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mayo 29, 2025

Qué plantea la nueva ley urgente de Noboa sobre contratación pública y función estatal

El presidente presentó el 27 de mayo un nuevo proyecto de ley con el que busca combatir la corrupción y “fortalecer la gestión pública”. Aunque se lo calificó como urgente en materia económica, expertos cuestionan si cumple con los requisitos legales para ello.

Segundo proyecto de ley económico urgente del mes

Sí, leíste bien. Esta es la segunda ley económica urgente que el Ejecutivo presenta en mayo. La primera fue el 17 de mayo y tenía como objetivo desarticular la economía criminal ligada al conflicto armado interno.

Ahora, apenas diez días después, llega esta nueva propuesta. Como es un proyecto urgente, la Asamblea tiene 30 días para tramitarlo, contados desde su calificación por el Consejo de Administración Legislativa (CAL).

¿Qué propone?

El proyecto busca modificar la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) y la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP). Entre las disposiciones cuenta con seis artículos, cuatros transitorias y una derogatoria. 

La iniciativa busca implementar diversos mecanismos de innovación para mejorar la contratación pública, con la finalidad de optimizar el desarrollo sostenible y equitativo en el país. De esa manera, pretende erradicar la corrupción en compras públicas, mejorar la eficiencia del sector público y fortalecer la economía.

Noboa pone como ejemplo los casos emblemáticos de corrupción que han resonado más los últimos años en el país: Metástasis, Purga y Encuentro, entre otros más. Todo esos demuestran casos de sobornos, tráfico de influencias, adjudicación de contratos públicos en sectores estratégicos, entre otros más. 

Todo esto genera una disminución de inversión debido a la falta de transparencia y estabilidad jurídica, según señala el ejecutivo.

¿Qué busca reformar?

El proyecto de ley pretende reformar varios artículos de la LOSNCP. El nuevo cuerpo normativo tiene entre sus objetivos prioritarios:

  • Los objetivos del sistema estén alineados al Plan Nacional de Desarrollo.
  • Garantizar una contratación pública oportuna, eficiente y de calidad.
  • Transparencia y control efectivo del gasto público.
  • Prevención de corrupción y lavado de activos.
  • Reestructuración del Servicio Nacional de Contratación Pública (SERCOP), con mayor autonomía, control técnico que no sea discrecional y uso de herramientas tecnológicas automatizadas.
  • Un portal de contratación pública que funcione bajo principios de datos abiertos y transparencia. Además de contar con seguridad automática y firma electrónica obligatoria.
  • Obligatoriedad de Registro Único de Proveedores (RUP). 

En cuanto a la LOSEP, las reformas van en camino hacia:

  • Elaborar y actualizar el manual de puestos institucionales con enfoque de competencias y servicio al ciudadano. 
  • Utilizar el sistema del Ministerio del Trabajo con alertas por bajo desempeño y faltas, generar reportes de rendimiento.
  • Evaluaciones de desempeño basadas en eficiencia, resultados y calidad de servicio.

¿Es realmente una ley de carácter económico urgente?

Ahí está el debate. Según el Observatorio de Transparencia a la Contratación Pública, esta ley no cumple con los requisitos para ser tramitada como urgente en materia económica.

¿Qué dicen? Que el proyecto no aborda una situación que afecte directamente el equilibrio de las finanzas públicas ni responde a una crisis económica inmediata, como lo exige el artículo 56 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Además, advierten que ya hay un informe listo para primer debate en la Asamblea sobre reformas a la LOSNCP (presentado en febrero de este año), lo que podría generar duplicidad o confusión en los procesos.

¿Qué propone el Observatorio como alternativa?

Plantean que, en lugar de cambiar toda la ley con carácter urgente, el Ejecutivo podría:

  • Simplificar los procedimientos para reducir trámites innecesarios.
  • Incentivar más ofertas en las contrataciones públicas.
  • Mejorar el portal de compras.
  • Y pagar a tiempo a los proveedores para no desincentivar la participación del sector privado.

Todo eso, dicen, puede hacerse sin necesidad de pasar por una ley urgente, y respaldado con los mecanismos legales ya existentes.

Fuentes: