Propuesta de ley no prohíbe conciertos con fondos públicos
Lo que debes saber
- El presidente Daniel Noboa envió un proyecto de ley económica urgente a la Asamblea Nacional, con un plazo de tratamiento de 30 días.
- La reforma al COOTAD regula que los GADs deben destinar progresivamente entre el 60% y 70% de su presupuesto a infraestructura, servicios públicos y mantenimiento, con cumplimiento obligatorio y verificable.
- El proyecto no prohíbe conciertos ni eventos culturales, y permite que hasta el 30% del presupuesto se use en otros rubros, incluidos eventos artísticos y recreativos.
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¿Qué verificamos?
Una imagen viral que circula en redes sociales afirma que “Noboa envía ley urgente para prohibir conciertos con plata del Estado”.
¿Por qué es mayormente falso?
La propuesta reformatoria al COOTAD regula cómo los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs) asignan su presupuesto, pero no prohíbe conciertos ni eventos culturales. La ley obliga a los GADs a destinar al menos el 70% de sus recursos a infraestructura, mantenimiento, reposición de bienes y servicios públicos esenciales, mientras que hasta el 30% puede destinarse a otros rubros, incluidos eventos culturales, deportivos o recreativos.
¿Qué dice la evidencia?
- El 27 de enero de 2026, el presidente Daniel Noboa envió a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), calificado como urgente en materia económica.

- El documento ingresó oficialmente al Parlamento el 28 de enero de 2026.
- La reforma establece que los GADs —municipios, prefecturas y juntas parroquiales— deberán destinar al menos el 70% de su presupuesto institucional anual a:
- Infraestructura
- Mantenimiento de bienes públicos
- Reposición de equipamiento
- Provisión de servicios públicos esenciales

- La exposición de motivos menciona que gastos discrecionales, como eventos artísticos o recreativos, solo deben considerarse cuando los servicios básicos estén cubiertos; esta mención no tiene efecto normativo ni constituye prohibición.

- La norma solo aplica a los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GADs). No afecta al gobierno central, ministerios, universidades públicas ni otras entidades estatales.
Contexto importante
Según datos del SERCOP, en 2023 los GADs registraron alrededor de 579 eventos públicos con un gasto total de USD 43,7 millones, representando en promedio más del 10% del presupuesto ejecutado en 2024. El gobierno de Manta destinó 6,4 millones principalmente a licitaciones para festivales turísticos; Quito gastó 5,4 millones en 38 procesos, incluyendo shows de arte popular; y Cuenca invirtió 1,4 millones en eventos culturales como ferias tradicionales. Otros GADs también financian tanto eventos masivos como presentaciones culturales de menor escala.
El proyecto propone reformas al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) a través de seis artículos:
- Reforma el Artículo 192 para establecer que los GADs participarán del 21% de ingresos permanentes y 10% de no permanentes del presupuesto del Estado, siempre que cumplan con la regla de asignación mínima prioritaria.
- Añade los artículos 198.1, 198.2 y 198.3:
- Art. 198.1: Establece la obligación de destinar al menos el 70% del presupuesto a infraestructura, mantenimiento, reposición de bienes y servicios públicos.
- Art. 198.2: Define qué se considera «gasto computable» según el Clasificador Presupuestario.
- Art. 198.3: Determina que el cumplimiento es obligatorio y verificable en todas las fases del presupuesto, exigiendo un «Anexo de Cumplimiento».
- Introduce la obligación de transparencia, exigiendo que los GADs publiquen trimestralmente un indicador de su gasto en sus portales institucionales.
- Establece que el Ministerio de Economía y Finanzas realizará un informe de seguimiento trimestral sobre el cumplimiento de la regla.
- Regula las consecuencias por incumplimiento, señalando que se aplicarán restricciones de transferencias y se informará a la Contraloría General del Estado.
Conclusión
MAYORMENTE FALSO: El proyecto de ley enviado por el presidente Daniel Noboa no prohíbe conciertos ni eventos culturales con fondos públicos. Establece que los GADs deben priorizar al menos el 70% de su presupuesto en infraestructura, servicios públicos y mantenimiento, mientras que hasta el 30% puede destinarse a otros rubros, incluidos eventos culturales. La propuesta aún debe pasar por el proceso legislativo antes de entrar en vigencia.
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Fuentes:
Citadas en el texto