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Etiqueta: consejo judicatura

Motivaciones para censurar a Mario Godoy: qué se incluyó y qué quedó fuera

¿Por qué fue enjuiciado?

El proceso fue impulsado por asambleístas de la bancada de la Revolución Ciudadana, quienes sostuvieron que, durante su gestión, Godoy no cumplió obligaciones propias de su cargo. Las acusaciones se centraron en presuntas interferencias en la función judicial, fallas en el control disciplinario y omisiones frente a riesgos contra jueces.

El 13 de febrero, la Comisión de Fiscalización aprobó el informe y lo remitió al Pleno para el debate. Durante la sesión del 18 de febrero, la Asamblea analiza si existen o no elementos de responsabilidad política, sin que la renuncia previa de Godoy suspendiera el trámite que lo sancionaría con dos años de suspensión para ejercer cargo público. .

Las seis motivaciones analizadas

Cuatro de las seis motivaciones están vinculadas a la denuncia del juez Carlos Serrano. El informe enviado para el juicio político, señaló que las pruebas revisadas mostraron que las acciones de Mario Godoy Naranjo no garantizaron su seguridad ni independencia, y que las medidas adoptadas no ofrecieron protección efectiva.

1. Presunta interferencia en el caso “Euro 2024”

El caso involucra al ciudadano serbio Jezdimir Srdan, procesado por lavado de activos. Audios difundidos públicamente revelaron presiones del entonces director provincial del Consejo de la Judicatura en Pichincha, Henry Gaibor, dirigidas al juez anticorrupción Carlos Serrano.

Los interpelantes sostuvieron que Godoy no adoptó acciones oportunas para prevenir, investigar o sancionar estas presiones. Godoy indicó que se trató de actuaciones personales de Gaibor, realizadas sin su autorización ni conocimiento.

2. Omisión en la protección del juez Carlos Serrano

Tras dictar sentencia, el juez Carlos Serrano recibió amenazas directas en audiencia. La Policía emitió una alerta de riesgo y recomendó medidas de protección. Posteriormente, el juez solicitó apoyo al Consejo de la Judicatura y no obtuvo una respuesta que consideró suficiente. Luego presentó su renuncia y salió del país.

Los acusadores sostuvieron que Godoy no activó mecanismos institucionales eficaces para proteger al juez. Godoy indicó que la seguridad física corresponde al Ministerio del Interior.

3. Encubrimiento institucional mediante aceptación de renuncias

Luego de la difusión de los audios, el Consejo aceptó la renuncia de Henry Gaibor. Para los acusadores, esta decisión evitó un proceso disciplinario y cerró el caso internamente.

Godoy sostuvo que aceptar la renuncia permitió la salida inmediata del funcionario y no impidió investigaciones penales o de control.

4. Falta a la verdad en comunicaciones oficiales

El informe cuestionó declaraciones públicas de Godoy sobre la renuncia del juez Serrano, en las que señaló que no podía aceptarse sin completar sentencias escritas previas. Es decir, no se habría priorizado la seguridad de Serrano, sino los requisitos legales dentro de otros procesos judiciales.

5. Posible conflicto de intereses por la actuación de su cónyuge

La abogada Dolores Vintimilla, cónyuge de Godoy, actuó como defensora técnica de un procesado en el caso “Euro 2024”. Godoy afirmó que ese patrocinio ocurrió antes de asumir la presidencia del Consejo de la Judicatura.

Los interpelantes señalaron que en el expediente constan notificaciones posteriores y que, aun si la defensa fue previa, existía la obligación de transparentar el vínculo y aplicar medidas preventivas para evitar un posible conflicto de intereses.

6. Denuncia de presiones en el caso Abad – jueza Nubia Vera

La jueza Nubia Vera declaró que, mientras tramitaba una acción de protección presentada por la entonces vicepresidenta Verónica Abad, recibió presiones de funcionarios administrativos del Consejo de la Judicatura, quienes le habrían entregado insumos para la redacción de la sentencia.

Godoy sostuvo que la jueza resolvió a favor de Abad y que ese resultado evidenciaría la inexistencia de una interferencia efectiva.

¿Qué temas quedaron fuera?

Durante el trámite se intentó incorporar hechos adicionales que no fueron admitidos. Entre ellos, el caso de Samantha Lozada. El presidente de la Comisión de Fiscalización, Ferdinan Álvarez, explicó que la ley impide agregar hechos nuevos después de presentada la solicitud, para no vulnerar el derecho a la defensa.

También se rechazó:

  • Documentación no anunciada inicialmente, por incumplir el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
  • Prueba testimonial sobre hechos ajenos a las causales calificadas, como la designación de autoridades o el denominado “Caso Triple A”.
  • 23 notas periodísticas, que solo acreditan la existencia de publicaciones, no la veracidad de los hechos ni la responsabilidad política.

Detalles en el cambio de la presidencia temporal de la Judicatura

1. El inicio de todo: el proceso en la Asamblea contra Mario Godoy

La solicitud de juicio político contra Mario Godoy fue presentada por presunto incumplimiento de funciones y por denuncias de presiones en procesos judiciales, entre ellos el caso del juez Carlos Serrano, quien afirmó haber sido presionado para fallar a favor del ciudadano serbio Jezdimir Srdan, procesado por lavado de activos y delincuencia organizada.

El Consejo de Administración Legislativa (CAL) calificó el pedido y lo remitió a la Comisión de Fiscalización y Control Político, que evalúa pruebas y requisitos constitucionales para emitir un informe. El presidente de la comisión, Ferdinan Álvarez, indicó que el informe podría presentarse entre el 15 y el 20 de febrero de 2026.

En paralelo, Godoy solicitó licencia sin remuneración del 8 al 13 de febrero, con vacaciones el 14 y 15 de febrero. La licencia no implica destitución, pero obliga a definir quién ejerce la presidencia temporal.

2. La sucesión y el caso de Alexandra Villacís

Según el orden interno del Consejo, la presidencia temporal debía recaer en Alexandra Villacís, vocal suplente. El Consejo resolvió que no podía asumir, al considerar que tenía impedimentos legales para ejercer cargos públicos.

El argumento se basó en un reporte del Ministerio de Trabajo que registraba impedimentos vinculados a obligaciones con entidades del sector público, reportadas por el SRI. Villacís sostuvo que no tiene inhabilitación vigente y presentó un certificado del SRI del 9 de febrero que indica que no registra deudas en firme.

Durante la sesión extraordinaria realizada en la madrugada del 10 de febrero, la directora nacional de Talento Humano del Consejo de la Judicatura, Janneth Vinueza, informó que pasadas las 23:00 del 9 de febrero se recibió el certificado de Alexandra Villacís que acredita que no mantiene deudas tributarias. No obstante, la funcionaria precisó que ese documento no equivale al certificado de no tener impedimentos legales, por lo que la inhabilitación se mantenía vigente.

La mañana del 10 de febrero, Lupa Media verificó que en la plataforma del Ministerio de Trabajo constaban dos causales de impedimento: “mora con el sector público” y “deudas a entidades del sector público”.

Captura de causales de impedimento para ejercer cargos públicos – Caso de Alexandra Villacís

3. Una sesión extraordinaria a medianoche: la designación de Damián Larco

Tras descartar la sucesión de Villacís, cuatro vocales principales del Consejo de la Judicatura convocaron una sesión extraordinaria en horas de la madrugada: Alfredo Cuadros, Fabián Fabara, Damián Larco y Magaly Ruiz.

La reunión realizada pasada la medianoche del 10 de febrero de 2026 y allí se resolvió designar a Damián Larco (exdirector del SRI) como presidente temporal del organismo, con el objetivo de cubrir la ausencia de Mario Godoy mientras dure su licencia.

Aunque el Consejo señaló que actuó dentro de sus atribuciones, el procedimiento generó discusión por el momento de la convocatoria y por el criterio aplicado para definir la sucesión.

Por su parte, el Consejo de Participación Ciudadana y Control Político (CPCCS), agendó una sesión extraordinaria para las 16h00 de este martes 10 de febrero para determinar la selección de vocal suplente que reemplazará a Villacís para evitar que el cargo quede sin suplencia.

La sesión tiene como objetivo conocer varios oficios relacionados con el mecanismo de selección del vocal suplente proveniente de la Corte Nacional de Justicia (CNJ). En ese marco, la CNJ debe remitir una terna de candidatos que podrían reemplazar a Alexandra Villacís.

4. La importancia de lo que pasa en la Judicatura

El Consejo de la Judicatura es uno de los órganos más importantes del Estado, porque es el encargado de gobernar, administrar, vigilar y disciplinar a toda la Función Judicial. Aunque no dicta sentencias ni resuelve casos concretos, sí define cómo funciona el sistema de justicia en su conjunto.

Desde la Judicatura se toman decisiones que inciden directamente en aspectos clave como:

  • Los procesos de selección de la función judicial, a través de concursos, evaluaciones y nombramientos;
  • Cómo se organizan los juzgados, tribunales y cortes en todo el país;
  • Bajo qué condiciones trabajan jueces, fiscales y servidores judiciales, tanto en lo administrativo como en lo disciplinario.
Funciones del Consejo de Judicatura en la Constitución de la República

5. Administración de justicia e independencia judicial

Entre las principales atribuciones del Consejo de la Judicatura están la administración de la carrera judicial y la gestión integral del sistema de justicia. Esto incluye, entre otras funciones:

  • Organizar y ejecutar los procesos de selección, evaluación, ascenso y sanción de jueces y servidores judiciales;
  • Examinar y aplicar sanciones a jueces, servidores judiciales y demás funcionarios que incurran en infracciones disciplinarias;
  • Administrar el presupuesto de la Función Judicial, lo que determina la capacidad operativa de juzgados y tribunales;
  • Crear, modificar o suprimir juzgados, tribunales y cortes, según las necesidades del sistema;
  • Dirigir el régimen disciplinario, con la facultad de investigar y sancionar faltas cometidas por operadores de justicia.
Funciones del Consejo de Judicatura en el Código Orgánico de la Función Judicial – Primeras 7 funciones

Por ello, la forma en que se toman las decisiones internas —incluida la designación de autoridades o presidencias temporales— resulta clave para entender cómo se equilibra el control institucional con la autonomía e independencia de los jueces, especialmente en contextos de crisis o disputas políticas.

6. Qué sigue

Hay dos procesos en curso:

  • En la Asamblea, la Comisión de Fiscalización debe decidir si recomienda al Pleno iniciar el juicio político contra Godoy. El informe se prevé entre el 15 y 20 de febrero.
  • En la Judicatura, Damián Larco ejerce la presidencia temporal mientras dure la licencia de Godoy, que concluiría el 15 de febrero.