    • y el Estado no entregó información oportuna y clara sobre su paradero.
  • Responsabilidad del presidente: La sentencia analiza la actuación de agentes estatales y el contexto institucional. No menciona a Daniel Noboa como responsable ni evalúa su participación, órdenes o línea de mando.
  • Causal para destitución: El artículo 129 de la Constitución del Ecuador establece tres causales para iniciar un juicio político contra el presidente:
    • Delitos contra la seguridad del Estado.
    • Delitos de corrupción como cohecho, peculado o concusión.
    • Delitos de lesa humanidad, entre ellos la desaparición forzada.
      • La sentencia no analiza la responsabilidad del presidente bajo estas causales ni plantea iniciar un juicio político.
Constitución del Ecuador
  • Opinión de expertos: Constitucionalistas consultados coinciden en que la sentencia no atribuye responsabilidad al presidente. 
    • André Benavides: no aparece evidencia de una orden directa del presidente para que las Fuerzas Armadas ejecutaran las acciones.
    • María Dolores Miño: el fallo no demuestra que los hechos respondieran a una política estatal ordenada por el presidente.
    • Edison Guarango y Verónica Hernández: las referencias al estado de excepción durante la detención son parte del contexto y no atribuyen responsabilidad directa al presidente.

Contexto importante

El caso Malvinas se refiere a la desaparición de tres adolescentes y un niño en diciembre de 2024 en Guayaquil. Según la Fiscalía General del Estado, personal militar detuvo a los menores (entre 11 y 15 años) y los trasladó en vehículos de las Fuerzas Armadas. Días después, se encontraron sus restos en el sector de Taura.

En diciembre de 2025, un Tribunal de Garantías Penales declaró culpables a 16 militares por desaparición forzada. Once recibieron 34 años y ocho meses de prisión, mientras que cinco obtuvieron penas menores por cooperación. El tribunal también ordenó reparaciones y disculpas públicas.

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: La sentencia de la Corte Constitucional sobre el caso Malvinas no habilita la destitución del presidente Daniel Noboa. El fallo reconoce desaparición forzada cometida por militares y responsabiliza al Estado, pero no vincula los hechos al presidente ni analiza su responsabilidad, por lo que no activa la causal constitucional para un juicio político.

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El acuerdo laboral permite jornadas de hasta 10 horas, pero no elimina horas extras ni días de descanso

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¿Qué verificamos?

Un video difundido en TikTok afirma que el Gobierno extendió la jornada laboral a 10 horas, eliminó horas extras y días de descanso, y que el empleador puede imponer el nuevo horario incluso a trabajadores que ya tienen contrato.

¿Por qué es mayormente falso?

El acuerdo laboral no elimina horas extras ni días de descanso, y tampoco establece una jornada obligatoria de 10 horas. Aunque la norma sí permite distribuir la jornada semanal de 40 horas en días de hasta 10 horas, ese esquema es un límite máximo diario y no implica una extensión de la jornada semanal ni la eliminación de derechos laborales.

¿Qué dice la evidencia?

Publicación y vigencia:

  • El Acuerdo Ministerial MDT-2026-059 entró en vigencia el 10 de marzo de 2026, tras su publicación en el Registro Oficial.

Jornada laboral «eficiente para el desarrollo«:

  • El acuerdo introduce la “jornada laboral eficiente para el desarrollo”. Este esquema permite distribuir las 40 horas semanales en jornadas de hasta 10 horas diarias dentro de cinco días, ya sea de forma presencial, virtual o mixta.
  • Si se superan las 40 horas semanales, se aplican recargos por horas suplementarias o extraordinarias.

Horas extras:

  • El acuerdo no elimina las horas extras. Establece que las horas suplementarias o extraordinarias pueden realizarse y deben pagarse según el artículo 55 del Código del Trabajo, cuando se superan los límites de la jornada legal.

Días de descanso:

  • El acuerdo señala que el descanso semanal debe mantenerse conforme a la ley. Si la jornada se reorganiza, los días de descanso pueden cambiar, pero deben seguir siendo dos días consecutivos, por lo que no necesariamente tienen que ser sábado y domingo.

Acuerdo entre empleador y trabajador:

  • Para aplicar este esquema debe existir acuerdo entre empleador y trabajador.
  • El cambio debe constar en el contrato o en una adenda, y el horario pactado debe quedar expresamente registrado.

Contexto importante

El debate sobre la jornada laboral en Ecuador surgió tras la difusión de un borrador del acuerdo del Ministerio del Trabajo que planteaba nuevas formas de organizar el tiempo de trabajo, incluyendo esquemas que podían llegar hasta 12 horas diarias con descanso compensatorio, lo que generó críticas de sindicatos y expertos laborales. La versión final del acuerdo eliminó esa posibilidad y estableció un límite de hasta 10 horas diarias dentro de una jornada semanal de 40 horas, que puede aplicarse mediante acuerdo entre empleador y trabajador.

Conclusión

MAYORMENTE FALSO: El acuerdo laboral no eliminó horas extras ni días de descanso. La norma mantiene la jornada de 40 horas semanales, pero permite distribuirlas en jornadas de hasta 10 horas diarias, mediante acuerdo entre trabajador y empleador y respetando los derechos laborales.

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Presentador de Ecuavisa no promocionó esta plataforma de inversión: es un deepfake

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¿Qué verificamos?

Un video viral que simula un reportaje de Ecuavisa muestra a “Sebastián”, presentado como promotor de inversiones rápidas con ganancias mínimas de USD 24.504, y utiliza imágenes del presentador Juan Carlos Aizprúa.

¿Por qué es completamente falso?

Juan Carlos Aizprúa no promocionó ninguna plataforma de inversión. El video viral manipula su imagen y voz mediante inteligencia artificial, usando fragmentos de un reportaje del 4 de marzo de 2026 en el que Aizprúa informó sobre el decreto 318, que dispuso la intervención por 180 días del Hospital Teodoro Maldonado Carbo tras el asesinato de un funcionario. En ese reportaje no se menciona ninguna plataforma de inversión ni a un supuesto “Sebastián Carreño”.

¿Qué dice la evidencia?

Intervención original:

  • Una búsqueda inversa de imágenes con Google Lens permitió localizar el video original, publicado el 4 de marzo de 2026 en las cuentas oficiales de Ecuavisa.
  • El contenido trata sobre la intervención del hospital Teodoro Maldonado Carbo y no incluye referencias a inversiones ni promesas de ganancias.

Análisis del video falso: 

  • Herramientas de detección como Hive Moderation y Deepfake-o-Meter identificaron una alta probabilidad de manipulación con IA en el video viral (54.9% y un promedio de 99.35% respectivamente).
  • La voz del presentador en el contenido falso no coincide con su tono ni ritmo reales.

Difusión del contenido:

  • La cuenta que publica el video tiene al menos seis anuncios activos en Instagram y Facebook, todos promocionando distintas plataformas de inversión.
  • Los anuncios redirigen a usuarios de Telegram identificados como bots o vinculados a ofertas similares, con los nombres de “Sebastián” y “Ernesto Lopez”.
  • La página fue creada el 24 de noviembre de 2025 y presenta varias señales de alerta:
    • Ubicación registrada en Hong Kong.
    • Número telefónico internacional que no permite contacto por WhatsApp.
    • Relación con otra página llamada “Ganancias en Kirguistán”.
    • Un correo electrónico que no funciona.

Estafa que circula desde 2024: 

  • Al buscar información sobre “Sebastián Carreño” aparecen publicaciones similares que invitan a contactar por Telegram para invertir en criptomonedas.
  • Este esquema ya fue denunciado por usuarios en redes sociales desde 2024, especialmente en TikTok, aunque en algunos casos aparece bajo el nombre “Sebastián García” en Colombia.
@falsocripto

Contexto importante

Lupa Media ha verificado reiteradamente estafas digitales que utilizan deepfakes para suplantar medios, instituciones o figuras públicas. Entre los nombres más usados están EcuavisaEl ComercioEl UniversoBanco Pichincha y Amazon. Hasta la fecha, se han documentado al menos 50 contenidos de este tipo.

Durante 2025 se repitió un patrón en estas estafas:

  • Promesas de ganancias rápidas.
  • Páginas web falsas.
  • Videos manipulados con inteligencia artificial.
  • Uso de la imagen de figuras públicas.

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: El video viral manipula con inteligencia artificial la imagen y voz del presentador Juan Carlos Aizprúa usando fragmentos de un reportaje del 4 de marzo de 2026. El periodista no promocionó ninguna plataforma de inversión.

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Frontera: los homicidios bajan, pero la relación con la tasa de seguridad es incierta

El 27 de febrero de 2026, en una entrevista en Radio Centro, Noboa señaló que «desde la tasa de seguridad las muertes violentas en las provincias fronterizas Carchi, Esmeraldas y Sucumbíos se ha reducido en 33.3%. Se lo ve febrero a febrero».

Para respaldar su afirmación citó cifras preliminares del Ministerio del Interior: entre el 1 y el 25 de febrero de 2025 se registraron 42 homicidios en estas provincias y 28 en el mismo periodo de 2026. Una reducción del 33,3 %. 

Aunque los números coinciden con los registros oficiales, representan un corte parcial hasta el 25 de febrero y no permiten establecer causalidad entre la reducción de homicidios y la tasa de seguridad. Además, la tendencia a la baja ya se observaba antes de la medida:

  • Enero de 2025: 47 homicidios
  • Enero de 2026: 30 homicidios

Esto representa una reducción del 36 % antes de la aplicación de la medida.

Los homicidios no reflejan toda la dimensión del crimen

Las tasas de homicidio suelen usarse como indicador de seguridad, pero no capturan todas las dinámicas criminales. Un estudio de la consultora Katherine Herrera, publicado por la Fundación Konrad Adenauer, señala que algunos grupos reducen la violencia visible al consolidar el control del territorio y sus economías ilegales. Estas dinámicas incluyen control territorial, lavado de activos, tráfico de drogas y mecanismos de cooptación social o institucional.

La investigación documenta que en Carchi, cantón Tulcán, moradores indicaron que disidencias de las FARC y otros actores vinculados a la minería ilegal ofrecían empleos con sueldos de hasta 2.000 dólares y pactaban no cometer homicidios en la zona. La comunidad debía permanecer en silencio mientras los grupos operaban sus actividades ilícitas. Estas estrategias de bajo perfil incluyen intimidación selectiva, presión social, corrupción administrativa y control económico de actividades locales, consolidando presencia sin recurrir a violencia visible.

Esto demuestra que la reducción de homicidios no refleja necesariamente cambios estructurales en la criminalidad, ni permite atribuirla automáticamente a la tasa de seguridad.

Economías ilegales con baja violencia visible

Muchas economías criminales pueden operar sin recurrir a violencia abierta. Entre las actividades identificadas en territorios fronterizos están:

  • Minería ilegal
  • Contrabando
  • Trata de personas
  • Tráfico de migrantes
  • Lavado de activos

Además, cuando un solo actor controla estas economías, disminuyen los enfrentamientos, se reduce la exposición mediática y baja la presión de las autoridades.

Violencia fragmentada en otras regiones

El comportamiento de la violencia también varía según el territorio. En provincias como Guayas, Manabí, Los Ríos o El Oro, los altos niveles de homicidios suelen estar asociados a disputas entre pandillas o grupos criminales por el control de barrios o rutas de distribución de droga.

En contraste, organizaciones de mayor escala priorizan el control logístico y financiero de las economías ilícitas, operando con bajo perfil. Según Herrera, las disidencias de las FARC priorizan el control de corredores estratégicos y la minería ilegal, en lugar de confrontaciones abiertas.

¿Por qué la tasa de seguridad no explica la caída de homicidios?

La tasa de seguridad se aplica únicamente a productos colombianos dentro de la economía legal, afectando comercio y consumo formal. No incide en actividades del crimen organizado, como minería ilegal, contrabando o tráfico de personas y drogas, que operan al margen de la ley. Por ello, aunque la reducción de homicidios coincide temporalmente con la medida, no existe un mecanismo que la relacione con menos violencia y no puede considerarse su causa.

Además, la tendencia a la baja ya se observaba antes de su implementación y los registros son parciales. Los niveles de homicidios también pueden variar por disputas entre grupos criminales, cambios en el control territorial y economías ilícitas, por lo que atribuir la caída a una sola medida simplifica un fenómeno complejo que depende de factores criminales, sociales y territoriales.

No existe un bono del Gobierno para mayores de 50 años en Ecuador

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¿Qué verificamos?

Un video difundido en redes asegura que el Gobierno entrega un bono en marzo de 2026 para personas mayores de 50 años e insta a registrarse mediante un enlace en TikTok para acceder al supuesto beneficio destinado a cubrir gastos básicos.

¿Por qué es completamente falso?

En Ecuador no existe un bono para mayores de 50 años. El Ministerio de Desarrollo Humano (MDH) confirma que dicho beneficio no consta en la lista oficial de apoyos económicos otorgados por la entidad.

¿Qué dice la evidencia?

Confirmación oficial:

  • El MDH confirmó a Lupa Media que ese bono no está entre los beneficios oficiales que otorga la entidad.
  • Igualmente en la página oficial del ministerio donde están todos los bonos disponibles de esta entidad, no hay registro de ese supuesto bono para personas mayores de 50 años.

Análisis del video falso: 

  • El video usa lenguaje alarmista e invita a registrarse mediante un enlace en TikTok. Una situación que no corresponde con el funcionamiento de los programas sociales en Ecuador.
  • Incluso muestra imágenes genéricas con el logo “Bienestar” de México, que no corresponden a Ecuador.
  • Además, promete un bono siguiendo un patrón típico de estafas virales para captar datos o dirigir a páginas falsas.
  • Al ingresar a la supuesta página enlazada al perfil de TikTok, no aparece el artículo relacionado con este supuesto bono a personas mayores de 50 años.
  • Esta técnica se conoce como clickbait: utiliza títulos o mensajes sensacionalistas para atraer clics, apelando a la curiosidad o al miedo, aunque el contenido no cumpla lo que promete.

Registro real de bonos: 

  • El MDH entrega varios bonos y pensiones para personas en situación de pobreza o vulnerabilidad, como adultos mayores y personas con discapacidad, entre otros más. Entre los principales están:
    • Bono de Desarrollo Humano – USD 55 al mes
    • Bono de Desarrollo Humano con componente variable – Hasta USD 150
    • Pensión Mis Mejores Años o Toda una Vida – USD 100 mensuales.

Contexto importante

Las publicaciones sobre bonos falsos son una estafa digital frecuente en Ecuador y Latinoamérica. Entre 2015 y diciembre de 2025 se registraron más de 29 mil estafas digitales en el país. Muchos relacionados con supuestas ayudas económicas. Estos mensajes se viralizan porque usan logos oficiales, imágenes de autoridades y mensajes urgentes, con el objetivo de obtener datos personales, dinero o generar tráfico con publicidad engañosa.

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: En Ecuador no existe un bono para mayores de 50 años. Incluso, el Ministerio de Desarrollo Humano (MDH) confirmó a Lupa Media que dicho beneficio no consta en la lista oficial de apoyos económicos otorgados por la entidad.

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Lavinia Valbonesi no declaró que «inculca la ideología de género» a sus hijos

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¿Qué verificamos?

Un video viral que circula en TikTok y X muestra una supuesta entrevista de Valbonesi en la que afirma ser parte de la comunidad LGBT. Incluso asegura que inculca esos valores a sus hijos.

¿Por qué es completamente falso?

El audio del video viral es una clonación con inteligencia artificial y no corresponde a lo que Valbonesi dijo en la entrevista original en abril de 2025. Además, no hay evidencia que haya hecho esas declaraciones.

¿Qué dice la evidencia?

Entrevista original:

  • Una búsqueda en Google con las palabras clave “Lavinia Valbonesi” y “entrevista” permitió localizar el video original en YouTube, publicado el 6 de abril de 2025.
  • El material corresponde a una entrevista con Valbonesi y Azín realizada por Altavoz y WQ Radio.
  • Los gestos de Valbonesi en el video viral coinciden con fragmentos de la entrevista original, pero el audio es diferente. En esos momentos, Valbonesi hablaba sobre su suegra y sobre la primera campaña de Noboa a la Asamblea.
  • Durante los 50 minutos de entrevista, no menciona “ideología de género” ni a la comunidad LGBTIQ+. Tampoco existen registros de esa supuesta declaración en otras entrevistas o publicaciones.

Análisis con herramientas:

  • El video viral fue analizado con las herramientas Hive Moderation y Deepfake-O-Meter, que detectaron altas probabilidades de manipulación mediante inteligencia artificial.

Desinformación reciclada:

  • La desinformación no es nueva. El contenido comenzó a circular durante las elecciones presidenciales de Ecuador en abril de 2025 y ya había sido desmentido.
  • AFP Factual lo verificó el 14 de abril de 2025 —y actualizado el 21 de abril—, concluyendo que el audio fue clonado digitalmente con herramientas como InVID-WeVerify.

Contexto importante

Los contenidos manipulados con IA que involucraron a Valbonesi circularon durante la segunda vuelta electoral de 2025 con el objetivo de afectar la imagen del presidente Noboa.

Estas publicaciones buscaban asociarla falsamente con agendas “progresistas” o “woke” para movilizar a sectores conservadores.

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: El audio del video viral es una clonación con inteligencia artificial y no corresponde a las declaraciones que Valbonesi dio en la entrevista original de abril de 2025. Además, no hay evidencia que haya hablado sobre ideología de género o al colectivo LGBTIQ+.

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No hay evidencia de que Rafael Correa ordenara la quema de archivos en la embajada de Cuba

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¿Qué verificamos?

Una publicación viral afirmando que el expresidente Correa ordenó a la embajada de Cuba destruir archivos para ocultar presuntos vínculos entre el expresidente, asambleístas y el gobierno cubano. 

¿Por qué es completamente falso?

No existe evidencia que vincule a Rafael Corea con esta acción. La destrucción de documentos ocurrió en respuesta a la expulsión diplomática decretada por el gobierno de Daniel Noboa y se enmarca en protocolos legales internacionales de protección de información, reconocidos por la Convención de Viena. 

¿Qué dice la evidencia?

Falta de evidencia sobre la supuesta orden

  • No existen pruebas, reportes oficiales ni acusaciones formales que respalden la afirmación de que Correa instruyó la quema.
  • La Cancillería cubana calificó la expulsión de su personal como una medida arbitraria.

Marco legal: La Convención de Viena

La Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas establece en su artículos que:

  • Protege la inviolabilidad de sedes, archivos, correspondencia, residencias y vehículos de misiones diplomáticas. (Artículos 22, 24)
  • Garantiza la privacidad de la comunicación oficial y de la valija diplomática. (Artículo 27)

Práctica diplomática y seguridad de archivos

  • Pablo Járiva (docente de Derecho, Universidad Internacional del Ecuador – UIDE): señala que destruir documentos al abandonar un país es un procedimiento habitual y legal. Protege información sensible y contactos políticos de la misión, sin implicar espionaje ni delitos.
  • Mauricio Gándara (exembajador de Ecuador en Reino Unido): indica que durante el plazo otorgado para la salida de la misión, el personal diplomático tiene libertad para decidir qué hacer con sus archivos y bienes.

Contexto importante

La crisis diplomática entre ambos países escaló rápidamente tras la decisión del gobierno de Daniel Noboa de romper relaciones:

  • 3 de marzo de 2026: Decreto Ejecutivo 317 finaliza la misión del embajador ecuatoriano en Cuba.
  • 4 de marzo: Se declara persona non grata al embajador cubano y 22 funcionarios, con 48 horas para abandonar Ecuador.
  • 4 de marzo (16h30 aprox.): Se difunden videos de destrucción de archivos en la azotea de la embajada.
  • 4 de marzo: Cuba rechaza la medida como “acto inamistoso y arbitrario”. La embajada permanece bajo custodia policial hasta que vence el plazo.

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: La quema de documentos fue una respuesta a la expulsión diplomática y se ajusta a protocolos legales internacionales de protección de información. No hay evidencia pública de que Rafael Correa haya ordenado esta acción ni que los documentos contuvieran información vinculada a él o a asambleístas ecuatorianos.

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El Gobierno no anunció nuevos cortes de energía por estiaje en 2026

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¿Qué verificamos?

Una publicación que circula en redes sociales afirma que la reducción de los niveles de agua en los principales embalses obligó al Gobierno a anunciar nuevos cortes programados de energía como medida preventiva.

¿Por qué es completamente falso?

El Ministerio de Ambiente y Energía confirmó a Lupa Media que no ha emitido comunicados ni declaraciones anunciando cortes de energía por bajos niveles de embalses. Además, la revisión de datos técnicos de generación y almacenamiento no muestra caídas abruptas ni fuera de los rangos normales de operación.

¿Qué dice la evidencia?

Confirmación oficial:

  • Revisamos los canales oficiales del Ministerio de Ambiente y Energía, de la Presidencia y de la ministra Inés Manzano. No existe ningún comunicado que respalde la afirmación viral sobre nuevos racionamientos por estiaje.

Análisis del embalse Mazar: 

Datos de CELEC EP para febrero y marzo de 2026 muestran estabilidad operativa:

  • Caudal
    • Febrero: 48 m³/s
    • Marzo: 34 m³/s
    • Según Marcelo Cabrera, docente de la Universidad Internacional del Ecuador (UIDE), Mazar suele operar entre 20 y 300 m³/s, dependiendo de la época del año. Como referencia, durante la crisis energética previa, el caudal llegó a menos de 5 m³/s
  • Cota
    • Febrero: entre 2152,29 y 2152,64 msnm.
    • Marzo: entre 2152,16 y 2152,65 msnm.
    • Las variaciones son mínimas y esperables en un periodo de estiaje.
    • Fernando Salinas, presidente del Foro Energético Ecuador, indicó que en febrero la cota bajó aproximadamente 1,4 metros, una reducción leve y habitual para esta época.

Otros embalses:

También se revisaron los registros de Amaluza, Sopladora y Minas San Francisco (MSF):

  • Amaluza: caudal al alza en marzo (109 m³/s).
  • Minas San Francisco: tendencia al alza (60 m³/s).
  • Sopladora: leve descenso (81 m³/s), sin señales de caída abrupta.
  • El experto energético César Costa explicó que los niveles responden directamente a las lluvias disponibles y que los descensos observados no son significativos ni anómalos.

Apagones por otros motivos

  • El 23 de febrero de 2026 se registró un apagón en sectores del norte de Guayaquil y la vía a la Costa. La CNEL EP informó que se trató de una falla técnica puntual, sin relación con racionamientos ni con el estiaje.

Contexto importante

Entre 2023 y 2024, Ecuador enfrentó apagones masivos debido a una sequía asociada a El Niño, que redujo los niveles de embalses estratégicos como Mazar y Paute, junto con un aumento de la demanda eléctrica.

El déficit llegó a cerca de 1.000 MW, con racionamientos de hasta 14 horas diarias.

En respuesta, el Estado importó energía, alquiló barcazas térmicas y recuperó capacidad instalada. En 2025, mayores lluvias y el refuerzo de la generación térmica estabilizaron el sistema, aunque persisten vulnerabilidades estructurales.

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: No existe ningún anuncio oficial de nuevos cortes de energía por estiaje en 2026. Los datos disponibles muestran niveles estables y variaciones normales en los principales embalses, y el Ministerio de Ambiente y Energía confirmó que no se han dispuesto apagones ni racionamientos.

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El Estrecho de Ormuz: qué implica su posible cierre para el mercado global y para Ecuador

¿Qué es el Estrecho de Ormuz y por qué es tan clave?

El Estrecho de Ormuz es un corredor marítimo que conecta el Golfo Pérsico con el Golfo de Omán y el océano Índico. Ubicado entre Irán, Emiratos Árabes Unidos (EAU) y Omán, por el estrecho circulan unos 20 millones de barriles diarios —cerca de una quinta parte de la producción mundial— y es considerado por la Administración de Información Energética de Estados Unidos (EIA) como un “cuello de botella petrolero crítico”.

Además del petróleo, por esta vía transitan importantes volúmenes de gas natural licuado (GNL). Países como Arabia Saudita, Emiratos Árabes Unidos, Kuwait, Irak y Qatar dependen de este estrecho para exportar hidrocarburos hacia Asia, Europa y otras regiones.

Su importancia radica en que cualquier interrupción altera la oferta global, eleva los precios y aumenta la incertidumbre en los mercados.

¿Qué está pasando ahora?

En el contexto del conflicto entre Irán, Estados Unidos e Israel, la Guardia Revolucionaria iraní declaró el estrecho “cerrado”. En su canal de Telegram, el general Sardar Jabbari afirmó: “Incendiaremos cualquier barco que intente pasar por el estrecho de Ormuz”.

Sin embargo, desde el punto de vista jurídico, no existe un “cierre formal” reconocido internacionalmente.

El tránsito por estrechos utilizados para la navegación internacional está protegido por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS o Convemar). Bajo este marco, un Estado costero no puede cerrar unilateralmente un estrecho estratégico, salvo en circunstancias excepcionales como un conflicto armado reconocido o un bloqueo autorizado por el Consejo de Seguridad de la ONU.

Por ello, aunque existan amenazas o tensiones operativas, la validez jurídica de un cierre permanente es cuestionable.

¿Por qué importa a nivel global?

El estrecho es un eje vital para la energía mundial. Cualquier alteración en su funcionamiento tiene estos efectos:

  • Subida de precios del petróleo: el miedo a la interrupción del suministro hace que Brent (precio del crudo, extraído del Mar del Norte) y WTI (crudo de alta calidad) suban rápidamente.
  • Aumento de costos logísticos y energéticos: no solo el crudo, sino también el combustible para transporte y producción.
  • Incertidumbre en los mercados financieros:
    • Presión sobre la inflación global: los precios de alimentos y productos básicos suben cuando la energía se encarece.

David Almeida, representante de la Asociación Nacional de Trabajadores de las Empresas de la Energía y el Petróleo (ANTEP), señala que un bloqueo total presionaría al alza el precio del crudo, del gas y de derivados como gasolina y diésel.

Expertos citados por CBS News advierten que incluso una interrupción parcial puede generar efectos significativos, debido a la alta dependencia de economías asiáticas del crudo del Golfo Pérsico.

¿Ha ocurrido antes?

No es la primera vez que Ormuz se convierte en foco de tensión. Durante la guerra entre Irán e Irak en los años 80 se registraron ataques a petroleros.

Sin embargo, un cierre sostenido ha sido históricamente difícil de mantener debido a:

  • La importancia estratégica global del paso.
  • La presencia de fuerzas navales internacionales en la zona.

En episodios anteriores, el mayor impacto se reflejó en los precios y en la percepción de riesgo, más que en una paralización total y prolongada del flujo energético

Qué implica para Ecuador

Aunque Ecuador no participa en el conflicto, la economía nacional está vinculada al comportamiento del petróleo.

  • Ingresos por exportación: Ecuador es exportador de crudo. Un aumento en el precio internacional puede traducirse en mayores ingresos fiscales.
  • Costo de importación de combustibles: al mismo tiempo, el país importa derivados como diésel y gasolina. Si el precio del petróleo sube de forma sostenida, el costo de estas importaciones también puede incrementarse. Eso tiene dos posibles efectos: mayor presión sobre el gasto en subsidios y eventual traslado parcial a precios internos si hay ajustes.
  • Impacto indirecto en exportaciones: Una escalada prolongada también podría afectar costos logísticos y comercio exterior, lo que incidiría en sectores exportadores como el banano.

El economista Alberto Acosta Burneo sostiene que, en términos netos, un aumento del precio internacional podría ser inicialmente favorable para Ecuador. No obstante, advierte que ese margen positivo se reduce progresivamente debido a la caída en la producción nacional de crudo.

Además, Almeida señala que alrededor del 40% de la capacidad instalada de generación eléctrica en Ecuador es térmica y depende de derivados de petróleo. Un encarecimiento sostenido de los hidrocarburos podría incidir también en los costos del sistema eléctrico.

Por ahora, el impacto es principalmente financiero y preventivo: los mercados reaccionan ante la posibilidad de interrupción. Si el tránsito por Ormuz se mantiene operativo, el efecto podría moderarse. Si la tensión escala, el impacto sería más profundo y sostenido.