Skip to main content

Etiqueta: elecciones ecuador

Referéndum 2025: Fondos para organizaciones políticas

¿Qué dice la pregunta?

La pregunta B del referéndum plantea una posible reforma del artículo 110 de la Constitución para eliminar el financiamiento estatal a los partidos políticos:

«¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas?»

¿Qué cambiaría?

Actualmente, la Constitución permite que los partidos se financien con recursos estatales y privados. Si se aprueba la pregunta:

  • Solo se permitirían aportes de afiliadas, afiliados y simpatizantes; el Estado dejaría de financiar a los partidos.
  • Los movimientos que obtengan al menos el 5% de votos válidos en dos elecciones seguidas mantendrían los mismos derechos y obligaciones que los partidos políticos.

¿Cómo se financian actualmente los partidos políticos?

Actualmente, los partidos políticos en Ecuador se financian mediante un sistema mixto:

  • Fondo Partidario Permanente (FPP, artículo 110):
    • Financiamiento público anual para funcionamiento interno y actividades formativas (no propaganda).
    • Se nutre de multas electorales y recursos del Presupuesto General.
    • Solo acceden partidos con representación mínima: 4% de votos en dos elecciones, tres asambleístas o presencia en alcaldías/concejalías.
    • Distribución proporcional al nivel de representación.
  • Fondo de Promoción Electoral (FPE, artículo 115):
    • Fondo público destinado a campañas electorales y promoción política durante los periodos electorales.
    • Se centra en actividades de campaña, distinto del FPP que cubre funcionamiento general.

Con la aprobación de la pregunta B se eliminaría únicamente el Fondo Partidario Permanente (FPP, artículo 110), mientras que el Fondo de Promoción Electoral (FPE, artículo 115) no se vería afectado y las campañas seguirían recibiendo este financiamiento. Además, los partidos pueden recibir aportes privados de afiliados y simpatizantes, bajo límites y reglas específicas.

Imagen referencial generada con IA

Argumentos a favor y en contra

El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó a 13 organizaciones políticas para hacer campaña sobre esta pregunta:

  • 4 a favor del sí
  • 9 a favor del no

A favor (Sí):

  • ADN: Esteban Torres señaló que desde 2008 se han destinado USD 263 millones al financiamiento político sin fortalecer la democracia, beneficiando a individuos, por lo que propone eliminar esos fondos.
  • CREO: Apoya la eliminación del financiamiento público por abusos de recursos; propone eficiencia, autogestión y destinar fondos a sectores prioritarios.
  • AMARU: Defiende que los recursos públicos deben destinarse a salud, educación y seguridad, y que la ciudadanía decida si quiere seguir financiando a los partidos.

En contra (No):

  • Democracia Sí: Argumenta que el financiamiento estatal garantiza igualdad mediante espacios publicitarios; sin él, solo los más ricos podrían hacer campaña, aumentando riesgo de crimen organizado.
  • CONAIE: Afirma que eliminar el financiamiento estatal beneficiaría a millonarios y excluiría candidatos populares, además de generar un gasto innecesario de más de USD 100 millones.
  • UGTE: Sostiene que la medida sería antidemocrática, favoreciendo élites y crimen organizado; los partidos necesitan apoyo estatal, y su costo es bajo frente a otros gastos públicos.

Posibles escenarios

Si gana el Sí:
Se eliminaría la obligación del Estado de asignar recursos públicos del Presupuesto General del Estado a los partidos políticos. La pregunta con el artículo reformado iría directamente al Registro Oficial debido a que, en este caso, esta propuesta ya pasó por los filtros del debate en la Asamblea Nacional y por el de la Corte Constitucional. Luego de esto, la Asamblea Nacional debería modificar el Código de la Democracia con este nuevo artículo.

Si gana el No:
Continuará el sistema actual de financiamiento estatal a los partidos políticos. Esto significa que el Estado seguirá asignando recursos públicos del Presupuesto General a las organizaciones políticas para garantizar un financiamiento “equitativo e igualitario”, que incluye fondos para formación, publicaciones, capacitación y publicidad electoral.

Narrativas desinformativas

Categoría Mayormente Falso «Las personas ricas podrán acceder a la política, y como ya son ricas, no van a robar»

La riqueza personal no garantiza honestidad ni evita la corrupción. Permitir financiamiento privado sin límites podría dar más poder a intereses económicos y aumentar riesgos de conflictos de interés y corrupción.

Categoría Mayormente Falso «Con esto, habrá una mejor calidad de candidatos»

El dinero no garantiza mejores candidatos. La calidad política depende de formación, propuestas, experiencia e integridad, no de los recursos económicos que alguien pueda aportar. Eliminar el financiamiento público favorece a quienes tienen dinero, pero no asegura mayor capacidad ni mejores propuestas

Fuentes:

OEA – LOS SISTEMAS DE FINANCIAMIENTO POLÍTICO ELECTORAL EN LAS AMÉRICAS: 2017-2021
Fundación Ciudadanía y Desarrollo – Financiamiento Electoral
La Hora – ¿Qué efectos generaría el eliminar el financiamiento del Estado para organizaciones políticas? 08/09/2025
PDBA – FINANCIACION DE LOS PARTIDOS POLITICOS Y LAS CAMPAÑAS ELECTORALES EN EL ECUADOR
GK – Así se financia la campaña electoral en el Ecuador 03/02/2025

ABC del Referéndum y la Consulta Popular Ecuador 2025

Consulta popular, referéndum: no son lo mismo

Consulta popular

Es una pregunta sobre temas de interés público (nacionales o locales) que no modifican la Constitución.
Puede ser convocada por el Presidente de la República o por gobiernos locales (prefectos, alcaldes o juntas parroquiales) sobre asuntos dentro de su competencia.

Ejemplo: “¿Está usted de acuerdo con que se prohíba la minería metálica en las áreas protegidas del país?”

En este caso, lo que se decide es una política pública, no una reforma constitucional.

Referéndum

Es el mecanismo mediante el cual la ciudadanía aprueba o rechaza reformas a la Constitución.
Solo puede convocarse cuando las preguntas modifican el texto constitucional (por ejemplo, al cambiar artículos, añadir o eliminar disposiciones).

Ejemplo: “¿Está usted de acuerdo con reformar el artículo XX de la Constitución para permitir…?”

El resultado del referéndum tiene efectos jurídicos directos: si gana el “sí”, el cambio entra en vigencia.

Bonus: Plebiscito, otro que tampoco es lo mismo

El plebiscito es una consulta política que busca medir el apoyo ciudadano a una decisión o a un gobierno, sin efectos jurídicos directos. En Ecuador no está regulado como mecanismo formal, pero en otros países se usa para legitimar decisiones políticas o acuerdos importantes.

Ejemplo: En Colombia o Chile se ha convocado plebiscitos para ratificar acuerdos de paz o procesos constituyentes. En Ecuador, esos temas se canalizan a través de una consulta popular o un referéndum, según el caso.

Las cuatro preguntas de la papeleta

Referéndum

Casillero A —

¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares, y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?

Casillero B —

¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?

Casillero C —

¿Está usted de acuerdo con reducir el número de asambleístas y que se los elija de acuerdo con los siguientes criterios: 10 asambleístas nacionales; 1 asambleísta elegido por cada provincia; y 1 asambleísta provincial adicional por cada 400.000 habitantes de acuerdo al último censo nacional?

Consulta popular

Casillero D —

¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?

Calendario electoral

Estas son las fechas más importantes del proceso, según la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE):

Quienes harán campaña electoral

El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó a 15 organizaciones políticas y sociales para hacer campaña en el proceso del Referéndum y Consulta Popular 2025.
Algunas promoverán el “Sí”, otras el “No”, y sus mensajes comenzarán a circular desde el 1 hasta el 13 de noviembre, periodo oficial de campaña antes de la votación del 16 de noviembre.

La lista incluye desde movimientos tradicionales hasta organizaciones sociales y gremiales.

Multas electorales

El voto es obligatorio en Ecuador. Quienes no participen en la jornada del 16 de noviembre de 2025 o incumplan otras disposiciones del proceso electoral pueden recibir sanciones económicas, según lo establece el Código de la Democracia (arts. 292–296).

A continuación, las principales multas vigentes, calculadas en función del salario básico unificado (SBU) de 2025, fijado en USD 470:

Las sanciones pueden verificarse en la página del Consejo Nacional Electoral (CNE) ingresando el número de cédula. El pago se realiza a través de la red Facilito y bancos autorizados. Aunque la deuda no impide votar en futuros procesos, permanece activa hasta ser cancelada.

El ABC de la Asamblea Constituyente: datos y desinformación

¿Qué es una Asamblea Constituyente?

Es un mecanismo democrático para redactar una nueva Constitución. Su objetivo es redefinir la estructura del Estado, los derechos y deberes de la ciudadanía y el diseño institucional. A diferencia de una reforma parcial, una Constituyente busca cambios estructurales de fondo.

Según el artículo 444 de la actual Constitución, solo puede convocarse mediante consulta popular. Esta consulta puede ser solicitada por el Ejecutivo, por dos tercios de la Asamblea Nacional o por el 12 % de las personas inscritas en el padrón electoral.

¿Cómo se activa el proceso para una Constituyente?

  1. Solicitud inicial: El Presidente/a, la Asamblea o la ciudadanía presentan la propuesta ante la Corte Constitucional, con un documento que explique por qué se necesita una Constituyente, un estatuto que regule su funcionamiento y la forma de elección de representantes. Así como las reglas del proceso electoral, proceso de votación, tiempos de funcionamiento y todos los pormenores del asunto.
  2. Revisión de la Corte Constitucional: La Corte evalúa si corresponde una Constituyente o si basta una reforma parcial, y analiza la validez del estatuto.
  3. Consulta popular: Si la Corte lo aprueba, el Consejo Nacional Electoral organiza un referendo en el que la ciudadanía decide si está de acuerdo con convocar o no a la Asamblea Constituyente.
  4. Elección de constituyentes: En caso de aprobarse, se realizan elecciones para escoger a los miembros de la Asamblea, bajo las reglas fijadas en el estatuto.
  5. Instalación de la Asamblea: Los constituyentes se posesionan y empiezan a trabajar con autonomía respecto de los demás poderes del Estado.
  6. Redacción de la nueva Constitución: Dicha Asamblea elabora en un nuevo texto constitucional.
  7. Referendo final: el texto elaborado se somete otra vez a la ciudadanía. Si gana el “sí”, entra en vigor como nueva Constitución; si gana el “no”, se mantiene la actual.

Es decir, serían tres procesos electorales para definir una nueva Constituyente.

¿Han existido pedidos anteriores?

Sí. Entre 2008 y 2025 hubo 12 solicitudes ciudadanas para convocar una Asamblea Constituyente.

La abogada constitucionalista Verónica Hernández explica que ninguna fue admitida porque pedían “plenos poderes” o tenían fallas en los considerandos, textos incompletos o estatutos que no cumplían con los requisitos legales.

Entre los solicitantes estuvieron el excandidato presidencial Bolívar Armijos, y el ciudadano Jorge Moreno Ordóñez, quien presentó este tipo de solicitudes en cinco ocasiones.

Cuadro compartido por la abogada constitucionalista, Verónica Hernández

Desinformación sobre la Asamblea Constituyente

Categoría Completamente Falso “La Asamblea Constituyente puede ser de plenos poderes”

No, según la Corte Constitucional, no existe la figura de una Constituyente de “plenos poderes”. Esta modalidad no está reconocida en la Constitución y contradice el principio republicano de separación de poderes.

“Esto afecta el principio de división de funciones y porque va en contra del principio democrático y republicano de gobierno” comentó a Lupa Media la abogada constitucionalista Hernández.

El artículo 444 específica que se puede convocar a una Asamblea Constituyente, pero siguiendo un respectivo proceso.

La Corte ha rechazado varias solicitudes que buscaban otorgar facultades ilimitadas a la Asamblea, ya que esto implicaría que el órgano actúe sin restricciones legales ni institucionales.

Categoría Completamente Falso “La nueva Constituyente puede abolir el matrimonio igualitario y el aborto por violación”

No, estas decisiones no pueden eliminarse porque violarían el principio de progresividad y la prohibición de retroceso en derechos fundamentales. Al redactar una nueva Constitución se deben respetar principios democráticos y derechos reconocidos, incluyendo opiniones consultivas de la Corte Interamericana sobre igualdad y no discriminación.

La actual Constitución determina que el contenido de los derechos debe desarrollarse de forma progresiva por medio de la normas, la jurisprudencia y las políticas públicas. Incluso, cataloga como inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya injustificadamente el ejercicio de los derechos.

Categoría Completamente Falso “Casos como la pena de muerte pueden aprobarse en la nueva Constituyente”

No es posible, porque Ecuador ha firmado tratados internacionales que prohíben la pena de muerte, como el protocolo facultativo sobre su erradicación y la Convención Americana de Derechos Humanos, indica Hernández.

Además, el artículo 66 de la Constitución actual prohíbe acciones regresivas sobre derechos fundamentales. El abogado constitucionalista, Gonzalo Muñoz, afirma que “no pueden incorporarse en ese texto constitucional cuestiones que vayan en contra de los principios de una sociedad democrática”

Categoría Completamente Falso “Esta nueva Asamblea Constituyente puede llevarse a cabo de manera exprés y rápida”

No, el proceso tiene pasos y tiempos específicos: solicitud a la Corte, aprobación, referendo de convocatoria, elección de constituyentes, redacción de la Constitución y referendo final. Esto puede tardar varios meses o incluso años. El estatuto enviado a la Corte debe detallar los plazos.
La Constitución de 2007 fijó una duración de 180 días, con una prórroga posible de 60 días , es decir, aproximadamente un total de 8 meses desde que se instaló en noviembre de 2007 y entregó el texto final en julio de 2008.

La información sobre financiamiento de campañas de Luisa González por narcotráfico venezolano no es verificable

Si recibes un mensaje similar, recuerda que puedes enviárnoslo a nuestro WhatsApp (+593 96 239 6425) y te ayudamos a verificarlo de manera directa y sencilla.

¿Qué verificamos?

Una publicación viral asegura que información de Estados Unidos confirma que las campañas de la excandidata presidencial Luisa González fueron financiadas «por el narcotráfico proveniente de Venezuela liderado por Nicolás Maduro».

¿Por qué no es verificable?

La afirmación se basa únicamente en fuentes anónimas citadas por CBS News. No existe confirmación oficial de autoridades estadounidenses sobre la existencia o contenido de este supuesto informe de inteligencia. 

¿Qué dice la evidencia?

  • El 11 de abril de 2025, CBS News publicó un artículo firmado por James LaPorta. Este artículo cita a dos funcionarios anónimos de la CIA que mencionaron un supuesto informe sobre financiamiento de González por parte de Maduro. 
  • El artículo de CBS señala que dos agentes anónimos de la Agencia Central de Inteligencia (CIA) mencionaron que “el informe mostraba que González recibió apoyo financiero de Maduro y que planea reconocer a Maduro si gana el domingo”. 
  • El mismo artículo de CBS señala que las conclusiones generaron «desacuerdo entre las agencias de inteligencia estadounidenses» y que funcionarios calificaron la disputa como «una discusión sin importancia». 
  • Lupa Media no encontró declaraciones públicas de autoridades estadounidenses confirmando o desmintiendo la existencia del supuesto informe.
  • Nos contactamos con el autor de este artículo de CBS News, el periodista James LaPorta, pero hasta la publicación de esta verificación, no obtuvimos respuesta.  
  • Luisa González ha defendido públicamente a Nicolás Maduro, pero ha negado públicamente las acusaciones de financiamiento ilícito.

Contexto importante

En medio de tensiones entre EE.UU. y Venezuela, el Cártel de los Soles sigue generando debate: para algunos es prueba del rol del Estado venezolano en el narcotráfico, mientras otros lo ven como un relato político sin sustento. Su reciente clasificación como “terrorismo internacional” lo coloca en el centro de disputas regionales.

Por otro lado, James LaPorta, productor de seguridad nacional en CBS y exmarine con amplia trayectoria en periodismo militar, fue despedido de la AP en 2022 tras un error en la cobertura de un ataque en Polonia, lo que llevó a la agencia a reforzar sus protocolos de verificación y uso de fuentes anónimas.

Conclusión

NO VERIFICABLE:  La afirmación sobre financiamiento de campañas de Luisa González por narcotráfico venezolano no puede ser verificada. Se basa únicamente en fuentes anónimas citadas por CBS News, sin confirmación oficial de autoridades estadounidenses. 

Esta verificación fue realizada en el marco del proyecto Red de Jóvenes Verificadores del Ecuador 2024-2025.

La OEA registró incidentes aislados con la tinta en papeletas, pero descartó fraude electoral

¿Qué verificamos?

Una declaración del expresidente Rafael Correa realizada el 2 de septiembre de 2025 en el programa Hablando Claro con Nelson Salazar. En esa entrevista, Correa afirmó respecto a supuestas irregularidades en las elecciones generales de 2025: “Esto lo dijo la OEA. Dijo que se traspasaba la tinta de una opción política a otra”.

¿Por qué es impreciso?

Si bien el informe preliminar de la Misión de Observación Electoral de la OEA sí señaló algunos casos de transferencia de tinta entre candidaturas, determinó que fueron incidentes «aislados» resueltos en las mesas con presencia de las dos delegaciones políticas. Además, insistió que dicho inconveniente no alteró los resultados oficiales que publicó el Consejo Nacional Electoral (CNE). Incluso, en un comunicado posterior aclaró que no hubo alguna candidatura en específico que se benefició de esa transferencia de tinta.

¿Qué dice la evidencia?

  • Un informe preliminar: La Misión de Observación Electoral de la OEA mencionó en un informe preliminar de la observación electoral, la transferencia de tinta. Detalló que hubo inconvenientes que generaron confusión y en algunos casos, anulación de votos. Sin embargo, no determinaron que haya representado un cambio significativo que alterara los resultados numéricos publicados por el CNE. 
  • Situación resuelta en los recintos: Once días después de difundir el informe preliminar, la Misión de la OEA aclaró que en casi todos los casos las juntas resolvieron el inconveniente con presencia de ambas delegaciones políticas y respetaron la clara voluntad del votante, según el comunicado.
  • Problema sin preferencia de candidato: La postura del expresidente Correa se basa en lo mencionado por la Misión de la OEA, concluyendo que ese problema solo benefició a Daniel Noboa y perjudicó la candidatura de Luisa González. Sin embargo, el comunicado de la misión señaló que el percance pudo haber afectado a ambas candidaturas por igual, sin beneficiar a una en particular. 
  • Narrativa de fraude: La Misión de la OEA reconoció y aprobó —al igual que otras misiones de observación electoral— los resultados numéricos de las elecciones presidenciales de abril de 2025. Además, señaló que no hay fundamentos para sostener la idea de una narrativa de fraude o manipulación de resultados.
  • Desequilibrio en la contienda: Algo que sí manifestó esta misión y otras más, fue una inequidad en la campaña electoral. Allí se mencionó el uso indebido de recursos públicos, y lagunas legales, como el uso discrecional de licencias políticas por parte del presidente Noboa. Sin tener claro las figuras correspondientes de “presidente” y “candidato”.

Contexto importante

El expresidente Rafael Correa utiliza la narrativa de la supuesta “tinta transferible” como base para sostener que existió un fraude electoral en las presidenciales de 2025. Esta hipótesis ha resurgido recientemente con la difusión de un contenido audiovisual en el que asegura explicar cómo se habría “construido el mega fraude electoral en Ecuador 2025”.

En ese material, Correa asegura que la tinta podría haberse transferido de la candidatura de González a la de Noboa. También alude a cambios de esferográficos sin los procedimientos correspondientes, a la supuesta improbabilidad de la diferencia de votos registrada y a la existencia de un fraude sistemático que habría favorecido al presidente Daniel Noboa. Lupa Media no ha podido verificar de forma independiente la evidencia propuesta por el exmandatario y un supuesto fraude electoral.

Además de la Misión de la OEA, otras organizaciones observaron la contienda electoral y legitimaron los resultados oficiales publicados por el CNE. Entre estas misiones estuvieron: el Parlamento del Mercosur, La Unión Europea, la Asociación de Magistradas Electorales de las Américas y la Conferencia Permanente de Partidos Políticos de América Latina y el Caribe, entre otras más.

Conclusión

IMPRECISO: Lo que afirma el expresidente Correa es impreciso, porque toma parcialmente lo señalado por la Misión de Observación Electoral de la OEA y lo presenta como una prueba de fraude. En realidad, el organismo reconoció que existieron inconvenientes con la tinta, pero aclaró que estos fueron solucionados en las mesas con presencia de las dos delegaciones políticas, no alteraron el resultado final y no favorecieron a un candidato específico. Además, la misión y otras instancias internacionales validaron los resultados numéricos publicados por el CNE, descartando la narrativa de fraude.

Delincuentes no celebraron el triunfo de Noboa con disparos al aire

¿Qué verificamos?

Un video viral que supuestamente muestra a varios hombres realizando disparos al aire para celebrar el triunfo de Daniel Noboa en las elecciones presidenciales del 13 de abril de 2025.

¿Por qué es completamente falso?

El video de los disparos al aire no fue grabado tras la victoria de Daniel Noboa como nuevo presidente de Ecuador. Circuló por primera vez a finales de abril e inicios de mayo de 2024. El contenido no guarda relación alguna con las elecciones presidenciales de 2025.

¿Qué dice la evidencia?

  • La búsqueda inversa de imágenes vinculó el video con reportajes de Primicias y un reportaje de Ecuavisa publicados en mayo de 2024.
  • Según las autoridades policiales, el video se viralizó inicialmente el 30 de abril de 2024.
  • El coronel Roberto Santamaría de la Policía Nacional informó que se capturaron dos sospechosos tras operativos realizados en Flor de Bastión el 1 de mayo de 2024.
  • Las autoridades confirmaron que los disparos estaban relacionados con «un festejo de cumpleaños con juegos pirotécnicos y armas largas», no con eventos electorales.
  • Lupa Media consultó directamente con la Policía Nacional, que confirmó el caso pero indicó no tener información adicional sobre el incidente de 2024.

Contexto importante

El sector de Flor de Bastión en Guayaquil es conocido por la presencia de grupos delictivos que disputan el control territorial por su acceso estratégico a rutas hacia los puertos. Según la Policía Nacional, en esta zona los delincuentes suelen transportar armas en tricimotos custodiadas por motocicletas.

Esta desinformación circula en el contexto post-electoral después de los comicios del 13 de abril de 2025, donde Daniel Noboa resultó ganador con el 55,60% de los votos frente al 44,40% obtenido por Luisa González. Aunque la candidata de la Revolución Ciudadana cuestionó los resultados y solicitó un recuento, varias misiones de observación electoral rechazaron la existencia de fraude.

Durante la jornada electoral, la Policía Nacional reportó 66 personas aprehendidas, 11 armas de fuego y 42 armas blancas incautadas y la retención de 124 automotores y motos. 

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: El video viral que muestra disparos al aire no tiene relación con la victoria electoral de Daniel Noboa en 2025. Este contenido circuló originalmente entre abril y mayo de 2024, casi un año antes de las elecciones presidenciales.

Video de Jaime Nebot criticando a Correa no actual

¿Qué verificamos?

Un contenido viral publicado el 13 de abril de 2025 que comparte un video en el que el exalcalde de Guayaquil, Jaime Nebot, menciona «el país de Correa se acabó. Está volviendo a ser el Ecuador que queremos. Libre, justo, aguerrido, solidario y unido…».

¿Por qué es mayormente falso?

Si bien la declaración de Nebot fue real, no es actual ni se refiere a las elecciones de 2025. El video original fue difundido el 25 de junio de 2015 en medio de marchas contra el gobierno del entonces presidente Rafael Correa.

¿Qué dice la evidencia?

  • Una búsqueda inversa de imágenes con Google Lens arrojó múltiples resultados de la desinformación en redes sociales como X, Facebook y YouTube.
  • El video que circula ahora fue subido el 12 de abril de 2025 por un portal digital. Aunque su descripción menciona que es antiguo, tiene sobreimpresa la fecha «12-04-2025«, generando confusión.
  • La misma búsqueda inversa de imágenes permitió encontrar el video original de Jaime Nebot que fue subido a su cuenta de YouTube el 25 de junio de 2015.
  • El video original dura 42 minutos y específicamente a partir del minuto 36:00, Nebot menciona las mismas declaraciones del video viral.

Contexto importante

El discurso de hace 10 años tuvo lugar durante marchas en Guayaquil convocadas por el entonces alcalde Jaime Nebot en contra de políticas del gobierno de Rafael Correa. Miles de personas protestaron contra el proyecto de Ley de Herencia y Plusvalía, que Correa retiró temporalmente para evitar que «determinados grupos provoquen mayor violencia».

Esta desinformación ocurre en el contexto de las recientes elecciones presidenciales de Ecuador llevadas a cabo el 13 de abril de 2025. Con el 97,53% de las actas escrutadas, Daniel Noboa ganó las elecciones con una diferencia de aproximadamente 11 puntos sobre su rival por la Revolución Ciudadana, Luisa González. Hasta el corte del mediodía del 14 de abril, Noboa contó con 5.756.257 votos, una diferencia de más de un millón comparado con los 4.588.191 votantes que eligieron a González.

Alrededor de las 20:40 del domingo 13 de abril, el Consejo Nacional Electoral anunció que con el procesamiento de más del 90% de las actas habría una tendencia irreversible. El ente electoral reconoció la victoria de Daniel Noboa y María José Pinto como su binomio presidencial. Sin embargo, González anunció que no reconoce los resultados y solicitó un recuento de votos.

Conclusión

MAYORMENTE FALSO: El video de Jaime Nebot criticando a Rafael Correa data de 2015, durante protestas contra las Leyes de Herencia y Plusvalía, y no del contexto electoral actual de 2025. La sobreimpresión de una fecha reciente («12-04-2025») en el video genera confusión sobre su temporalidad.

Es falso que 773.235 electores votaran por Luisa González en Europa

¿Qué verificamos?

Una publicación viral en redes sociales muestra una supuesta gráfica con logos del Consejo Nacional Electoral (CNE) que afirma que Luisa González, candidata de la RC, ganó las elecciones presidenciales en Europa con 773.235 votos.

¿Por qué es completamente falso?

La gráfica viral atribuida al CNE presenta cifras imposibles: los supuestos 773.235 votos para González en Europa superan el total de ecuatorianos empadronados en el exterior (456.485). Además, los datos oficiales del CNE confirman que Daniel Noboa, no González, ganó en la circunscripción de Europa, Asia y Oceanía.

¿Qué dice la evidencia?

  • No existe ninguna publicación en los canales oficiales del CNE (sitio web, redes sociales) que muestre resultados similares a los de la gráfica viral.
  • La gráfica desinformativa utiliza logos del CNE, pero no corresponde al diseño institucional utilizado por el organismo electoral en sus comunicaciones oficiales.
  • El Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana confirma que Ecuador registra 456.485 votantes residentes en el exterior, cifra muy inferior a los supuestos 773.235 votos solo en Europa que muestra la imagen manipulada.
  • Los datos oficiales del CNE, actualizados hasta las 09:25 del 14 de abril de 2025, muestran que en Europa, Asia y Oceanía:
    • Daniel Noboa (ADN) obtuvo 55.520 votos
    • Luisa González (RC) recibió 41.842 votos
  • El número total de votantes que acudieron a las urnas en Europa, Asia y Oceanía fue de 103.348 personas, muy lejos de las cifras presentadas en la gráfica falsa.

Contexto importante

La desinformación circula en el marco de la segunda vuelta electoral celebrada el domingo 13 de abril de 2025. El CNE anunció esa misma noche que, con más del 90% de las actas escrutadas, se marcó una tendencia irreversible a favor de Daniel Noboa, candidato de ADN, quien resultó ganador de las Elecciones Generales del 2025.

España concentra el 70% de los electores ecuatorianos registrados en Europa, Asia y Oceanía, con 189.654 ciudadanos habilitados para votar, lo que representa un 42% del total de votantes ecuatorianos en el exterior.

Conclusión


COMPLETAMENTE FALSO: La supuesta gráfica con logos del CNE que afirma que Luisa González ganó en Europa con 773.235 votos es una manipulación. Esta cifra supera el número total de ecuatorianos empadronados para votar en Europa, Asia y Oceanía (235.938) e incluso el total de votantes en el exterior (456.485). Los datos oficiales confirman que Noboa, no González, ganó en esta circunscripción.

¿Se pueden falsificar las papeletas en Ecuador? ¿Cómo saber si tu voto está protegido?

A pocos días de una elección reñida, han comenzado a circular en redes sociales rumores sobre papeletas falsificadas que supuestamente favorecen a uno u otro candidato. Pero ¿qué tan fácil es realmente falsificar una papeleta en Ecuador? ¿Cómo saber si la que tienes en las manos es oficial? ¿Puede alguien meter papeletas falsas en las urnas sin que se note?

Aquí te explicamos cómo se garantiza la seguridad del voto y qué mecanismos hacen improbable cualquier intento de fraude con papeletas.

¿Qué seguridad tienen las papeletas?

Para la segunda vuelta de las elecciones generales de 2025, el Consejo Nacional Electoral (CNE) anunció la impresión de 13.742.221 papeletas. Estas fueron elaboradas por el Instituto Geográfico Militar (IGM), bajo estándares internacionales de seguridad.

Cada papeleta cuenta con múltiples mecanismos que impiden su falsificación, entre ellos:

  • Efectos anticopia
  • Efectos antiescaner
  • Microtextos (necesitan de lupas especiales para su verificación)
  • Tramados de seguridad
  • Códigos QR únicos con información de cada documento
  • Estructuras de alta complejidad

Incluso las papeletas tienen un diseño que cuenta con tinta invisible que únicamente reacciona a la luz ultravioleta. Las estructuras complejas evitan que se realice duplicación o escaneos de las papeletas de votación. Estos elementos permiten detectar cualquier intento de copia o manipulación, tanto a simple vista como con herramientas técnicas.

¿Quién protege las papeletas?

Desde el momento en que se imprimen hasta el cierre de las elecciones, las papeletas están bajo custodia de las Fuerzas Armadas del Ecuador. Ellos controlan el acceso a las áreas de producción, supervisan la transportación y vigilan que los paquetes electorales lleguen de forma segura a cada recinto.

Además, el ECU 911 monitorea en tiempo real toda la cadena logística, incluyendo el día de las votaciones.

¿Y qué pasa si alguien intenta meter papeletas falsas?

Aunque el escenario es improbable, es importante saber que el sistema electoral está preparado para detectarlo. Los miembros de las Juntas Receptoras del Voto (MJRV) cuentan uno a uno los votos y comparan el total de papeletas con el número de personas que sufragaron en ese recinto.

Si, por ejemplo, votaron 40 personas y hay 45 papeletas, los MJRV deben revisar cada una para verificar su autenticidad. Las papeletas oficiales se identifican fácilmente por sus medidas de seguridad. Las falsas, por tanto, no pasan el conteo.

Las actas de escrutinio toman en cuenta la cantidad total de votos por cada candidatura y también aquellos que se cataloguen como nulos o blancos. Luego la Policía Nacional se encarga de transportar a los Centros de Digitalización de Actas (CDA) para que puedan ser escaneadas y luego transmitidas a un Centro de Datos Principal.

En estos procesos el CNE posee medidas de ciberseguridad como enlaces cifrados o encriptados en el sistema de escrutinio y la posterior publicación de resultados.

Según el Código Orgánico Integral Penal (COIP), la persona que falsifique una papeleta puede enfrentar una pena de entre 5 y 7 años de prisión.

Desinformación recurrente

Desde Lupa Media hemos identificado y desmentido, en múltiples elecciones, contenidos virales que buscan sembrar dudas sobre la legitimidad del voto. La narrativa de fraude —incluida la supuesta clonación de papeletas— es una estrategia desinformativa que se repite constantemente en procesos electorales en América Latina.

En Ecuador, durante estas elecciones y también en las anticipadas de 2023, han circulado afirmaciones falsas sobre papeletas adulteradas o copiadas, especialmente en redes sociales.

El Consejo Nacional Electoral (CNE) ha respondido públicamente para aclarar la situación:

Este tipo de narrativas de fraude no son nuevas. Aparecen cada vez que se vive una contienda electoral reñida y tienen un objetivo claro: debilitar la confianza ciudadana en el sistema democrático y sus instituciones.

No es la primera vez que circula, ni será la última. La clave está en verificar antes de compartir.

El CNE no ha suspendido las multas por no votar en Manabí para las elecciones 2025

¿Qué verificamos?

Un supuesto comunicado oficial del Consejo Nacional Electoral (CNE) que circula desde el 10 de marzo de 2025, afirmando que los ciudadanos de Manabí no serán multados si no ejercen su voto en las próximas elecciones generales.

¿Por qué es completamente falso?

El CNE no ha emitido dicho comunicado y ha desmentido explícitamente esta información a través de sus canales oficiales. Además, el Código de la Democracia establece claramente que toda persona con obligación de votar que no lo haga deberá pagar una multa equivalente al 10% de un salario básico unificado, sin excepciones para provincias específicas.

¿Qué dice la evidencia?

  • La búsqueda inversa de imágenes muestra que el comunicado comenzó a circular en X después de que el alcalde de Guayaquil, Aquiles Álvarez, lo compartiera solicitando verificación al CNE.
  • La desinformación utiliza incorrectamente el logo oficial del CNE y presenta inconsistencias en su formato y redacción respecto a los comunicados oficiales del organismo.
  • El CNE desmintió explícitamente el contenido el 12 de marzo de 2025 en sus cuentas oficiales de X, Facebook e Instagram, recordando que «el voto en Ecuador es obligatorio por mandato constitucional».

De acuerdo al artículo 292 del Código de la Democracia indica que las personas que tengan la obligación de votar y no lo hagan, serán multadas con el equivalente al 10% de un salario básico unificado. Solo señala que no aplicará esta norma en casos específicos como:

Contexto importante

El pasado 10 de marzo de 2025, el presidente-candidato, Daniel Noboa, habló de este tema en una entrevista en Radio City. Allí sugirió que en las próximas elecciones, no se debería cobrar multa a las provincias afectadas por las inundaciones, debido a las dificultades de movilidad a los recintos electorales. Además, indicó que iba a solicitar al CNE que elimine la multa para las provincias que tengan emergencia declarada. Sin embargo, el organismo electoral no determinó dicha disposición y tampoco declaró que no existirá no obligatoriedad de voto para estas elecciones generales 2025. 

El próximo 13 de abril el actual presidente Daniel Noboa compite en contra de la representante de la Revolución Ciudadana, Luisa González. Luego de una ajustada primera vuelta en la que solo hubo una diferencia de 0.17% de los votos entre ambos presidenciables. 

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: El supuesto comunicado que exime de multas a los votantes de Manabí es falso. El CNE ha desmentido oficialmente esta información y ha confirmado que el voto sigue siendo obligatorio en todo el territorio nacional, según lo establecido en el Código de la Democracia. Cualquier cambio en la aplicación de multas requeriría una reforma legal que no se ha producido.