Skip to main content

Etiqueta: alcalde

Aquiles Álvarez y el Caso Goleada: qué investiga la Fiscalía y por qué se ordenó prisión preventiva

Por qué fue detenido

La detención ocurrió dentro de la investigación penal conocida como Caso Goleada. La Fiscalía procesa a 11 personas por presunta delincuencia organizada.

Según la hipótesis fiscal, Álvarez y sus hermanos Antonio y Xavier habrían estructurado un esquema empresarial para desviar combustible del segmento naviero y revender diésel subsidiado a precios del mercado internacional. La Fiscalía estima un perjuicio económico al Estado de aproximadamente USD 100 millones.

La investigación menciona, entre otros indicios:

  • actuaciones por medio de empresas domiciliadas en Panamá.
  • eliminación de archivos.
  • irregularidades en guías de remisión y comercialización de combustible,
  • pagos a un funcionario de aduana,
  • adquisición de bienes.

Durante allanamientos a 11 inmuebles, las autoridades incautaron aproximadamente USD 160 mil, dispositivos electrónicos y documentos. La formulación de cargos abrió formalmente la instrucción fiscal.

Por qué se dictó prisión preventiva

En la audiencia del 11 de febrero de 2026, la Fiscalía solicitó prisión preventiva por la gravedad del delito y riesgos procesales, como posible fuga o interferencia en la investigación, con base en 20 elementos de convicción.

El juez anticorrupción aceptó el pedido. La prisión preventiva implica que los procesados permanezcan detenidos mientras dura la instrucción fiscal. La medida se aplicó a Álvarez, sus dos hermanos y otras personas procesadas; para otros se dispusieron presentaciones periódicas o arresto domiciliario. Las cuentas bancarias de los procesados fueron inmovilizadas.

Álvarez fue trasladado al centro penitenciario de Latacunga; otros procesados fueron enviados a la cárcel de Turi, en Cuenca.

La prisión preventiva es una medida cautelar, no una sentencia. Álvarez está procesado, no condenado.

Relación con el Caso Triple A

Álvarez ya enfrenta otra investigación por presuntas irregularidades en la comercialización de combustibles (Caso Triple A), en la que un juez ordenó el uso de un grillete electrónico. Ese proceso continúa en etapa de audiencia de juicio y no tiene sentencia.

El Caso Goleada aborda hechos similares, pero bajo la figura de delincuencia organizada, que requiere probar la existencia de una estructura coordinada y permanente para cometer delitos..

Qué sostiene la defensa

La defensa presentó una apelación contra la prisión preventiva. Los abogados argumentan que la medida vulnera estándares de derechos humanos y que no existían indicios de riesgo de fuga. También sostienen que podría tratarse de una doble persecución por los mismos hechos, en referencia al Caso Triple A.

Un tribunal deberá resolver la apelación y decidir si mantiene la prisión preventiva o la reemplaza por medidas alternativas, como presentaciones periódicas o prohibición de salida del país.

Qué pasa con la Alcaldía de Guayaquil

Álvarez había solicitado licencia sin sueldo antes de su detención. Según la normativa, en caso de ausencia temporal por fuerza mayor, la vicealcaldesa asume la Alcaldía de forma temporal. En este caso, Tatiana Coronel subroga el cargo.

La prisión preventiva no implica destitución automática. La remoción del cargo requiere una sentencia condenatoria ejecutoriada o un proceso administrativo específico conforme el Código Orgánico de Organización Territorial (Cootad).

Qué sigue en el proceso penal

La instrucción fiscal continúa mientras la Fiscalía recopila evidencias. El juez decidirá si llama a juicio a los procesados. Solo en un juicio se puede establecer responsabilidad penal.

Si se determina culpabilidad, la pena por delincuencia organizada puede oscilar entre 10 y 30 años de prisión, dependiendo del grado de participación y de los delitos asociados.

Un tema que generó conversación digital

La detención de Aquiles Álvarez y la decisión judicial de dictar prisión preventiva trascendieron rápidamente en la conversación digital nacional. El Caso Goleada no solo activó el debate sobre la responsabilidad penal del alcalde de Guayaquil, sino también sobre la dimensión política del proceso.

Un análisis de escucha social muestra que, entre el 9 y el 12 de febrero de 2026, el tema generó alrededor de cinco millones de interacciones en redes sociales, con un audiencia estimada de 125 millones de usuarios. La conversación se intensificó tras la confirmación de la prisión preventiva y el traslado del alcalde a un centro de privación de libertad. Un 56% de las publicaciones registraron un sentimiento negativo.

Resultados escucha social 09/02 al 12/02 con la herramientas SocialAlert

Los resultados evidencian que la difusión estuvo impulsada principalmente por publicaciones de medios de comunicación, periodistas, actores políticos locales y nacionales, así como cuentas partidarias. En ese rango de tiempo, hubo cerca de 56 mil publicaciones al respecto. Este patrón aceleró la circulación de información y posicionó el caso en la agenda pública en cuestión de horas.

Resultados escucha social 09/02 al 12/02 con la herramientas SocialAlert

La conversación digital se caracterizó por una marcada polarización. Mientras algunos usuarios respaldaron la actuación de la Fiscalía y defendieron la prisión preventiva como una medida necesaria frente a la presunta delincuencia organizada, otros cuestionaron la proporcionalidad de la medida y plantearon que el proceso tendría motivaciones políticas.

La Asamblea Nacional no puede fiscalizar a alcaldes

¿Qué verificamos?

La afirmación del asambleísta Andrés Castillo, de la bancada ADN, realizada el 20 de enero, según la cual:

“La ley y la Constitución establecen que es competencia de la Asamblea Nacional la fiscalización de los funcionarios públicos, y los funcionarios públicos son los que forman parte del Estado; por supuesto que alcaldes y concejales forman parte del Estado”.

¿Por qué es completamente falso?

Porque el hecho de que un alcalde sea funcionario público no implica que esté sujeto a fiscalización política por parte de la Asamblea Nacional.
La Constitución distingue entre autoridades del nivel nacional y autoridades seccionales, y no concede al Legislativo competencia para fiscalizar políticamente a estas últimas.

¿Qué dice la evidencia?

  • Constitución:

Art 120. La Constitución reconoce a la Asamblea Nacional facultades de fiscalización, pero delimitadas por el nivel de gobierno y por el tipo de autoridad.

Esta disposición habilita a la Asamblea a requerir información y ejercer control sobre funciones y órganos del Estado, pero no le otorga competencia general para fiscalizar políticamente a todas las autoridades públicas, ni elimina la autonomía de los gobiernos seccionales.

Art. 131. La Constitución define de manera expresa qué autoridades pueden ser sometidas a juicio político, que es el mecanismo de fiscalización política con consecuencias institucionales.

En esa lista no constan los alcaldes ni otras autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados. Esto confirma que la fiscalización política de la Asamblea no se extiende automáticamente a toda autoridad que sea funcionario público.

  • Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL)

La LOFL desarrolla las atribuciones internas de la Asamblea, pero no amplía las competencias fijadas por la Constitución.

Estas normas habilitan mecanismos de investigación y solicitud de información, pero no crean una competencia de fiscalización política vinculante sobre autoridades seccionales autónomas, ni sustituyen el régimen de autonomías previsto en la Constitución.

  • Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD)

Art. 56 es explícito: establece que el Concejo Municipal es el órgano de legislación y fiscalización del gobierno municipal. El artículo 57, literal m, señala como atribución del Concejo fiscalizar la gestión del alcalde.

  • Control Financiero

La Contraloría General del Estado es la entidad encargada de auditar y examinar la gestión financiera y administrativa de los municipios, incluidos sus alcaldes, según se estipula en la Constitución y la Ley Orgánica de la Contraloría.

  • Antecedente que confirma el límite

En 2017, la Asamblea Nacional convocó al entonces alcalde de Quito, Mauricio Rodas, por el contrato del Metro. Rodas no compareció no fue sancionado, lo que evidenció que la Asamblea carece de competencia vinculante para fiscalizar o sancionar a alcaldes.

  • Análisis expertos constitucionalistas: Cuatro expertos en derecho constitucional consultados por Lupa Media coinciden en que el control político de los municipios corresponde al Concejo Municipal como órgano legislativo local, no a la Asamblea Nacional. Señalan que la facultad de los asambleístas para solicitar información a funcionarios públicos no equivale a fiscalización ni a control político sobre autoridades seccionales.

Contexto Importante

Las declaraciones del asambleísta Andrés Castillo se dieron después de que la Asamblea Nacional aprobara una moción presentada por la bancada ADN para fiscalizar la compra de 60 trolebuses eléctricos realizada por el alcalde Pabel Muñoz.

La propuesta fue planteada por el asambleísta Xavier Ordóñez. Según la Contraloría General del Estado, la compra no se realizó mediante subasta inversa como lo recomendaba el Servicio de Contratación Pública (Sercop). El Municipio de Quito optó por un esquema de cooperación con la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS).

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: La Asamblea Nacional no tiene competencia constitucional ni legal para fiscalizar al alcalde de Quito. Los alcaldes son autoridades seccionales autónomas y no están sujetos al control político del Legislativo. La Constitución y el COOTAD establecen que la fiscalización política corresponde al Concejo Municipal y el control financiero y administrativo a la Contraloría General del Estado.

Este noticiero español sobre conflicto SERCOP-Municipio de Guayaquil fue generado con inteligencia artificial

Si recibes un mensaje similar, recuerda que puedes enviárnoslo por WhatsApp al (+593 96 239 6425) y te ayudaremos a verificarlo de manera directa y sencilla.

¿Qué verificamos?

Un video viral que circula en redes sociales muestra a dos presentadores de un supuesto noticiero español informando sobre la disputa política entre el Municipio de Guayaquil, el Gobierno de Daniel Noboa y el SERCOP por la suspensión de procesos de contratación pública. El video incluye un reportaje con un tercer periodista narrando detalles del conflicto. 

¿Por qué es completamente falso?

La búsqueda inversa también arrojó que el video fue publicado originalmente por un perfil de Instagram el 11 de diciembre de 2025. Este usuario se dedica a publicar reportajes FALSOS de diversa índole, muchos de los cuales ya han sido verificados y desmentidos previamente por Lupa Media. Dos herramientas especializadas en detección de contenido sintético—Sensity AI y Hive Moderation—arrojaron probabilidades superiores al 87% de manipulación digital. Además, no existe evidencia de que medios españoles hayan producido o emitido este contenido; la cobertura del conflicto SERCOP-Municipio de Guayaquil es exclusivamente local ecuatoriana y regional latinoamericana. ​

¿Qué dice la evidencia?

  • Búsqueda inversa de imágenes: Google Lens no identificó un noticiero exacto real ni a los presentadores originales del video viral, por lo que se trata de creaciones digitales. Sin embargo, se encontraron noticieros con formatos visuales similares (Castilla y León Televisión y FTV Bosnia), pero con diferencias en ubicación de gráficos, rasgos faciales de los presentadores y ausencia del formato de dos conductores simultáneos.
  • La búsqueda inversa también arrojó que el video fue publicado originalmente por un perfil de Instagram el 11 de diciembre de 2025. Este usuario se dedica a publicar reportajes FALSOS de diversa índole, muchos de los cuales ya han sido verificados y desmentidos previamente por Lupa Media.
  • Análisis técnico con herramientas de detección de IA: Sensity AI, plataforma especializada en detectar deepfakes y contenido generado artificialmente, identificó una probabilidad del 87,6% de que el video fue creado con IA.
  • Hive Moderation arrojó un promedio del 96,7% de probabilidad de generación artificial, tanto en el audio como en las imágenes de los presentadores.
  • Estas herramientas detectaron anomalías en sincronización labial, movimientos faciales no naturales y patrones de voz sintética.
  • Búsqueda en medios españoles: Lupa Media realizó búsquedas en portales de noticias españoles como El País, El Mundo, 20minutos, RTVE y otros medios de referencia. No se encontró ningún registro de este reportaje específico.
  • La cobertura del conflicto SERCOP-Municipio de Guayaquil proviene exclusivamente de medios ecuatorianos como Expreso, Primicias, El Universo y El Mercurio.
  • Ninguno de estos medios tiene registro de haber producido contenido sobre Ecuador o el conflicto SERCOP-Municipio de Guayaquil.

Contexto importante

Este video viral surge en el contexto de una pugna política y técnica entre el Municipio de Guayaquil, el Gobierno de Daniel Noboa y el SERCOP, que se manifiesta principalmente en la suspensión y observación de procesos de contratación pública de la entidad guayaquileña.

El Ejecutivo y el SERCOP afirman que aplican controles técnicos para garantizar legalidad y transparencia, mientras que el Municipio sostiene que existe un bloqueo político que afecta su autonomía. Según el SERCOP, decenas de procesos municipales fueron suspendidos por incumplimientos técnicos, subsanaciones pendientes o falta de oferentes, y otros fueron cancelados o declarados desiertos por el propio Municipio.

Guayaquil rechaza estos argumentos, asegura que las observaciones carecen de sustento técnico, declaró desiertos varios contratos “bajo protesta” y anunció que los volverá a publicar. Además, solicitó a la Contraloría General del Estado que revise la actuación del SERCOP.

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: El video que simula un noticiero español sobre el conflicto entre el SERCOP y el Municipio de Guayaquil fue generado con inteligencia artificial. Herramientas especializadas detectaron entre 87,6% y 96,7% de probabilidad de contenido sintético. Lupa Media no encontró evidencia de que medios españoles hayan producido este reportaje; la cobertura del conflicto proviene exclusivamente de medios ecuatorianos.

¿Viste algo sospechoso y quieres que lo revisemos por ti? Haz tu pedido de #VerificaciónAlaCarta a través de nuestra línea en WhatsApp (+593 96 239 6425). Recibe nuestro contenido directo en tu celular. ¡Únete a la comunidad verificadora en nuestro canal de WhatsApp! ‪