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abril 1, 2026

El SRI no subió el IVA a productos de la canasta básica: aclaró qué alimentos sí pagan 15%

En marzo de 2026, el Servicio de Rentas Internas (SRI) aclaró que algunos alimentos procesados, como leches saborizadas o carnes precocidas deben pagar 15% de IVA. Esto no significa que haya un nuevo impuesto ni que todos los productos de la canasta básica suban de precio. Los alimentos naturales, como leche, huevos, arroz o frutas, siguen pagando 0%.

Lo que debes saber:  

  • En redes sociales circula que el SRI “subió el IVA a la canasta básica” y que alrededor de 60 alimentos subirán de precio. Esto es impreciso.
  • La circular del SRI no crea un impuesto nuevo ni cambia la ley. Aclara que los alimentos procesados o modificados —como leches saborizadas o carnes precocidas— pagan 15%, mientras que los alimentos naturales mantienen 0%.
  • La canasta básica del INEC es solo una referencia de consumo. Estar dentro de ella no garantiza tarifa 0% de IVA; esto depende del nivel de procesamiento del producto.

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¿Qué verificamos?

En redes sociales se difundió que el SRI “puso IVA a productos de la canasta básica”. Se afirma que estos productos “antes no tenían IVA”.

¿Por qué es impreciso?

La circular del SRI no crea un impuesto nuevo ni cambia la ley. Aclara que los alimentos procesados o modificados pagan 15%, mientras que los alimentos naturales mantienen 0%. La confusión surge porque la canasta básica del INEC incluye productos sin especificación.

¿Qué dice la evidencia?

La circular no crea un nuevo impuesto:

  • El SRI aclara que la tarifa 0% se aplica solo a los productos definidos en la ley, mientras que los alimentos procesados o modificados pagan 15%.

Qué productos pagan 15% de IVA:

  1. Los alimentos procesados o modificados —como leches saborizadas, carnes precocidas, fideos instantáneos, pan industrial o alimentos preparados— pagan 15% de IVA, según un listado referencial que incluyó el SRI en su circular.

Quién define la canasta básica y su relación con el IVA

  • La canasta básica familiar en Ecuador es definida por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).
  • Sirve como referencia de consumo promedio de los hogares.
  • No es una clasificación tributaria; es decir, estar en la canasta básica no garantiza tarifa 0% de IVA.
  • Opinión de expertos: Carlos V. Espinosa y Edwin Flores, abogados tributarios, explican que la circular no crea ni cambia impuestos, sino interpreta la ley vigente y señala cuáles alimentos tienen 0% y cuáles 15%.

Contexto importante

La tarifa general del IVA alcanzó 15% en 2026, desde 12% en 2023. La canasta básica en enero de 2026 costó USD 821,80, mientras que el salario básico es de USD 482. Esto explica la sensibilidad social frente a precios de alimentos esenciales.

Conclusión

IMPRECISO: La circular aclara cómo se aplica la ley vigente. No hay nuevos impuestos; los alimentos naturales siguen en 0% y los procesados pagan 15%. La canasta básica del INEC es solo un indicador de consumo y no determina tarifas de IVA.

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Fuentes:

Búsqueda por palabras clave.
Búsqueda inversa con Google Lens.
Consulta a Estudio Jurídico Carlos V. Espinosa C. Abogados.
Consulta a Edwin Flores, abogado en derecho tributario y corporativo.
Consulta a Karina Vallejo, abogada tributaria de Flex Law.
Citadas en el texto.

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Verificación a la carta