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Etiqueta: financiamiento

Desmontando mitos: tu kit electoral confiable

Lo esencial para el 16 de noviembre

La Consulta Popular y Referéndum de 2025 se llevará a cabo el domingo 16 de noviembre, tras la convocatoria del presidente Daniel Noboa.
En total, más de 13,963 millones de ecuatorianos podrán acudir a las urnas:

  • Voto obligatorio: personas entre 18 y 64 años.
  • Voto opcional: adolescentes de 16 y 17 años, personas mayores de 65 y ciudadanos con discapacidad.

La campaña electoral se desarrolla entre el 1 al 13 de noviembre, seguida de un silencio electoral de 3 días, durante el cual no se puede difundir propaganda ni resultados de encuestas. Para el día de las votaciones, habrá un despliegue de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas para garantizar el orden y la seguridad.

Los ciudadanos votarán sobre cuatro preguntas:

  • Referéndum 1: Eliminar la prohibición constitucional de establecer bases militares extranjeras.
  • Referéndum 2: Suprimir el financiamiento público a partidos y movimientos políticos.
  • Referéndum 3: Reducir el número de asambleístas.
  • Consulta Popular: Convocar una Asamblea Constituyente para redactar una nueva Constitución.

Ahora sí, ¡vamos al kit práctico!

Las mentiras recurrentes

1. El esfero y la tinta que se borra… o se transfiere

Falso. En cada Junta Receptora del Voto, el CNE proporciona esferos de tinta azul o negra de uso permanente. No existen evidencias documentadas de tinta borrable o transferible en procesos anteriores. Aunque algunos electores prefieren llevar su propio esfero, hacerlo no tiene impacto en la validez del voto ni evita un supuesto fraude. La idea de la “tinta que se borra” es un rumor recurrente sin sustento técnico.

2. Los resultados del voto en casa y de personas privadas de libertad (PPL) salen antes

Falso. Aunque estos votos se recojan antes del día oficial, las papeletas se mantienen selladas y se contabilizan junto con el resto a las 17h00. Los rumores sobre “ganadores anticipados” o “filtraciones desde cárceles” son falsos: todo se incorpora al conteo nacional al mismo tiempo.

3. Los muertos votan

El padrón electoral tiene corte al 18 de septiembre de 2025, por lo que los nombres de personas fallecidas después de esa fecha pueden seguir apareciendo. Sin embargo, el Consejo Nacional Electoral (CNE) aplica controles que buscan evitar el uso indebido de esas identidades.
Durante la jornada, las papeletas se entregan solo a quienes constan en el padrón y presentan su cédula original; los espacios no firmados se sellan con la leyenda “no sufragó”. Hasta ahora, no existen evidencias verificables de casos sistemáticos o masivos de votos emitidos a nombre de personas fallecidas en los últimos procesos electorales del país.

4. “El fraude se hace en el sistema informático.”

El conteo electoral se basa en actas físicas firmadas por los miembros de mesa y observadores, que luego son digitalizadas y comparadas con los registros del sistema informático. Si existen diferencias, pueden ser impugnadas y revisadas públicamente por las organizaciones políticas.
Esto reduce la posibilidad de alteración directa de resultados, aunque no elimina del todo el riesgo de errores humanos o incidentes aislados. No existen pruebas de manipulación sistemática del sistema informático en los últimos procesos electorales.

5. “Las encuestas que circulan en redes son igual de válidas que las oficiales.”

Falso. Solo las encuestas autorizadas por el CNE tienen validez legal, ya que el organismo revisa su metodología y financiamiento antes de su difusión.
Para el proceso de 2025, las empresas acreditadas son:

  • Pronósticos electorales: CENTROINVEST Cía. Ltda. y CLIMA SOCIAL Estudios y Asesoramiento S.A.
  • Voto a boca de urna: CENTROINVEST Cía. Ltda.

Las encuestas difundidas por cuentas no verificadas o medios sin registro metodológico suelen ser fuente frecuente de desinformación electoral.

¿Cómo se puede denunciar actividad sospechosa durante las elecciones?

Puedes presentar un reporte, siempre incluye documentación que respalde la queja. Evita difundir rumores sin evidencia.

  • Presencial: oficinas del CNE, delegaciones provinciales o consulares.
  • Digital: formularios oficiales del CNE.

Tips exprés antes de cerrar este kit

  • Infórmate con anticipación: revisa fechas, horarios, lugar de votación y preguntas que se votarán.
  • Vota con criterio: conoce los temas, candidatos y propuestas.
  • Respeta las reglas el día de la elección: evita problemas o invalidaciones.
  • Verifica antes de compartir: consulta siempre fuentes oficiales o medios confiables antes de compartir cualquier dato.
  • Pregunta antes de creer: si algo suena raro, verifica en el CNE o con medios confiables antes de difundirlo.

Referéndum 2025: Fondos para organizaciones políticas

¿Qué dice la pregunta?

La pregunta B del referéndum plantea una posible reforma del artículo 110 de la Constitución para eliminar el financiamiento estatal a los partidos políticos:

«¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas?»

¿Qué cambiaría?

Actualmente, la Constitución permite que los partidos se financien con recursos estatales y privados. Si se aprueba la pregunta:

  • Solo se permitirían aportes de afiliadas, afiliados y simpatizantes; el Estado dejaría de financiar a los partidos.
  • Los movimientos que obtengan al menos el 5% de votos válidos en dos elecciones seguidas mantendrían los mismos derechos y obligaciones que los partidos políticos.

¿Cómo se financian actualmente los partidos políticos?

Actualmente, los partidos políticos en Ecuador se financian mediante un sistema mixto:

  • Fondo Partidario Permanente (FPP, artículo 110):
    • Financiamiento público anual para funcionamiento interno y actividades formativas (no propaganda).
    • Se nutre de multas electorales y recursos del Presupuesto General.
    • Solo acceden partidos con representación mínima: 4% de votos en dos elecciones, tres asambleístas o presencia en alcaldías/concejalías.
    • Distribución proporcional al nivel de representación.
  • Fondo de Promoción Electoral (FPE, artículo 115):
    • Fondo público destinado a campañas electorales y promoción política durante los periodos electorales.
    • Se centra en actividades de campaña, distinto del FPP que cubre funcionamiento general.

Con la aprobación de la pregunta B se eliminaría únicamente el Fondo Partidario Permanente (FPP, artículo 110), mientras que el Fondo de Promoción Electoral (FPE, artículo 115) no se vería afectado y las campañas seguirían recibiendo este financiamiento. Además, los partidos pueden recibir aportes privados de afiliados y simpatizantes, bajo límites y reglas específicas.

Imagen referencial generada con IA

Argumentos a favor y en contra

El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó a 13 organizaciones políticas para hacer campaña sobre esta pregunta:

  • 4 a favor del sí
  • 9 a favor del no

A favor (Sí):

  • ADN: Esteban Torres señaló que desde 2008 se han destinado USD 263 millones al financiamiento político sin fortalecer la democracia, beneficiando a individuos, por lo que propone eliminar esos fondos.
  • CREO: Apoya la eliminación del financiamiento público por abusos de recursos; propone eficiencia, autogestión y destinar fondos a sectores prioritarios.
  • AMARU: Defiende que los recursos públicos deben destinarse a salud, educación y seguridad, y que la ciudadanía decida si quiere seguir financiando a los partidos.

En contra (No):

  • Democracia Sí: Argumenta que el financiamiento estatal garantiza igualdad mediante espacios publicitarios; sin él, solo los más ricos podrían hacer campaña, aumentando riesgo de crimen organizado.
  • CONAIE: Afirma que eliminar el financiamiento estatal beneficiaría a millonarios y excluiría candidatos populares, además de generar un gasto innecesario de más de USD 100 millones.
  • UGTE: Sostiene que la medida sería antidemocrática, favoreciendo élites y crimen organizado; los partidos necesitan apoyo estatal, y su costo es bajo frente a otros gastos públicos.

Posibles escenarios

Si gana el Sí:
Se eliminaría la obligación del Estado de asignar recursos públicos del Presupuesto General del Estado a los partidos políticos. La pregunta con el artículo reformado iría directamente al Registro Oficial debido a que, en este caso, esta propuesta ya pasó por los filtros del debate en la Asamblea Nacional y por el de la Corte Constitucional. Luego de esto, la Asamblea Nacional debería modificar el Código de la Democracia con este nuevo artículo.

Si gana el No:
Continuará el sistema actual de financiamiento estatal a los partidos políticos. Esto significa que el Estado seguirá asignando recursos públicos del Presupuesto General a las organizaciones políticas para garantizar un financiamiento “equitativo e igualitario”, que incluye fondos para formación, publicaciones, capacitación y publicidad electoral.

Narrativas desinformativas

Categoría Mayormente Falso «Las personas ricas podrán acceder a la política, y como ya son ricas, no van a robar»

La riqueza personal no garantiza honestidad ni evita la corrupción. Permitir financiamiento privado sin límites podría dar más poder a intereses económicos y aumentar riesgos de conflictos de interés y corrupción.

Categoría Mayormente Falso «Con esto, habrá una mejor calidad de candidatos»

El dinero no garantiza mejores candidatos. La calidad política depende de formación, propuestas, experiencia e integridad, no de los recursos económicos que alguien pueda aportar. Eliminar el financiamiento público favorece a quienes tienen dinero, pero no asegura mayor capacidad ni mejores propuestas

Fuentes:

OEA – LOS SISTEMAS DE FINANCIAMIENTO POLÍTICO ELECTORAL EN LAS AMÉRICAS: 2017-2021
Fundación Ciudadanía y Desarrollo – Financiamiento Electoral
La Hora – ¿Qué efectos generaría el eliminar el financiamiento del Estado para organizaciones políticas? 08/09/2025
PDBA – FINANCIACION DE LOS PARTIDOS POLITICOS Y LAS CAMPAÑAS ELECTORALES EN EL ECUADOR
GK – Así se financia la campaña electoral en el Ecuador 03/02/2025