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febrero 18, 2026

Motivaciones para censurar a Mario Godoy: qué se incluyó y qué quedó fuera

El miércoles 18 de febrero, el Pleno de la Asamblea Nacional debate la censura política contra Mario Godoy, expresidente del Consejo de la Judicatura, pese a que renunció horas antes de la sesión. El juicio político analiza seis motivaciones de presunto incumplimiento de funciones.

¿Por qué fue enjuiciado?

El proceso fue impulsado por asambleístas de la bancada de la Revolución Ciudadana, quienes sostuvieron que, durante su gestión, Godoy no cumplió obligaciones propias de su cargo. Las acusaciones se centraron en presuntas interferencias en la función judicial, fallas en el control disciplinario y omisiones frente a riesgos contra jueces.

El 13 de febrero, la Comisión de Fiscalización aprobó el informe y lo remitió al Pleno para el debate. Durante la sesión del 18 de febrero, la Asamblea analiza si existen o no elementos de responsabilidad política, sin que la renuncia previa de Godoy suspendiera el trámite que lo sancionaría con dos años de suspensión para ejercer cargo público. .

Las seis motivaciones analizadas

Cuatro de las seis motivaciones están vinculadas a la denuncia del juez Carlos Serrano. El informe enviado para el juicio político, señaló que las pruebas revisadas mostraron que las acciones de Mario Godoy Naranjo no garantizaron su seguridad ni independencia, y que las medidas adoptadas no ofrecieron protección efectiva.

1. Presunta interferencia en el caso “Euro 2024”

El caso involucra al ciudadano serbio Jezdimir Srdan, procesado por lavado de activos. Audios difundidos públicamente revelaron presiones del entonces director provincial del Consejo de la Judicatura en Pichincha, Henry Gaibor, dirigidas al juez anticorrupción Carlos Serrano.

Los interpelantes sostuvieron que Godoy no adoptó acciones oportunas para prevenir, investigar o sancionar estas presiones. Godoy indicó que se trató de actuaciones personales de Gaibor, realizadas sin su autorización ni conocimiento.

2. Omisión en la protección del juez Carlos Serrano

Tras dictar sentencia, el juez Carlos Serrano recibió amenazas directas en audiencia. La Policía emitió una alerta de riesgo y recomendó medidas de protección. Posteriormente, el juez solicitó apoyo al Consejo de la Judicatura y no obtuvo una respuesta que consideró suficiente. Luego presentó su renuncia y salió del país.

Los acusadores sostuvieron que Godoy no activó mecanismos institucionales eficaces para proteger al juez. Godoy indicó que la seguridad física corresponde al Ministerio del Interior.

3. Encubrimiento institucional mediante aceptación de renuncias

Luego de la difusión de los audios, el Consejo aceptó la renuncia de Henry Gaibor. Para los acusadores, esta decisión evitó un proceso disciplinario y cerró el caso internamente.

Godoy sostuvo que aceptar la renuncia permitió la salida inmediata del funcionario y no impidió investigaciones penales o de control.

4. Falta a la verdad en comunicaciones oficiales

El informe cuestionó declaraciones públicas de Godoy sobre la renuncia del juez Serrano, en las que señaló que no podía aceptarse sin completar sentencias escritas previas. Es decir, no se habría priorizado la seguridad de Serrano, sino los requisitos legales dentro de otros procesos judiciales.

5. Posible conflicto de intereses por la actuación de su cónyuge

La abogada Dolores Vintimilla, cónyuge de Godoy, actuó como defensora técnica de un procesado en el caso “Euro 2024”. Godoy afirmó que ese patrocinio ocurrió antes de asumir la presidencia del Consejo de la Judicatura.

Los interpelantes señalaron que en el expediente constan notificaciones posteriores y que, aun si la defensa fue previa, existía la obligación de transparentar el vínculo y aplicar medidas preventivas para evitar un posible conflicto de intereses.

6. Denuncia de presiones en el caso Abad – jueza Nubia Vera

La jueza Nubia Vera declaró que, mientras tramitaba una acción de protección presentada por la entonces vicepresidenta Verónica Abad, recibió presiones de funcionarios administrativos del Consejo de la Judicatura, quienes le habrían entregado insumos para la redacción de la sentencia.

Godoy sostuvo que la jueza resolvió a favor de Abad y que ese resultado evidenciaría la inexistencia de una interferencia efectiva.

¿Qué temas quedaron fuera?

Durante el trámite se intentó incorporar hechos adicionales que no fueron admitidos. Entre ellos, el caso de Samantha Lozada. El presidente de la Comisión de Fiscalización, Ferdinan Álvarez, explicó que la ley impide agregar hechos nuevos después de presentada la solicitud, para no vulnerar el derecho a la defensa.

También se rechazó:

  • Documentación no anunciada inicialmente, por incumplir el artículo 79 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
  • Prueba testimonial sobre hechos ajenos a las causales calificadas, como la designación de autoridades o el denominado “Caso Triple A”.
  • 23 notas periodísticas, que solo acreditan la existencia de publicaciones, no la veracidad de los hechos ni la responsabilidad política.

Fuentes:

Citadas en el texto