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Etiqueta: gad

Alcalde de Rumiñahui fue removido, no destituido

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¿Qué verificamos?

Publicaciones en redes sociales que afirman que el alcalde de Rumiñahui, Fabián Iza, fue «destituido» de su cargo tras la votación del Concejo Municipal.

¿Por qué es impreciso?

Aunque es cierto que se aprobó separar al alcalde de su cargo, el término «destitución» es legalmente incorrecto. La ley ecuatoriana establece que las autoridades electas son «removidas», mientras que la «destitución» aplica a funcionarios públicos nombrados. Al alcalde se lo acusa de promover el voto por el «Sí» en la campaña electoral de la Consulta Popular 2024.

¿Qué dice la evidencia?

  • Según la legislación ecuatoriana, para separar a una autoridad elegida por votación popular, aplican tres procedimientos: remoción, revocatoria del mandato o por sentencia judicial condenatoria ejecutoriada.
  • Los artículos 333 y 334 del COOTAD establecen que alcaldes, prefectos y concejales pueden ser «removidos» de sus cargos por causales específicas.
  • La «destitución» está regulada por la LOSEP y aplica a servidores públicos nombrados, no electos. El 10 de septiembre de 2025, el Concejo Municipal aprobó la remoción con cinco votos a favor y dos en contra.
  • Al alcalde se lo acusa de promover el voto por el «Sí» en la campaña electoral de la Consulta Popular 2024, fue denunciado por proselitismo político, según el informe presentado por el Concejo Municipal durante la sesión extraordinaria.
  • El concejal Rubén Puma confirmó a Lupa Media que se trata de «fiscalización y control político», no de sanción administrativa.
  • Según el artículo 337 del COOTAD, Iza se mantiene en funciones durante el proceso de impugnación.

Contexto importante 

El alcalde Fabián Iza señaló que el proceso era “político” y anunció que acudiría a instancias legales para impugnar su remoción. Iza tiene un plazo de tres días, contados desde que se le notificó oficialmente su remoción, para solicitar que el caso sea enviado al Tribunal Contencioso Electoral. Esta solicitud se hace para que el Tribunal revise si se cumplieron correctamente todos los pasos y requisitos del proceso de remoción.

Una vez que el alcalde hace esta solicitud, la secretaria o secretario del municipio está obligado a enviar todo el expediente del caso al Tribunal, y debe hacerlo en un plazo máximo de dos días. Luego de recibir toda la documentación, el Tribunal Contencioso Electoral tiene diez días para analizar el caso y emitir una decisión, basándose en los documentos presentados.

Fabián Iza fue electo como alcalde de Rumiñahui en las seccionales de 2023 con el 32,72 % (21 776) de votos de entre 12 candidatos para el periodo 2023-2027.

Conclusión 

IMPRECISO: Las publicaciones que afirman que el alcalde fue «destituido» usan terminología legalmente incorrecta. El procedimiento correcto es «remoción» según el COOTAD. Esta distinción no es meramente semántica, sino que refleja diferentes marcos legales y procedimientos en el sistema ecuatoriano.

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Es falso que Daniel Noboa solicitó a la Contraloría intervenir gobiernos locales de la Costa después de las elecciones

¿Qué verificamos? 

Una imagen viral difundida por el expresidente Rafael Correa en su cuenta de X afirma que el presidente candidato Daniel Noboa, tras “perder las elecciones”, solicitó a la Contraloría una intervención a prefecturas y municipios de las provincias costeras de Manabí, Santa Elena, Guayas, Los Ríos y El Oro por lavado de activos.

¿Por qué es completamente falso?

El contenido viral saca de contexto un convenio institucional firmado en marzo de 2024 entre el Ejecutivo, la Contraloría y otras instituciones públicas para la creación de la unidad de investigación conjunta encargada de combatir actividades ilícitas, entre ellas el lavado de activos, especialmente en provincias como Manabí, Guayas, Santa Elena, Los Ríos y El Oro. 

¿Qué dice la evidencia? 

  • La Contraloría General del Estado confirmó a Lupa Media que no ha existido ninguna petición reciente del presidente-candidato Noboa para una intervención en los gobiernos locales de seis provincias de la costa por lavado de activos.
  • El 7 de marzo de 2024, la Contraloría y el Ejecutivo firmaron un convenio interinstitucional para la creación de la Unidad de Investigación Conjunta para combatir actividades delictivas como defraudación tributaria, aduanera, evasión y lavado de activos. 
  • El convenio señala que esta unidad de investigación haga especial énfasis en “provincias muy golpeadas” como Manabí, Guayas, Santa Elena, Los Ríos y El Oro.
  • El acuerdo interinstitucional no menciona ninguna intervención a prefecturas ni municipios en provincias de la costa. 
  • El origen de la imagen viral es una publicación de Radio Record 106.5 FM del 8 de marzo de 2024. 
  • El expresidente Rafael Correa compartió la imagen como si fuera actual, después de la primera vuelta de las elecciones de 2025. 

Contexto importante

El 7 de marzo de 2024, el presidente Daniel Noboa recibió al contralor Xavier Torres en el Palacio de Carondelet para firmar un convenio que creó la Unidad de Investigación Conjunta de Delitos. Como parte del acuerdo, Noboa pidió a Torres reforzar el control sobre los gobiernos autónomos descentralizados (GAD), con especial atención en provincias como Manabí, Santa Elena, Guayas, Los Ríos y El Oro.

En derecho, la intervención puede referirse a la participación de un abogado o entidad en un proceso judicial. Un control significa un acto o procedimiento que implica examinar o fiscalizar un acto o hecho. 

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: La imagen difundida por el expresidente Rafael Correa en su cuenta de X está descontextualizada. Daniel Noboa sí firmó un convenio para combatir las actividades ilícitas como el lavado de activos, especialmente en las provincias costeras, pero fue marzo del 2024, no en los últimos días como asegura la desinformación de Correa. La Contraloría no ha recibido ningún pedido reciente del presidente Noboa solicitando su intervención en gobiernos locales de la Costa.