Skip to main content
noviembre 12, 2024

Comandante de las Fuerzas Armadas sí llamó exvicepresidenta a Verónica Abad

El jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Jaime Vela, se refirió a Verónica Abad como “exvicepresidenta”.

Lo que debes saber:

  • El jefe del Comando Conjunto de las FF.AA., Jaime Vela, se refirió a Verónica Abad como “exvicepresidenta”.
  • Señaló que la Casa Militar Presidencial estaba realizando trámites para retirarle la seguridad.
  • La vicepresidenta Abad fue suspendida por una presunta falta administrativa debido a abandono injustificado de funciones.

Categoría

Metodología

El jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Jaime Vela, se refirió a la vicepresidenta Verónica Abad como “exvicepresidenta”. Ocurrió el lunes 11 de noviembre durante una rueda de prensa del Bloque de Seguridad. Vela también señaló que estaban realizando los trámites para retirarle la seguridad a la vicepresidenta Abad, pero luego se echaron para atrás. En redes sociales, las Fuerzas Armadas afirmaron que continuarán brindando protección a Abad en su calidad de vicepresidenta.

En una rueda de prensa del Bloque de Seguridad, el 11 de noviembre de 2024, se presentaron los avances de 2024. Al finalizar, un periodista preguntó al jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Jaime Vela, sobre la seguridad de la vicepresidenta Verónica Abad.

Vela se refirió a Abad como “exvicepresidenta” y señaló que la Casa Militar Presidencial estaba realizando trámites para retirarle la seguridad, dado que Abad fue suspendida de su cargo por cinco meses. Además, afirmó que la vicepresidenta encargada, Sahira Moya, ya cuenta con seguridad, tras el decreto ejecutivo que formalizó su designación.

Lupa Media consultó a las Fuerzas Armadas para confirmar si retirarían la seguridad a Abad. Aseguraron que la Casa Militar Presidencial seguirá brindando protección a la vicepresidenta, lo cual también hicieron público horas después de la rueda de prensa. Tanto en el comunicado oficial como en nuestra consulta, las Fuerzas Armadas corrigieron el término utilizado y mencionaron a Abad como vicepresidenta, no como “exvicepresidenta,” aclarando que Abad aún ocupa el cargo.

Suspensión, no destitución del cargo

El pasado 8 de noviembre de 2024, el Ministerio de Trabajo suspendió, sin remuneración, a la vicepresidenta Verónica Abad por 150 días, debido a una presunta falta administrativa por abandono injustificado de funciones. Según el Ministerio, Abad habría incurrido en una falta grave conforme al artículo 48, inciso b, de la Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP), que establece el abandono injustificado del trabajo por tres o más días consecutivos como causal de destitución. La sanción se basa en que Abad no presentó documentación que acreditara su llegada a Ankara, Turquía antes del 1 de septiembre de 2024, como se le había solicitado; la documentación se entregó recién el 9 de septiembre.

La ministra de Trabajo, Ivonne Núñez, aclaró el 11 de noviembre que la sanción no implica una inhabilitación ni la destitución del cargo de Abad, sino una suspensión temporal.

Abad denuncia un atentado a la democracia

Tras la decisión del Ministerio de Trabajo, la vicepresidenta Abad solicitó la intervención de la Asamblea Nacional, la Fiscalía y la Contraloría. También pidió a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos una medida cautelar para evitar la ejecución de la suspensión.

En un video difundido el 10 de noviembre, Abad calificó la medida como una violación a los principios de legalidad y justicia, y señaló que el presidente Daniel Noboa y su equipo buscan desplazarla del poder. Los abogados de Abad, Damián Armijos y Dominique Dávila, acudieron el 11 de noviembre a la Asamblea Nacional para exponer las irregularidades en el proceso administrativo.

Una medida inconstitucional y arbitraria

Consultamos con expertos en temas constitucionales y nos explicaron que tanto el presidente como la vicepresidenta son funcionarios electos por voto popular y, por lo tanto, no se les aplica el mismo régimen administrativo que a otros servidores públicos.

El artículo 145 de la Constitución establece que la Vicepresidencia sólo puede terminar en caso de:

  • La terminación del período presidencial.
  • Por renuncia voluntaria aceptada por la Asamblea Nacional.
  • Por destitución, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución.
  • Por incapacidad física o mental permanente que le impida ejercer el cargo, certificada de acuerdo con la ley por un comité de médicos especializados, y declarada por la Asamblea Nacional con los votos de las dos terceras partes de sus integrantes.
  • Por abandono del cargo, comprobado por la Corte Constitucional y declarado por la Asamblea Nacional con los votos de las dos terceras partes de sus integrantes.
  • Por revocatoria del mandato, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución.

Los especialistas sostienen que sólo la Asamblea Nacional podría considerar una destitución siguiendo los procedimientos legales

¿Entonces?

Calificamos como VERDADERA la afirmación de que las Fuerzas Armadas calificaron a la vicepresidenta Verónica Abad como “exvicepresidenta”. Esto ocurrió cuando el jefe del Comando Conjunto, Jaime Vela, usó el término en la rueda de prensa del Bloque de Seguridad. Vela también mencionó que se estaban realizando los trámites para retirarle la seguridad a Abad. Sin embargo, horas después, las Fuerzas Armadas se retractaron, dejaron de referirse a Abad como “exvicepresidenta” y confirmaron que seguirán brindándole protección.

Fuentes:

Categoría

Metodología

Verificación a la carta