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julio 30, 2025

Ecuador no atraviesa un segundo feriado bancario

La liquidación de la Cooperativa CREA fue una medida puntual por problemas financieros internos, no una suspensión general del sistema bancario. Las entidades financieras siguen operando con normalidad.

Lo que debes saber:

  • Circulan desinformaciones que aseguran, falsamente, que Ecuador vive un segundo feriado bancario.

  • La Constitución prohíbe expresamente decretar un feriado bancario, es decir, cerrar bancos o congelar cuentas de forma generalizada.

  • La SEPS dispuso la liquidación de la cooperativa CREA en enero de 2025, pero esto no afecta al sistema financiero ni equivale a un feriado bancario. Las demás entidades operan con normalidad.

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¿Qué verificamos?

Una publicación viral en TikTok que afirma que «llegó el segundo feriado bancario» en Ecuador, sugiriendo una suspensión generalizada del sistema financiero nacional.

¿Por qué es completamente falso?

La Constitución prohibe explícitamente el cierre generalizado de bancos o el congelamiento de cuentas. Las entidades financieras mantienen operaciones normales y la liquidación de una cooperativa específica no constituye un feriado bancario nacional.

¿Qué dice la evidencia?

  • Garantía Constitucional: El artículo 308 de la Constitución prohibe explícitamente los feriados bancarios, es decir, el cierre generalizado de bancos o el congelamiento de cuentas como sucedió en 1999.
  • Operaciones financieras normales: Las entidades bancarias y cooperativas continúan operando sin restricciones. No existe notificación oficial sobre suspensión de actividades financieras.
  • Diferencia jurídica fundamental: Un feriado bancario suspende todas las operaciones del sistema financiero nacional, mientras que la liquidación forzosa afecta únicamente a la institución específica sancionada.
  • Liquidación específica de CREA: El 29 de enero de 2025, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) ordenó la liquidación forzosa de la Cooperativa CREA por incumplimiento de supervisión intensiva y caída de su indicador de solvencia al 3.36%, por debajo del 9% mínimo requerido.
  • Video manipulado: La publicación viral utiliza un video del medio local El Azuayo sobre la liquidación de CREA, pero lo presenta incorrectamente como evidencia de un feriado bancario.
  • Desinformación recurrente: Publicaciones similares circularon en marzo de 2025 tras la liquidación del Banco Amibank S.A., evidenciando un patrón de desinformación que confunde medidas regulatorias específicas con crisis sistémicas.

Contexto Importante

El feriado bancario de 1999 fue una medida drástica decretada por el presidente Jamil Mahuad mediante el Decreto Ejecutivo 685, que suspendió todas las operaciones financieras inicialmente por 24 horas, pero se extendió cinco días. Esta medida desencadenó una crisis económica devastadora que culminó con la dolarización en 2000.

La liquidación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito CREA Ltda genera preocupación legítima entre usuarios debido al antecedente histórico, pero representa una medida regulatoria normal aplicada a una institución con problemas de solvencia, no una crisis sistémica.

La Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados (COSEDE) ha activado el esquema de Exclusión y Transferencia de Activos y Pasivos (ETAP) respecto a CREA , y será el encargado del proceso de pago del Seguro de Depósitos, una vez que reciba el listado oficial de beneficiarios del liquidador designado.

Conclusiones

COMPLETAMENTE FALSO: La Constitución prohíbe que se determine un feriado bancario en Ecuador. La liquidación de la Cooperativa CREA es una medida regulatoria específica que no afecta al sistema financiero nacional. Las instituciones financieras operan normalmente.

Fuentes:

Plataforma Presidencial – Consulta de decretos
Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) – Rueda de prensa 29/07/2025
Superintendencia de Bancos – Liquidación forzosa de «Banco Amibank S.A.»
COSEDE – Información de la Cooperativa CREA
Ley Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo – Disposición Quinta
Registro oficial 1999 – Decreto Ejecutivo 685 (pg. 10)

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