Alcalde de Rumiñahui fue removido, no destituido

Lo que debes saber:
- El Concejo Municipal de Rumiñahui aprobó la remoción del alcalde Fabián Iza el 10 de septiembre de 2025 con cinco votos a favor.
- El término correcto es «remoción» según el Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD), no «destitución», que aplica a servidores públicos nombrados.
- Iza, a quien se lo acusa de promover el voto por el sí en la Consulta Popular 2024, se mantiene en funciones mientras el proceso puede ser impugnado ante el Tribunal Contencioso Electoral.
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¿Qué verificamos?
Publicaciones en redes sociales que afirman que el alcalde de Rumiñahui, Fabián Iza, fue «destituido» de su cargo tras la votación del Concejo Municipal.
¿Por qué es impreciso?
Aunque es cierto que se aprobó separar al alcalde de su cargo, el término «destitución» es legalmente incorrecto. La ley ecuatoriana establece que las autoridades electas son «removidas», mientras que la «destitución» aplica a funcionarios públicos nombrados. Al alcalde se lo acusa de promover el voto por el «Sí» en la campaña electoral de la Consulta Popular 2024.
¿Qué dice la evidencia?
- Según la legislación ecuatoriana, para separar a una autoridad elegida por votación popular, aplican tres procedimientos: remoción, revocatoria del mandato o por sentencia judicial condenatoria ejecutoriada.
- Los artículos 333 y 334 del COOTAD establecen que alcaldes, prefectos y concejales pueden ser «removidos» de sus cargos por causales específicas.

- La «destitución» está regulada por la LOSEP y aplica a servidores públicos nombrados, no electos. El 10 de septiembre de 2025, el Concejo Municipal aprobó la remoción con cinco votos a favor y dos en contra.
- Al alcalde se lo acusa de promover el voto por el «Sí» en la campaña electoral de la Consulta Popular 2024, fue denunciado por proselitismo político, según el informe presentado por el Concejo Municipal durante la sesión extraordinaria.
- El concejal Rubén Puma confirmó a Lupa Media que se trata de «fiscalización y control político», no de sanción administrativa.
- Según el artículo 337 del COOTAD, Iza se mantiene en funciones durante el proceso de impugnación.

Contexto importante
El alcalde Fabián Iza señaló que el proceso era “político” y anunció que acudiría a instancias legales para impugnar su remoción. Iza tiene un plazo de tres días, contados desde que se le notificó oficialmente su remoción, para solicitar que el caso sea enviado al Tribunal Contencioso Electoral. Esta solicitud se hace para que el Tribunal revise si se cumplieron correctamente todos los pasos y requisitos del proceso de remoción.
Una vez que el alcalde hace esta solicitud, la secretaria o secretario del municipio está obligado a enviar todo el expediente del caso al Tribunal, y debe hacerlo en un plazo máximo de dos días. Luego de recibir toda la documentación, el Tribunal Contencioso Electoral tiene diez días para analizar el caso y emitir una decisión, basándose en los documentos presentados.
Fabián Iza fue electo como alcalde de Rumiñahui en las seccionales de 2023 con el 32,72 % (21 776) de votos de entre 12 candidatos para el periodo 2023-2027.
Conclusión
IMPRECISO: Las publicaciones que afirman que el alcalde fue «destituido» usan terminología legalmente incorrecta. El procedimiento correcto es «remoción» según el COOTAD. Esta distinción no es meramente semántica, sino que refleja diferentes marcos legales y procedimientos en el sistema ecuatoriano.
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Fuentes:
Código Orgánico de Organización Territorial (COOTAD) – Artículos 332-336
Consulta a Rubén Puma, concejal de Rumiñahui
Constitución del Ecuador
Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP)
Informe de la Comisión de Mesa
Municipio de Rumiñahui – Sesión Extraordinaria sobre la remoción del alcalde
Ecuador Inmediato – Declaraciones del alcalde 10 de septiembre de 2025