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julio 10, 2025

Asambleístas de RC firmaron proyecto que incluía reforma sobre consentimiento sexual de menores

Una publicación viral afirma que 10 asambleístas de la Revolución Ciudadana respaldaron un proyecto de ley que permite relaciones sexuales a partir de los 14 años.

Lo que debes saber:

  • El 3 de julio de 2025, diez asambleístas de la Revolución Ciudadana firmaron un proyecto de ley que incluía reformas al consentimiento sexual a partir de los 14 años de edad.
  • La iniciativa fue presentada por el asambleísta Santiago Díaz, quien enfrenta una denuncia por presunta violación a una menor.
  • La reforma usó una sentencia de la Corte Constitucional de 2021, que ya está vigente. Sin embargo, esa sentencia solo se aplica a relaciones consentidas entre adolescentes de 14 a 17 años, y no a vínculos entre menores y adultos.

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¿Qué verificamos?

Una publicación en X que afirma: «estos fueron los asambleístas de la RC5 que firmaron y apoyaron ese proyecto de ley que permita tener relaciones sexuales a partir de los 14 años», acompañada de una lista con nombres y fotografías de legisladores.

¿Por qué es mayormente cierto?

Los 10 asambleístas mencionados sí firmaron el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al COIP presentado el 3 de julio de 2025, que incluía reformas sobre el consentimiento sexual entre menores de edad. Según explicaron, su respaldo se centraba en las disposiciones relacionadas con el femicidio, y retiraron sus firmas luego de que surgiera controversia pública. La reforma usa una sentencia de la Corte Constitucional, pero esta establece que el consentimiento de menores es solo entre pares de 14 a 17 años.

¿Qué dice la evidencia?

  • Las firmas están documentadas: Lupa Media verificó que los 10 asambleístas de RC firmaron el proyecto presentado el 3 de julio de 2025 en la Asamblea Nacional por el legislador Santiago Díaz..
  • El proyecto incluía cinco reformas: Entre ellas, modificaciones sobre femicidios, consentimiento sexual de menores, desatención del servicio de salud, prisión preventiva y otros aspectos del COIP.
  • La reforma sobre consentimiento: El artículo 2 del proyecto reforma el numeral 5 del artículo 175 del Código Integral Penal, que indica que el consentimiento de menores de 18 años es irrelevante en delitos sexuales, excepto cuando se trate de personas mayores de 14 años que tengan capacidad de consentir una relación sexual.
  • ¿Significa que los adolescentes de 14 años pueden consentir relaciones con adultos? No, según la base jurídica preexistente. La Corte Constitucional, en una sentencia publicada el 15 de diciembre de 2021, determinó que una prohibición absoluta del consentimiento en menores de 18 años vulnera derechos como el libre desarrollo de la personalidad y la autonomía en decisiones sobre su sexualidad. Sin embargo, la Corte limitó esa capacidad de consentimiento a relaciones sexuales entre pares, es decir, entre adolescentes de 14 a 17 años. Este consentimiento debe ser evaluado en cada caso concreto para determinar si existe o no delito. Las relaciones sexuales entre adolescentes y adultos siguen siendo consideradas delito.
  •  La sentencia constitucional establece criterios específicos para evaluar el consentimiento: que sea libre y voluntario, que el adolescente tenga capacidad según su madurez, que no existan relaciones de poder asimétricas, y que se garantice el interés superior del menor.
  • Los asambleístas retiraron sus firmas: El 9 de julio, ocho de los 10 firmantes (Franklin Samaniego, Ledy Zúñiga, Christina Jácome, Roque Ordóñez, Arisdely Parrales, Juan Pablo Molina, Eustaquio Tuala y Diego Salas) publicaron comunicados explicando que retiraron su respaldo.

Contexto Importante

Santiago Díaz fue expulsado del movimiento Revolución Ciudadana tras conocerse una denuncia que lo vincula con la presunta violación de una menor de 12 años. El legislador solicitó licencia sin remuneración para su defensa.

La sentencia de la Corte Constitucional de 2021 surgió de un caso donde el padre de una adolescente menor de 14 años denunció que su hija mantuvo relaciones con su pareja de 17 años, lo que generó debate sobre el consentimiento sexual entre adolescentes.

Los constitucionalistas Gonzalo Muñoz y Daniel Caballero coinciden en que la sentencia de 2021 ya tiene vigencia plena, por lo que no requiere reforma legislativa explícita para su aplicación en casos de delitos sexuales.

Además, la experta en derecho, Lolo Miño manifiesta que esta sentencia «no autoriza a cambiar siempre y en todos los casos la edad de consentir, y la Corte ha sido enfática en que dicho consentimiento no se configura cuando hay relaciones asimétricas por edad o poder con un adulto».

Conclusión

MAYORMENTE CIERTO: Los asambleístas de la Revolución Ciudadana sí firmaron un proyecto que incluía reformas sobre consentimiento sexual de menores de edad. Los legisladores retiraron sus firmas alegando que respaldaron otras reformas del proyecto. La propuesta no introduce cambios nuevos, sino que codifica una sentencia constitucional vigente desde 2021.

Fuentes:

Pedido de Información Asamblea Nacional – Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al COIP
Corte Constitucional del Ecuador – Sentencia No. 13-18-CN/21
COIP – Artículo 175, numeral 5
Consulta a Gonzalo Muñoz, Abogado Especializado en Derecho Constitucional
Consulta a Daniel Caballero, profesor del Colegio de Jurisprudencia de la USFQ, ex asesor de la Corte Constitucional del Ecuador
Lolo Miño, Experta en Derecho – Consentimiento para niñas de 14-17 años
Bancada RC –
Comunicado
Asamblea Nacional – Asambleístas
Ledy Zuñiga, Asambleísta RC – Comunicado
Franklin Samaniego, Asambleísta RC – Comunicado
Christina Jácome, Asambleísta RC – Comunicado
Roque Ordóñez, Asambleísta RC – Comunicado
Arisdely Parrales, Asambleísta RC – Comunicado
Diego Salas, Asambleísta RC – Comunicado
Juan Pablo Molina,  Asambleísta RC – Comunicado
Eustacio Tuala, Asambleísta RC – Comunicado
El Universo – Asambleísta Santiago Díaz pide licencia para defenderse en denuncia por presunta violación.

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