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Remesas: qué son y cómo funcionan en Ecuador

¿Qué son las remesas?

Las remesas son transferencias personales de dinero que los migrantes envían desde el extranjero a sus familias o contactos en su país de origen.
Son ingresos privados —no estatales— y suelen destinarse a gastos de consumo, educación, salud o vivienda.

En el caso ecuatoriano, se han convertido en un flujo estable y esencial de divisas. No son exportaciones ni inversión extranjera directa: son transferencias corrientes que, incluso en periodos adversos, suelen mantenerse.

Existen dos tipos de remesas:

  • Remesas que ingresan al país: dinero que ecuatorianos en el exterior envían a Ecuador.
  • Remesas que salen del país: dinero que extranjeros residentes en Ecuador envían a sus países.

A diferencia de las que ingresan, aquellas que salen sí tienen que pagar un impuesto a la salida de divisas , conocido como ISD.

¿Cómo funcionan los envíos?

El envío de remesas opera a través de una cadena regulada:

  1. El migrante realiza un envío desde un banco, empresa de remesas (remesadoras), cooperativas de ahorro y crédito o mutualistas.
  2. La plataforma procesa la transacción, aplicando una comisión y un tipo de cambio.
  3. El receptor en Ecuador recibe el dinero en su cuenta bancaria, en un punto de pago autorizado o a través de una billetera digital.

Los costos y el tiempo de envío dependen del proveedor. En los últimos años, la expansión de plataformas digitales ha reducido costos y aumentado la frecuencia de envío, especialmente desde Estados Unidos y Europa.

¿Quién registra las remesas en Ecuador?

Las cifras oficiales provienen del Banco Central del Ecuador (BCE). La institución no administra ni controla los flujos de dinero, pero sí los registra como parte de la balanza de pagos. El BCE publica datos trimestrales y anuales donde se detalla el origen, la forma de envío y la distribución provincial.

Este registro permite medir su impacto, es decir, cuánto representan frente al Producto Interno Bruto, qué tan rápido crecen y cómo se comportan frente a la situación económica internacional.

¿Factores que influyen en el flujo de remesas?

En realidad, el gobierno ecuatoriano tiene una influencia limitada sobre las remesas. Los factores determinantes suelen estar fuera del país:

  • La situación laboral en países como Estados Unidos, España e Italia: cuando hay más empleo, los migrantes pueden enviar más dinero.
  • Políticas migratorias de los países emisores, que pueden afectar la estabilidad o formalidad laboral.
  • La competencia entre bancos y empresas de remesas, que influye en los costos de envío.

¿Cuánto dinero recibe Ecuador?

En los últimos años, el país ha registrado cifras históricas. En el primer semestre de 2025 se registró USD 3.725 millones en remesas, un récord histórico desde 1993, cuando el BCE empezó a recopilar dicha información. Si la tendencia continúa, el país podría finalizar el 2025 con más de USD 7 mil millones en remesas, una cifra mayor a la reportada en 2024 cuando el pico llegó a USD 6.540 millones.

Desde 2016 hasta el primer semestre de 2025, Ecuador ha recibido aproximadamente USD 40 mil millones en remesas. En los primeros seis meses de este año, de manera constante, tres países concentran la mayor parte del flujo:

  • Estados Unidos – USD 2.838 millones
  • España – USD 533 millones
  • Italia – USD 81 millones

La participación de Estados Unidos suele superar el 70% del total. En contraste, las provincias que más captan dichas remesas en los últimos periodos son Guayas, Pichincha, Azuay y Cañar.

Por otro lado las remesas enviadas desde Ecuador son menores que las recibidas. Residentes de Colombia, Perú y Argentina son los extranjeros que más envían dinero afuera del país.

¿Por qué han crecido las remesas?

El aumento tiene varias explicaciones de acuerdo al BCE en sus reportes anuales y trimestrales. En cuanto a 2025, el incremento tuvo que ver con la incertidumbre migratoria en ecuatorianos viviendo en Estados Unidos. A esto se añaden, estrategias de negocio con entidad bancarias, remesadoras y otro tipo de entidades que fortalecen y aseguran el envío de recursos económicos. Adicional a esto se puede sumar:

  • El incremento sostenido de la migración ecuatoriana en la última década.
  • La recuperación del empleo en Estados Unidos tras la pandemia y la estabilidad laboral en sectores donde trabajan ecuatorianos.
  • La digitalización de los servicios de envío, que reduce comisiones y facilita transferencias frecuentes.
  • Factores coyunturales como crisis locales, mayor necesidad de apoyo familiar o anticipación frente a cambios migratorios.

¿Qué impacto tienen en la economía ecuatoriana?

En lo macroeconómico, las remesas fortalecen la disponibilidad de dólares en un país dolarizado y ayudan a estabilizar la demanda interna. Ese dinero dinamiza la economía y ayuda a proteger la moneda nacional. «Necesitas que los dólares ingresen y no que se vayan» sostiene el economista Diego García.

En los hogares, reducen la vulnerabilidad económica y permiten sostener gastos básicos. Sin embargo, también existen riesgos: una economía muy dependiente de las remesas queda expuesta a la situación laboral y migratoria de otros países. Una desaceleración en Estados Unidos, por ejemplo, puede impactar directamente en el consumo interno ecuatoriano.

Imagen viral exagera situación de VSR y COVID-19 en hospitales de Ecuador

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¿Qué verificamos?

Una imagen viral que circula en TikTok donde se afirma: «Alerta en Ecuador. No solo COVID-19, brotes de Virus Sincitial Respiratorio (VSR) llenan hospitales».

¿Por qué es Mayormente Falso?

La afirmación contiene elementos verídicos pero los presenta de manera exagerada. Sí hay un aumento de casos de VSR y COVID-19 con incremento de hospitalizaciones, pero no existe ninguna «alerta» del Ministerio de Salud Pública (MSP) ni los hospitales están saturados por esta causa. Médicos consultados describen la situación como un aumento “leve”, sin saturación.

¿Qué dice la evidencia?

  • Vigilancia epidemiológica rutinaria, no emergencia: El MSP monitorea infecciones respiratorias por medio del Sistema Nacional de Vigilancia Centinela de Infecciones Respiratorias Agudas Graves (IRAG) en 19 hospitales del país. Esto se hace todo el año y no corresponde a una alerta sanitaria.
  • No existe alerta: El MSP confirmó a Lupa Media que no ha emitido ninguna alerta relacionada con VSR o COVID-19.
  • Datos oficiales del MSP: Según la Gaceta epidemiológica del MSP de la semana 49 de 2025 (hasta el 07 de diciembre), el VSR aparece como el virus predominante :
    • 1.921 casos de IRAG reportados a escala nacional (vs. 1.708 en 2024). Incremento del 12,5%.
    • Virus predominante: VSR (43%).
    • Otros virus circulantes:
      • Influenza A(H1N1): 18,5%
      • SARS-CoV-2: 13,5%
      • Influenza A(H3N2): 9,4%
      • Metapneumovirus, Parainfluenza III, Influenza B y Adenovirus en porcentajes menores.
    • La gaceta recomienda reforzar vigilancia y prevención, como parte de las acciones habituales. No menciona ninguna alerta o saturación. Aclara que es un comportamiento estacional.
  • Médicos descartan saturación hospitalaria:
    • Dr. Víctor Álvarez Pasto, presidente del Colegio Médico de Pichincha: No hay saturación; sí un leve aumento de consultas y hospitalizaciones.
    • Dr. Francisco Andino, epidemiólogo: En Guayaquil hay incremento de hospitalizaciones por diversas causas respiratorias, no solo por VRS o COVID-19.

Contexto importante

El Virus Sincitial Respiratorio es una de las causas más comunes de infección respiratoria aguda en niños, según la Organización Mundial de la Salud. En la mayoría de los países, las infecciones por VSR siguen un patrón estacional. En climas templados, el virus provoca epidemias al final del otoño y en invierno, con circulación elevada durante aproximadamente cinco meses.

El Dr. Luigi Cedeño, presidente del Colegio Médico del Guayas, señaló a Lupa Media la importancia de mantener vigilancia sobre estas infecciones respiratorias, especialmente porque en Europa se detectó una variante de la influenza A de alta transmisibilidad.

Conclusión

MAYORMENTE FALSO: La afirmación viral se basa en un hecho real —hay aumento de virus respiratorios—, pero exagera la gravedad. No hay «alerta» del MSP, ni hospitales «llenos», ni una emergencia sanitaria. El aumento registrado es leve, forma parte del comportamiento estacional de los virus respiratorios y se monitorea mediante vigilancia rutinaria.

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Propuesta de EE.UU. analizaría cinco años de redes sociales solo para viajeros sin visa

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¿Qué verificamos?

Una publicación asegura que el Gobierno de EE.UU. podría revisar historial de 5 años en redes de turistas.

¿Por qué es parcialmente cierto?

Si bien existe una propuesta que ampliaría la revisión de redes sociales de los viajeros, solo aplicaría a ciudadanos de los 42 países del Programa de Exención de Visas, no a todos los turistas. Además, la propuesta aún no entra en vigenciay está abierta a comentarios públicos hasta febrero de 2026.

¿Qué dice la evidencia?

  • Una propuesta: La Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP por sus siglas en inglés) y el Departamento de Seguridad Nacional realizaron la propuesta de actualizar la información que se recopila en formularios de entrada y salida, así como los datos que solicita el sistema ESTA, que es utilizado por viajeros de países que no necesitan visa. Es decir, no es un planteamiento que aplica para TODOS los países del mundo.
  • Acceso a redes sociales: La propuesta indica en uno de sus puntos que se solicitarán nuevos requisitos y elementos de datos de alto valor de los turistas de dichos países tales como:
    • Cuentas de redes sociales de los últimos cinco años.
    • Números telefónicos utilizados en los últimos cinco años.
    • Correos electrónicos utilizados en los últimos diez años.
    • Direcciones IP y metadatos de fotografías enviadas electrónicamente.
    • Información de familiares: nombres, teléfonos de los últimos cinco años, fechas y lugares de nacimiento y residencias. 
    • Biometría: rostro, huellas dactilares, ADN e iris.
    • Números de teléfono comerciales utilizados en los últimos cinco años.
    • Correos electrónicos comerciales utilizados en los últimos diez años.
  • Propósito declarado: Las entidades señalan que esto se elabora para mejorar la revisión de seguridad de los viajeros del Programa de Exención de Visa en el marco de la protección de seguridad nacional.
  • Todavía no es oficial: La propuesta publicada el 10 de diciembre de 2025 en el Registro Federal no es una regla vigente. Para proceder con la decisión se debe esperar 60 días para recibir comentarios del público y agencias afectadas. Es decir, hasta el 9 de febrero de 2026 se puede recibir dichas observaciones para analizar la propuesta presentada. 
  • Países en los que aplicaría: La propuesta aplicaría para 42 países, incluyendo solo uno latinoamericano: Chile, quien es parte del programa desde 2014.

Contexto importante

Esta propuesta forma parte de un esfuerzo más amplio del gobierno de Estados Unidos por reforzar los controles migratorios y las revisiones de seguridad. En el último año bajo políticas impulsadas por el presidente Donald Trump, se ha buscado examinar con mayor detalle la información personal y digital de los viajeros antes de permitir su ingreso al país.

Un ejemplo reciente es la decisión del Departamento de Estado de ampliar la revisión de la presencia en línea —incluyendo perfiles públicos de redes sociales—, para los solicitantes de visas H-1B y H-4, que corresponden a trabajadores especializados y a sus dependientes. Para este tipo de visas, los funcionarios consulares ahora deben revisar la actividad pública del solicitante en internet como parte del proceso de aprobación. Esto se suma a controles similares que ya se aplican a estudiantes internacionales.

Este tipo de procesos forma parte del llamado “vetting”, un término que en migración se refiere a la revisión exhaustiva de antecedentes. Incluye verificar identidad, historial de viajes, registros oficiales e incluso información digital disponible públicamente, con el objetivo de identificar riesgos potenciales para la seguridad nacional antes de aprobar una visa o autorizar el ingreso.

Conclusión

PARCIALMENTE CIERTO: Existe una propuesta de revisar hasta cinco años de actividad en redes sociales, pero esta se limita a ciertos países y todavía no es una regla oficial.

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Atención prioritaria para PPL: qué dice la Constitución y qué propone modificar ADN

1. ¿Qué es un grupo de atención prioritaria?

Son poblaciones que enfrentan barreras para ejercer sus derechos en igualdad de condiciones. Por eso, el Estado debe aplicar medidas especiales para garantizarles saludproteccióneducación y servicios públicos sin discriminación. La abogada constitucionalista Verónica Hernández explica que no son privilegios: son obligaciones del Estado para compensar situaciones de vulnerabilidad.

2. ¿Qué significa que las PPL estén en esta categoría?

En términos simples: el Estado debe garantizar que las personas en prisión reciban un trato que compense los riesgos y limitaciones del encierro. No es un beneficio adicional ni prioridad sobre otros grupos; es un estándar mínimo de dignidad humana. En la práctica, implica:

  • Acceso a salud.- Porque las cárceles tienen mayor riesgo de enfermedades, hacinamiento y falta de atención continua. Por eso se debe garantizar: chequeos regulares; medicinas y atención a crónicas; emergencias atendidas a tiempo; protocolos especiales de salud penitenciaria.
  • Protección frente a violencia y tratos degradantes.- El encierro aumenta el riesgo de violencia entre internos y abusos de agentes. Por lo que se requiere:medidas especiales de seguridad, separación de grupos vulnerables, protocolos contra tortura o malos tratos y monitoreo permanente de condiciones carcelarias.
  • Garantías para mantener vínculos familiares.- Para la rehabilitación se obliga al Estado a: permitir visitas regulares, habilitar espacios adecuados, facilitar comunicación supervisada.
  • Acceso a educación y reinserción.- No significa excarcelación. Significa: programas educativos, formación laboral, actividades de rehabilitación, acompañamiento para el retorno a la vida en libertad.
  • Respeto a estándares internacionales.- La cárcel restringe la movilidad, no los derechos. El Estado debe garantizar: salud, alimentación, higiene, integridad y trato digno.

3. ¿Por qué las PPL son consideradas un grupo vulnerable?

Porque la reclusión limita su capacidad de buscar ayuda, reduce su autonomía, las expone a riesgos sanitarios y de violencia, las vuelve totalmente dependientes del Estado para sobrevivir.

La vulnerabilidad no depende del delito, sino de la dependencia absoluta del sistema penitenciario. La Constitución las ubica junto a niños, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, mujeres embarazadas y personas con enfermedades graves.

4. ¿Qué quiere cambiar la bancada ADN?

La propuesta de la asambleísta Lucía Pozo, presentada el 8 de diciembre,  plantea cuatro modificaciones:

  1. Eliminar a las PPL del artículo 35, para que dejen de ser grupo de atención prioritaria.
  2. Mover el artículo 51 (derechos de las PPL) a la sección de Derechos de Protección.
  3. Modificar el art. 78.1, limitando las visitas legales a abogados que ejerzan defensa técnica.
  4. Agregar un numeral que reafirma que las PPL mantienen derechos inherentes a la dignidad humana, con limitaciones propias del encierro.

5. ¿Qué ha dicho la Corte Constitucional?

El 21 de noviembre de 2024, la Corte rechazó una propuesta similar. Concluyó que retirarlas del artículo 35 porque:

  • Debilitaría la protección estatal, y
  • Podría interpretarse como una limitación de derechos.

Recordó que, incluso si se cambiara el artículo, el Estado sigue obligado por los estándares internacionales.

Desinformación sobre las PPL y sus derechos

“Una PPL herida será atendida antes que otros pacientes porque tiene prioridad constitucional”

La atención médica se rige por triaje (gravedad clínica), no por condición legal. El Ministerio de Salud usa el Manchester Triage System, que prioriza riesgo vital, no estatus jurídico.

«La Constitución protege más a los criminales que a las fuerzas del orden».

La Constitución garantiza derechos humanos y debido proceso a todas las personas, sin jerarquías. También obliga al Estado a garantizar seguridad ciudadana; las dos obligaciones coexisten.

Las canas no previenen el cáncer

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¿Qué verificamos?

Una imagen viral que circula en redes sociales que afirma que científicos descubrieron que las canas podrían ser una defensa natural del cuerpo contra el cáncer.

¿Por qué es mayormente falso?

El estudio de la Universidad de Tokio es real, pero no respalda esa interpretación. La investigación demuestra que las mismas células madres pueden seguir dos destinos opuestos: encanecer o formar melanoma. Los investigadores son explícitos: sus resultados no sugieren que las canas prevengan el cáncer.

¿Qué dice la evidencia?

  • Los investigadores dirigidos por Emi Nishimura y Yasuaki Mohri determinaron que:
    • Bajo ciertos tipos de estrés, las células madre pueden agotarse y producir canas.
    • Bajo otros tipos de estrés, pueden crecer de forma descontrolada y formar melanoma.
  • Nishimura recalca que esto no significa que las canas protejan contra el cáncer, sino que es una respuesta celular al estrés que puede eliminar células potencialmente dañinas.
  • El oncólogo Ahmad Wali Mushtaq explica a Lupa Media que:
    • Las canas son parte natural del envejecimiento y no son un mecanismo de prevención para el cáncer.
    • Que haya anticuerpos contra melanocitos en algunos casos de melanoma no tiene nada que ver con el encanecimiento.
  • No hay evidencia científica de que tener canas proteja del cáncer, ni que sea un mecanismo evolutivo defensivo.

Contexto importante

El cáncer de piel es el más frecuente. Sus principales tipos son: carcinoma de células escamosas, carcinoma de células basales y melanoma. El melanoma es menos común pero más agresivo.

El encanecimiento del cabello ocurre cuando se agotan las células madre que generan melanocitos. El estudio conecta ambos procesos al mostrar que tienen un origen celular común, pero destinos distintos según el estrés y el entorno celular.

Conclusión

MAYORMENTE FALSO: El estudio de la Universidad de Tokio no respalda que las canas protejan contra el cáncer. La investigación se centra únicamente en el melanoma y muestra que el encanecimiento es un proceso de agotamiento celular, no un mecanismo de defensa.

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Mahuad no confirmó que denunciará a Ecuador, advirtió que lo haría si la justicia no resuelve su caso

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¿Qué verificamos?

Una imagen viral que circula en Tik Tok donde se afirma que el expresidente Jamil Mahuad denunciará a Ecuador ante organismos internacionales.

¿Por qué es parcialmente cierto?

La afirmación viral distorsiona la naturaleza condicional de las declaraciones de Mahuad. Mientras que es factualmente correcto que mencionó la posibilidad de una demanda internacional, la imagen viral transforma una advertencia hipotética en una decisión consumada, omitiendo el elemento condicional fundamental: que solo lo haría si la justicia ecuatoriana no resuelve su caso favorablemente.

¿Qué dice la evidencia?

  • El expresidente Jamil Mahuad concedió una entrevista a Teleamazonas el 9 de diciembre de 2025, en la que declaró: «Hasta el día de hoy, 25 años más tarde, me he resistido en demandar a mi país ante un organismo internacional. Otros expresidentes ya lo han hecho. Yo he preferido confiar todavía en la justicia ecuatoriana, pero si es que no se producen las cosas de acuerdo con la ley, no nos dejan otra opción que ir allá internacionalmente«.
  • Mario Prado, abogado defensor de Mahuad confirmó a Lupa Media que «en el supuesto no consentido de la Acción Extraordinaria de Protección fuere negada, se evaluará llevar el caso a instancias internacionales«.
  • Mahuad tiene una acción extraordinaria de protección en trámite desde el 27 de noviembre de 2025 ante la Corte Constitucional.
  • Su declaración es una advertencia condicionada al resultado de este proceso judicial, no una decisión confirmada.

Contexto importante

En 2020, la Corte Nacional de Justicia ratificó definitivamente la condena de ocho años por peculado (mal uso de fondos públicos) contra el expresidente Jamil Mahuad, por su responsabilidad en el feriado bancario de 1999, derivada de dos decretos que declaró estado de emergencia y ordenó el congelamiento de depósitos.

Mahuad impugnó esa decisión ante la Corte Constitucional. El 27 de noviembre de 2025, el juez Richard Ortiz avocó conocimiento de la acción extraordinaria de protección presentada por el exmandatario para impugnar la sentencia en su contra.

En su demanda ante la Corte Constitucional, Mahuad sostiene que la sentencia es ilegítima por falta de motivación, aplicación retroactiva de la ley y vulneraciones al debido proceso. Argumenta, entre otros puntos, que no se explica adecuadamente cómo sus decretos constituyen peculado.

Mahuad, quien reside en Estados Unidos desde hace más de dos décadas, es considerado prófugo de la justicia ecuatoriana.

Conclusión

PARCIALMENTE CIERTO: La imagen viral presenta como un hecho confirmado lo que es una advertencia condicional. Mahuad declaró en Teleamazonas que solo consideraría una demanda internacional si la Corte Constitucional no resuelve favorablemente su acción extraordinaria de protección. La afirmación viral omite el carácter hipotético de sus declaraciones y distorsiona el alcance de sus palabras.

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Caso Sinohydro: lo que sabemos del proceso que implica al expresidente Lenín Moreno

1. ¿Qué es el “Caso Sinohydro”?

Es la investigación penal sobre presuntos sobornos relacionados con la contratación y construcción de la central Coca Codo Sinclair, adjudicada a la empresa china Sinohydro. La Fiscalía General del Estadosostiene que entre 2009 y 2018 intermediarios y funcionarios habrían recibido pagos ilegales por aproximadamente USD 76 millones (alrededor del 4% del valor contratado de la obra).

El caso se originó en 2019 tras los reportes conocidos como “INA Papers”, que relacionaban a la familia del expresidente Lenín Moreno con la empresa offshore (una compañía registrada en un país diferente al que operan realmente sus dueños, también conocidos como paraísos fiscales)  Ina Investment Corporation. La causa pasó a denominarse Sinohydro por el vínculo directo con la contratista.

2. ¿Cuál es la acusación?

El eje del proceso es el presunto delito de cohecho, que ocurre cuando un funcionario recibe o solicita beneficios a cambio de favorecer decisiones dentro de su cargo. Este delito contempla penas de 3 a 10 años de prisión.

La Fiscalía también ha examinado presunto tráfico de influencias y la posible participación de otros beneficiarios.

3. ¿Cómo se estableció la línea de tiempo?

La Fiscalía recopiló peritajes, seguimientos de transferencias, testimonios e informes que, según la acusación, evidencian pagos desde Sinohydro hacia intermediarios y terceros, en Ecuador y en el exterior. Entre los hechos relevantes están:

  • 2009: Se acepta la oferta de Sinohydro para construir Coca Codo Sinclair, valorada inicialmente en USD 1.979 millones (aunque terminó costando USD 2.245 millones), según la exfiscal Diana Salazar.
  • Ese mismo año, la empresa ecuatoriana Recorsa modifica su objeto social, para incluir actividades de consultoría en obras de infraestructura. Abre una cuenta en Panamá y recibe transferencias desde cuentas de Sinohydro en China.
  • 2019: La Fiscalía abre una investigación previa tras la publicación de los INA Papers.

4. ¿Cuál es la relación con Lenín Moreno?

La acusación menciona a Conto Patiño como operador de los flujos de dinero y señala a familiares del expresidente como presuntos beneficiarios. Según la Fiscalía, los pagos se habrían encubierto mediante transferencias internacionales, cuentas offshore y entrega de bienes en el extranjero.

En 2023, la Fiscalía formuló cargos contra 37 personas por la presunta participación en el delito de cohecho; luego se sumaron tres más. En 2025, la Corte Nacional instaló la audiencia preparatoria de juicio contra 24 personas, el resto fueron sobreseídos.

5. ¿Quiénes están procesados?

De 24 procesados en esta etapa, el juez Olavo Hernández llamó a juicio a 21 personas, tres quedaron fuera por falta de elementos de convicción.

Entre las 21 personas llamadas a juicio, siete son señalados como presuntos autores de cohecho:

  • Lenín Moreno – Expresidente de la República
  • Conto Patiño – Lobista de Sinohydro
  • Luciano Cepeda – Exgerente de Coca Codo Sinclair
  • Henry Galarza – Exgerente de Coca Codo Sinclair
  • Cai Rungo – Exembajador de China en Ecuador
  • Yang Huijin – Exrepresentante de Sinohydro
  • Song Dongsheng – Exrepresentante de Sinohydro

Otros 14 procesados —incluidos familiares de Moreno (esposa, hija, hermanos y cuñada)— fueron llamados como presuntos cómplices. Esta etapa no implica una condena, sino el inicio del juicio oral donde se analizarán pruebas y argumentos de ambas partes.

6. ¿Qué ocurre ahora?

Según los penalistas Carlos Soria y José Cárdenas tras cerrar la audiencia preparatoria, el caso pasa a la audiencia de juzgamiento, dirigida por un tribunal de tres jueces. El tribunal debe fijar fecha según su agenda.

En esta fase, la Fiscalía debe probar los hechos y la responsabilidad de los procesados. Aunque en general no pueden introducirse nuevas pruebas, sí es posible incluir hechos sobrevinientes si se demuestra que no se conocían antes y si son relevantes. Dichas pruebas deben cumplir con dos requisitos:

  • Que quien solicite, justifique no conocer su existencia sino hasta ese momento.
  • Que la prueba solicitada sea relevante para el proceso.

7. Duración del proceso y posibles consecuencias

No existe un plazo definido. Por la complejidad del caso y los posibles recursos de apelación, el proceso podría extenderse varios años.

El delito de cohecho puede juzgarse en ausencia, según el artículo 233 de la Constitución. Esto aplica para Lenín Moreno, quien se encontraría en Paraguay.

Además de una eventual pena, el tribunal puede ordenar reparación integral: pago de daños, restitución o medidas complementarias. Si una persona condenada no está en el país al momento de la sentencia, la Corte Nacional puede solicitar a Interpol la emisión de una difusión roja para su captura.

El Ministerio de Desarrollo Humano no entrega canastas navideñas en 2025

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¿Qué verificamos?

Un video viral que circula en TikTok afirma que “el Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES)” entregará canastas navideñas a personas de bajos recursos en 2025. El contenido indica que las personas deben registrarse en una página web llamada “Multiayuda” para recibir el supuesto beneficio. 

¿Por qué es completamente falso?

El Ministerio de Desarrollo Humano (MDH), antes llamado MIES, no tiene programas de canastas navideñas anunciados para 2025. El video utiliza logos desactualizados del antiguo MIES y redirige a una página sin relación oficial con el ministerio. Los beneficios sociales reales se asignan automáticamente mediante el Registro Social, sin requerir inscripciones por enlaces externos.

¿Qué dice la evidencia?

  • El contenido viral utiliza el logotipo antiguo del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES), no la imagen institucional actual del Ministerio de Desarrollo Humano (MDH). El MIES cambió oficialmente su nombre a MDH en agosto de 2025, mediante decretos ejecutivos que fusionaron la entidad con la Secretaría Técnica Ecuador Crece Sin Desnutrición Infantil. Cualquier comunicación oficial posterior a esa fecha debe usar la nueva identidad visual.
  • En diciembre de 2024, cuando aún se llamaba MIES, la entidad alertó sobre información falsa en redes sociales que prometía canastas navideñas. Aclaró que estas cuentas no son oficiales y que la institución jamás solicita dinero ni datos personales a través de redes sociales para la entrega de beneficios.
  • El sitio web oficial del Ministerio de Desarrollo Humano no registra planes de entrega de canastas o kits navideños en 2025. Los programas vigentes del ministerio se enfocan en bonos económicos como el Bono de Desarrollo Humano, pensiones para adultos mayores y servicios como centros gerontológicos y desarrollo infantil.
  • El video viral redirige a una página llamada “Multiayuda”, que contiene artículos sobre supuestos bonos entregados por el MIES. Al intentar acceder al enlace de registro, la página redirige a otro artículo sin formulario oficial. Esta técnica, conocida como clickbait, genera tráfico mediante titulares engañosos, sin ofrecer el contenido prometido. La página no tiene relación con el MDH.
  • Ecuador mantiene más de 20 bonos y ayudas sociales en 2025. Los beneficiarios se seleccionan automáticamente mediante el Registro Social, administrado por el MDH. Ningún programa oficial solicita inscripciones por enlaces en redes sociales, formularios externos o páginas no oficiales.
  • Lupa Media examinó el video viral con un análisis usando Sensity AI. El resultado arrojó un 77.2% de probabilidad de que el video fue creado artificialmente. Esta tecnología analiza patrones en la voz, sincronización labial, movimientos faciales y otras características que suelen presentar anomalías en contenido sintético.

Contexto importante

Durante las fiestas aumenta la circulación de estafas digitales que suplantan a instituciones públicas y ofrecen bonos falsos para obtener datos personales o dirigir a páginas fraudulentas.

Aunque en 2020 y 2021 el MIES realizó la campaña “Misión Navidad sin Mendicidad”, no hay confirmación de que se replique en 2025. Los programas vigentes del Ministerio de Desarrollo Humano (MDH) son el Bono de Desarrollo Humano, Bono Raíces, Mis Mejores Años, Jóvenes en Acción, el Bono Joaquín Gallegos Lara y el Bono Incentivo Emprende. Las estafas actuales usan tácticas más sofisticadas, incluyendo identidad falsa del MDH, montos inventados, manipulación de noticias y videos generados con inteligencia artificial.

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: El Ministerio de Desarrollo Humano (MDH) no tiene programas de canastas navideñas confirmados para 2025 y desmintió contenidos fraudulentos similares en diciembre de 2024. El video utiliza logos desactualizados del antiguo MIES y redirige a la página “Multiayuda”, que usa técnicas de clickbait y no tiene relación oficial con el ministerio. Los beneficios sociales del MDH se asignan automáticamente mediante el Registro Social, sin requerir registros por enlaces externos ni formularios en redes sociales.

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Boletos Mundial 2026: Información clave para evitar estafas

1. Compra solo en un lugar: el portal oficial

Las entradas oficiales solo se venden en FIFA.com/tickets. Cualquier oferta en redes sociales, reventas o sitios no autorizados puede ser falsa o inválida.

Hay páginas que imitan el portal oficial con URLs muy similares, perfiles que ofrecen “últimas entradas” o intermediarios en WhatsApp o Telegram que prometen boletos garantizados. 

Señales claras de alerta:

  • URLs que cambian una letra (“F1FA”, “flfa-tickets”, etc.).
  • Sitios que piden depósitos o pagos por transferencia.
  • Ofertas con “promociones exclusivas” o precios fuera del rango oficial.

2. Crea tu FIFA ID sin intermediarios

Para participar necesitas un FIFA ID, que es tu cuenta personal oficial de la FIFA para acceder a sorteos, comprar entradas y gestionar tus boletos de manera segura. Hazlo directamente desde la web oficial. No compartas tu usuario, correo ni contraseña con nadie: los estafadores suelen pedir acceso para “hacerte el registro”.

Nunca aceptes:

  • “Yo te inscribo con mi cuenta”.
  • “Pásame tus datos y te aseguro los boletos”.
  • “Dame acceso para que no pierdas tu turno”.

3. Desconfía de los supuestos “beneficios por registrarte temprano”

La FIFA confirma que el sorteo de las entradas es aleatorio. No existe forma de “aumentar probabilidades”, “colarse en la lista” o “evitar el sorteo”. Si alguien te ofrece eso, es estafa. El registro para el Sorteo de Selección Aleatoria estará disponible del 11 de diciembre de 2025 al 13 de enero de 2026.

En esta tercera fase, los aficionados podrán participar en un sorteo para partidos específicos de la fase de grupos, cuyos cruces ya están definidos. Registrarse temprano o al final del período de venta no da ventaja ni desventaja, todos tienen la misma oportunidad de ser seleccionados.

4. Nadie entrega boletos antes de mayo de 2026

Los boletos se entregarán únicamente en formato móvil en la aplicación oficial del torneo, cerca del inicio del Mundial (nunca antes de mayo de 2026). Recibirás un correo con instrucciones sobre cómo acceder a ellos. No se enviarán por correo electrónico, no se podrán descargar y no se aceptarán fotos ni capturas de pantalla para ingresar al estadio.

Algunos boletos son condicionales, lo que significa que su validez depende de que tu selección avance a la siguiente fase. Solo se activarán en la app si se cumple esa condición; de lo contrario, no podrás usarlos y normalmente recibirás un reembolso.

Por eso, cualquier persona que ofrezca enviarte:

  • PDF
  • códigos QR
  • capturas de pantalla
  • boletos “ya listos”

…está vendiendo un boleto falso.

5. Conoce los límites para evitar caer en ventas sospechosas

Máximo:

  • 4 boletos por partido
  • 40 boletos por todo el Mundial
  • 1 partido por día

Si alguien te ofrece 10, 20 o “los que pidas”, es un indicio claro de reventa ilegal o fraude.

6. Reventa segura: dentro del ecosistema FIFA

Si no consigues boletos en las fases principales, las opciones seguras son las plataformas oficiales de reventa: 

Ambas integradas al sistema FIFA, conocidas también como FIFA Marketplace. Todo lo demás —grupos, intermediarios, sitios de terceros— es de alto riesgo.

7. Ojo con los “paquetes premium” no autorizados

Los únicos paquetes de hospitalidad válidos se venden en FIFA.com/hospitality, incluyen boletos y experiencias premium en los escenarios deportivos. Estos paquetes no dependen del sorteo aleatorio y ofrecen acceso a partidos específicos con servicios adicionales.

Cualquier agencia o página externa que ofrezca paquetes VIP, experiencias, acceso garantizado o lounges sin estar en la lista oficial es sospechosa.

8. Reglas de oro para no perder dinero

  • La FIFA ajusta los precios según demanda y disponibilidad: van desde 60 USD hasta 6,730 USD para las entradas más exclusivas. Cualquier oferta por debajo de ese rango es sospechosa.
  • No compres si no verificas la URL.
  • No pagues si no aparece el candado de seguridad HTTPS.
  • No compartas datos personales con terceros.
  • No aceptes boletos fuera de la app oficial.
  • No creas en atajos, descuentos secretos ni accesos preferentes.
  • Verifica anuncios solo dentro de FIFA.com/tickets.

El FMI no prohíbe la inversión pública en Ecuador hasta 2030

Si recibes un mensaje similar, recuerda que puedes enviárnoslo por WhatsApp al (+593 96 239 6425) y te ayudaremos a verificarlo de manera directa y sencilla.

¿Qué verificamos?

Un video viral que afirma que «Ecuador no puede invertir hasta 2030 en el sector público, según acuerdo con el FMI». El contenido hace referencia a declaraciones de la excandidata vicepresidencial Pacha Terán emitidas el 4 de diciembre de 2025

¿Por qué es completamente falso?

El documento «Ecuador: Request for an Extended Arrangement Under the Extended Fund Facility» del 29 de octubre de 2025 no prohíbe la inversión pública ni privada hasta 2030. Por el contrario, compromete al Gobierno a proteger el gasto prioritario y social, mientras impulsa la inversión privada en sectores estratégicos. Las menciones al 2030 corresponden únicamente al horizonte temporal de las proyecciones económicas del informe.

¿Qué dice la evidencia?

  • El contenido viral proviene de una declaración específica: En una entrevista del 4 de diciembre de 2025 en Ecuador en Directo, la excandidata Pacha Terán dijo: «La carta de intención con el Fondo Monetario Internacional está firmada para que no exista inversión hasta el 2030. Sí, ni en el sector de la salud, ni en la educación, en ninguna área social». Lupa Media no verificó directamente a Pacha Terán, ya que hace una interpretación a la carta de intención.
  • La revisión del documento del FMI: El análisis del acuerdo entre Ecuador y el FMI no encontró ninguna disposición que limite o prohíba la inversión pública o privada hasta 2030.
  • Lo que sí establece el FMI sobre inversión:
    • Priorizar y evaluar rigurosamente la inversión pública.
    • Impulsar alianzas público-privadas, concesiones y financiamiento multilateral para infraestructura.
    • Desarrollar el mercado de capitales para obtener recursos.
    • Promover inversiones en sectores como minería, hidrocarburos y electricidad.
    • Habilitar el catastro minero en 2026 para fomentar nuevos proyectos de inversión.
  • Sobre las menciones al año 2030:
    • El documento incluye proyecciones económicas y fiscales hasta 2030, como ingresos, gastos, amortizaciones y necesidades de financiamiento del Sector Público No Financiero (SPNF). Estas son proyecciones contables, no restricciones a la inversión.
    • Se menciona la National Policy of Public Integrity 2030, un plan de integridad y transparencia del sector público con horizonte al 2030, sin relación con limitaciones a la inversión.

Contexto importante

La desinformación sobre el acuerdo del FMI con Ecuador de octubre de 2025 se ha vuelto recurrente en redes sociales. Lupa Media ha desmentido previamente otras afirmaciones falsas vinculadas a este acuerdo, como supuestos aumentos obligatorios en el precio del gas doméstico, el establecimiento de bases militares estadounidenses en Ecuador y la «entrega» de las Islas Galápagos a Estados Unidos. 

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: El documento del 29 de octubre de 2025 no prohíbe la inversión pública hasta 2030. Al contrario, compromete al Estado a proteger el gasto social y la inversión prioritaria, mientras promueve la inversión privada en sectores estratégicos. Las referencias al 2030 son proyecciones económicas de mediano plazo, no restricciones de inversión.

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