Es falso que la nueva ley de inteligencia permita incinerar evidencias o pruebas criminales

Lo que debes saber:
- Un video viral afirma que la nueva Ley de Inteligencia permite destruir pruebas de delitos.
- La ley solo autoriza incinerar informes de gastos especiales bajo supervisión de la Contraloría.
- La quema de evidencias del caso «Blanqueo Fito» fue por orden judicial, no por esta ley.
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¿Qué verificamos?
Un video viral en TikTok que asegura que la nueva Ley de Inteligencia de Ecuador permite quemar evidencias o pruebas de crímenes.
¿Por qué es completamente falso?
La Ley de Inteligencia no contempla la destrucción de evidencias criminales. La única referencia a incineración se refiere exclusivamente a informes de gastos especiales que deben ser auditados por la Contraloría General del Estado.
¿Qué dice la evidencia?
- Contenido de la ley: El Artículo 13 de la Ley de Inteligencia establece que el Sistema Nacional de Inteligencia contará con fondos para operaciones reservadas. Dado el carácter confidencial de estas operaciones, la Contraloría General del Estado realizará auditorías trimestrales e incinerará únicamente los informes contables correspondientes, dejando constancia formal del proceso.

- Análisis del video viral: El contenido de TikTok descontextualiza un reportaje legítimo de Ecuavisa sobre la nueva ley. El reportaje original no menciona que la ley permita quemar evidencias criminales.
- Relaciones falsas: Esta ley, fue publicada recién el 11 de junio, no estaba en vigencia cuando se ordenó la destrucción de pruebas en el caso de Adolfo Macías, alias “Fito”. Esa incineración se realizó por orden judicial, emitida en febrero de 2025, dentro de la causa conocida como “Blanqueo Fito”, y fue ejecutada por la Policía Nacional. Algunas publicaciones relacionan de forma errónea el tema con la Ley de Inteligencia.

Contexto importante
La incineración de evidencias en el caso «Blanqueo Fito» ocurrió después de que la Unidad Nacional de Delitos contra el Sistema Financiero solicitara a la jueza Zoila Veliz Indacochea definir el destino de los bienes incautados en julio de 2024. Al no recibir respuesta de la Fiscalía dentro del plazo de 72 horas establecido, la jueza ordenó la destrucción siguiendo los procedimientos del COIP.
Según el artículo 444, numeral 16 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), la Fiscalía tiene un plazo máximo de tres meses para definir el destino final de indicios u objetos que no sean de interés pericial. Si tienen valor pericial, debe hacerlo en un plazo máximo de un año, previa justificación.
Conclusión
Completamente FALSO: La Ley de Inteligencia no autoriza la destrucción de evidencias criminales. La norma establece incinerar informes de gastos especiales bajo control de la Contraloría General del Estado. La quema de pruebas en el caso «Blanqueo Fito» se realizó por orden judicial siguiendo procedimientos del COIP, sin relación alguna con la nueva ley.