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Etiqueta: constitucion

Consulta Popular 2025: Asamblea Constituyente

¿Qué dice la pregunta?

La Pregunta D plantea la convocatoria de una Asamblea Constituyente con el objetivo de redactar una nueva Constitución que sustituya la aprobada en 2008.

¿Qué cambiaría?

Si la ciudadanía aprueba la pregunta:

  1. Convocatoria de elecciones: El CNE organizará elecciones para elegir a los asambleístas constituyentes dentro de los 90 días posteriores a la proclamación de los resultados.
  2. Redacción de la nueva Constitución: Los constituyentes tendrán un plazo máximo de 180 días, con una posible prórroga de 60 días, para elaborar el texto.
  3. Referendo final: La nueva Constitución se somete a votación popular. Solo entrará en vigor si obtiene la aprobación de la ciudadanía.

Mientras se redacta la nueva Constitución, la Constitución de 2008 sigue vigente y la actual Asamblea Nacional continúa funcionando normalmente, cumpliendo sus funciones hasta el final de su periodo.

Hasta ahora, no hay claridad sobre los cambios específicos que se introducirán. El presidente Daniel Noboa ha señalado que se busca reducir el número de artículos, realizar ajustes en materia penal y fomentar la inversión extranjera, pero los detalles se darán solo después de la aprobación de la pregunta.

¿Qué es una Asamblea Constituyente?

Es un mecanismo democrático que permite redactar una nueva Constitución, no solo reformarla. Sirve para redefinir la estructura del Estado, los derechos y deberes de la ciudadanía y el diseño institucional.

El artículo 444 de la Constitución actual establece que la Asamblea Constituyente solo puede convocarse mediante consulta popular solicitada por:

  • El 12% de las personas inscritas en el registro electoral.
  • El Ejecutivo.
  • Dos tercios de la Asamblea Nacional.

Argumentos a favor y en contra

El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó a 15 organizaciones políticas para hacer campaña sobre esta pregunta:

  • 6 a favor del Sí
  • 9 a favor del No

A favor (Sí):

  • CREO: Busca simplificar el sistema político y modificar la Constitución 2008, que consideran “extremadamente garantista”.
  • Presidente Daniel Noboa: Destaca la posibilidad de cambios en materia penal, una Constitución más sencilla y clara, con 180 artículos que protejan los derechos de la ciudadanía.
  • Lucio Gutiérrez (Sociedad Patriótica): Señala que la Constitución actual no ha evitado delincuencia internacional ni problemas educativos.

En contra (No):

  • Revolución Ciudadana: La Constitución de 2008 logró avances históricos y proteger derechos; advierten que un nuevo texto podría quitar derechos y concentrar el poder en las élites.
  • Andrés Quishpe (UNE): Considera que la Asamblea estaría dominada por las principales fuerzas políticas y no resolvería problemas estructurales como trabajo, seguridad o salud.
  • CONAIE: Coincide en que el proceso no resolvería problemas actuales y costaría millones que podrían destinarse a necesidades urgentes, como hospitales.

Posibles escenarios

Si gana el Sí:

  1. Elección de constituyentes: Se realizan elecciones dentro de los 90 días posteriores a la consulta.
  2. Instalación de la Asamblea: Los miembros trabajan hasta 8 meses, redactando la nueva Constitución.
  3. Referendo final: La ciudadanía aprueba o rechaza el nuevo texto.

Si gana el No:

  • El Gobierno deberá recurrir a reformas o enmiendas para introducir cambios.
  • No se convoca la Asamblea Constituyente y la Constitución de 2008 sigue vigente.

Narrativas desinformativas

Categoría Completamente Falso “La Asamblea Constituyente puede ser de plenos poderes”

No, según la Corte Constitucional, no existe la figura de una Constituyente de “plenos poderes”. Esta modalidad no está reconocida en la Constitución y contradice el principio republicano de separación de poderes. “Esto afecta el principio de división de funciones y porque va en contra del principio democrático y republicano de gobierno” comentó a Lupa Media la abogada constitucionalista Verónica Hernández.

La Corte ha rechazado varias solicitudes que buscaban otorgar facultades ilimitadas a la Asamblea. Sosteniendo que esto implicaría que el órgano actúe sin restricciones legales ni institucionales.

Fuentes:
X – Verónica Hernández – 17/09/2025
Consulta a Verónica Hernández – Abogada constitucionalista
Corte Constitucional – Dictamen 11-25-RC/25B

Categoría Completamente Falso “La nueva Constituyente puede abolir el matrimonio igualitario y el aborto por violación”

No, estas decisiones no pueden eliminarse porque violarían el principio de progresividad y la prohibición de retroceso en derechos fundamentales. Al redactar una nueva Constitución se deben respetar principios democráticos y derechos reconocidos, incluyendo opiniones consultivas de la Corte Interamericana sobre igualdad y no discriminación.

La actual Constitución determina que el contenido de los derechos debe desarrollarse de forma progresiva por medio de la normas, la jurisprudencia y las políticas públicas. Incluso, cataloga como inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya injustificadamente el ejercicio de los derechos.

Fuentes:
Consulta a Verónica Hernández – Abogada constitucionalista
Consulta a Gonzalo Muñoz – Abogado constitucionalista
Corte Constitucional del Ecuador – Sentencia No. 34-19-IN/21
Corte Constitucional del Ecuador – Sentencia No. 11-18-CN/19

Categoría Completamente Falso “Casos como la pena de muerte pueden aprobarse en la nueva Constituyente”

No es posible, porque Ecuador ha firmado tratados internacionales que prohíben la pena de muerte, como el protocolo facultativo sobre su erradicación y la Convención Americana de Derechos Humanos, indica Hernández.

Además, el artículo 66 de la Constitución actual prohíbe acciones regresivas sobre derechos fundamentales. El abogado constitucionalista, Gonzalo Muñoz, afirma que “no pueden incorporarse en ese texto constitucional cuestiones que vayan en contra de los principios de una sociedad democrática”.

Fuentes:
Constitución del Ecuador
Consulta a Verónica Hernández – Abogada constitucionalista
Consulta a Gonzalo Muñoz – Abogado constitucionalista

Categoría Completamente Falso “Esta nueva Asamblea Constituyente puede llevarse a cabo de manera exprés y rápida”

No, el proceso tiene pasos y tiempos específicos: solicitud a la Corte, aprobación, referendo de convocatoria, elección de constituyentes, redacción de la Constitución y referendo final. Esto puede tardar varios meses o incluso años. El estatuto enviado a la Corte debe detallar los plazos.

La propuesta de Noboa fijó una duración de 180 días, con una prórroga posible de 60 días , es decir, aproximadamente un total de 8 meses para la redacción del nuevo texto a partir de que se establezca la primera sesión de la Asamblea Constituyente.

Fuentes:
Constitución del Ecuador
CNE – Voto informado

La Universidad de Cambridge no calificó la Constitución ecuatoriana como la cuarta mejor del mundo

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¿Qué verificamos?

Una publicación viral afirma que la Universidad de Cambridge realizó un estudio sobre las mejores constituciones del mundo y concluyó que la Constitución de Ecuador ocupa el cuarto lugar a escala global.

¿Por qué es impreciso?

Ecuador sí aparece en el cuarto lugar del ranking del Proyecto de Constituciones Comparadas (CCP). Sin embargo, este estudio no fue realizado por la Universidad de Cambridge, sino por el CCP, una organización académica independiente que analiza textos constitucionales a nivel mundial.

¿Qué dice la evidencia?

  • El origen: Una búsqueda inversa de la imagen con Google Lens permitió identificar que la fotografía que acompaña la publicación viral proviene de un estudio comparativo internacional sobre constituciones, difundido en México por la agencia consultora TResearch, la empresa López-Dóriga Digital y el Grupo Fórmula.
  • El estudio original: El informe citado se basa en una clasificación constitucional elaborada por el Proyecto de Constituciones Comparadas (CCP, por sus siglas en inglés). Esta investigación —actualizada por última vez en 2016— considera varios indicadores, entre ellos el alcance, la extensión del texto, los derechos humanos, el poder ejecutivo, el poder legislativo y la independencia judicial. Esta ranking no evalúa cuál es “la mejor” Constitución del mundo, sino qué tan completa o amplia es en su contenido textual.
  • Metodología: Para asignar puntuaciones y elaborar la clasificación, el CCP toma como referencia el texto “La resistencia de las constituciones nacionales”, publicado por la Universidad de Cambridge en 2009. Además, calcula el porcentaje de cumplimiento de 70 temas principales definidos por la propia base de datos del proyecto, presentes en las constituciones de distintos países. Ambos escritos fueron publicados por los directores de la CCP:
    • Zachary Elkins – Universidad de Texas – Departamento de Gobierno
    • Tom Ginsburg – Universidad de Chicago – Facultad de Derecho
    • James Melton – Instituto IMT de Estudios Avanzados – Produce datos sobre las constituciones del mundo
  • El caso de Ecuador: En este estudio, la Constitución de Ecuador se ubica como la cuarta con mejor índice de alcance y la que más número de derechos humanos posee. 
    • Ecuador cubre el 79% de los 70 temas principales analizados, por su extensión (444 artículos) y su amplio catálogo de derechos humanos, colectivos y de la naturaleza.
    • Su alta posición refleja amplitud normativa y alcance temático, no una calificación de “la mejor Constitución”.
  • Una publicación independiente: El CCP es una organización sin fines de lucro que utiliza las variables del libro mencionado para elaborar rankings comparativos de constituciones a nivel mundial. Sin embargo, no se trata de un estudio ni de una investigación realizada directamente por la Universidad de Cambridge.
  • Desinformación sin aclarar: Tanto las publicaciones virales como el video difundido por López-Dóriga atribuyen erróneamente el estudio a la Universidad de Cambridge, cuando en realidad fue elaborado por el Proyecto de Constituciones Comparadas.

Contexto importante

Esta desinformación circula en medio del debate sobre la posible convocatoria a una Asamblea Constituyente. El presidente Daniel Noboa impulsó esta iniciativa con el argumento de reformar el sistema político y de seguridad. La Corte Constitucional calificó la propuesta y el país votará en referéndum el 16 de noviembre de 2025 para decidir si se redacta una nueva Constitución.

La Constitución vigente, aprobada en 2008 en Montecristi durante el gobierno de Rafael Correa, es una de las más extensas de la región (444 artículos) y se caracteriza por su enfoque garantista: reconoce un amplio catálogo de derechos sociales y colectivos e incluye el principio de que los derechos están por encima de las actuaciones del poder público.

A lo largo de sus 17 años ha recibido críticas por su extensión y rigidez, la distribución de competencias entre funciones del Estado y el diseño de órganos de control y justicia, considerados por algunos como susceptibles a la influencia política.

Expertos recuerdan que, si se aprueba una nueva Constitución, no puede convertirse en un órgano de plenos poderes ni incorporar disposiciones que impliquen regresión de derechos, pues debe respetar la progresividad de los derechos, la dignidad humana y los tratados internacionales.

Conclusión

IMPRECISO:  Ecuador ocupa el cuarto lugar en un ranking de constituciones, pero el estudio lo elaboró el Proyecto de Constituciones Comparadas (CCP), una organización académica independiente, no la Universidad de Cambridge. Atribuir el ranking a Cambridge distorsiona la fuente y le otorga una autoridad que no corresponde.

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