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septiembre 26, 2025

Constituyente en Ecuador: preguntas clave para entender el proceso

El 16 de noviembre de 2025 los ecuatorianos decidirán en las urnas si quieren instalar una Asamblea Constituyente para redactar una nueva Constitución. La Corte Constitucional ya dio luz verde a la consulta y el CNE incluirá la pregunta en la papeleta. En medio de dudas y desinformación en redes, respondemos las preguntas clave para entender el proceso, los plazos y lo que ocurrirá si gana el “sí” o el “no”.

1. ¿Qué decidió exactamente la Corte Constitucional?

La noche del 24 de septiembre de 2025, la Corte emitió un dictamen favorable para que se consulte a la ciudadanía sobre la instalación de una Asamblea Constituyente, propuesta por el presidente Daniel Noboa.

La Corte:

  • Reconoció que la propuesta se enmarca en los artículos 443 y 444 de la Constitución.
  • Aprobó la pregunta de la consulta popular.
  • Observó ajustes en los considerandos y en el Estatuto, que fueron subsanados por el Ejecutivo.

Con esas correcciones, la Corte concluyó que la propuesta cumple los requisitos para someter la decisión final a la ciudadanía.

2. ¿Cuál es la pregunta que veré en la papeleta?

El CNE incluirá la siguiente pregunta en la consulta popular:

«¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?».

3. ¿Qué es una Asamblea Constituyente y por qué se convoca?

Es un mecanismo democrático que permite redactar una nueva Constitución, no solo reformarla.
Sirve para redefinir la estructura del Estado, los derechos y deberes de la ciudadanía y el diseño institucional.

El artículo 444 de la actual Constitución indica que una Asamblea Constituyente solo puede convocarse mediante consulta popular solicitada por:

El 12% de las personas inscritas en el registro electoral.

  • El Ejecutivo,
  • Dos terceras partes de la Asamblea Nacional, o
  • El 12% de las personas inscritas en el registro electoral.

4. Entonces, ¿ya tenemos una nueva Constitución?

No. La Corte únicamente autorizó consultar al pueblo sobre si quiere instalar una Constituyente.

El proceso sería así:

  • La nueva Constitución debe someterse a otra consulta popular, en la que los ecuatorianos decidirán si la aprueban o no.
  • El 16 de noviembre la ciudadanía vota “sí” o “no” a la instalación de la Constituyente.
  • Si gana el “sí”, el CNE convoca a elecciones para elegir a los asambleístas constituyentes.
  • Estos redactan el nuevo texto constitucional.

5. ¿Qué pasa si gana el “no” en la consulta de noviembre?

La propuesta del presidente Noboa no avanzará y seguirá vigente la Constitución actual.
El Gobierno deberá explorar otros mecanismos, como reformas o enmiendas, para proponer cambios a la Carta Magna.

6. ¿Quiénes redactarían la nueva Constitución y en qué plazo?

La redacción estará a cargo de los asambleístas constituyentes, elegidos por voto popular exclusivamente para esa función.

El Estatuto aprobado por la Corte establece que:

  • La Constituyente trabajará durante 180 días (6 meses) contados desde su instalación.
  • Este plazo puede prorrogarse una sola vez por 60 días adicionales.
  • En total, el proceso de redacción duraría hasta 8 meses.

Si el “sí” gana en noviembre y se cumplen los plazos, el país podría tener un texto constitucional redactado hacia octubre de 2026.

7. ¿Se disuelve la Asamblea Nacional mientras funciona la Constituyente?

No.
La Asamblea Nacional sigue en funciones.
La Constituyente se enfoca exclusivamente en la redacción del nuevo texto y no sustituye al Legislativo actual.

8. ¿Quiénes pueden postularse como asambleístas constituyentes?

Los requisitos son los mismos que para ser asambleísta nacional:

  • Tener nacionalidad ecuatoriana,
  • Haber cumplido 18 años al momento de la inscripción,
  • Estar en goce de los derechos políticos.

9. ¿Cuánto tiempo tardaría todo el proceso, desde la consulta hasta la nueva Constitución?

  • El CNE debe convocar a elecciones para asambleístas dentro de los 90 días posteriores a la proclamación de los resultados de la consulta.
  • La Constituyente trabajará hasta 8 meses como máximo (180 días prorrogables por 60).
  • Luego, el texto aprobado por los constituyentes se someterá a una nueva consulta popular.

En el mejor escenario, si cada etapa se cumple sin retrasos, la nueva Constitución podría someterse a referéndum hacia finales de 2026.

10. ¿Cómo se organizará internamente la Asamblea Constituyente?

Habrá una Mesa Directiva y 8 Mesas de Trabajo, integradas por 10 asambleístas cada una, con representación proporcional según las circunscripciones.

Las Mesas de Trabajo serán:

  • Régimen de Desarrollo e Inclusión Social
  • Derechos y Garantías Fundamentales
  • Organización y Funciones del Estado
  • Régimen Económico y Finanzas Públicas
  • Justicia y Sistema Judicial
  • Participación Ciudadana y Control Social
  • Régimen Territorial y Descentralización
  • Naturaleza y Ambiente

11. ¿Qué temas puede cambiar la Constituyente y cuáles no?

Puede modificar, reformular o incluir artículos que entren en las ocho áreas de trabajo.
Sin embargo, hay limitaciones:

  • No puede convertirse en un órgano de plenos poderes (sin límites legales), porque violaría el principio de separación de poderes.
  • No puede incorporar disposiciones que signifiquen regresión de derechos ni afectar los principios de progresividad.
  • Debe respetar la dignidad humana, los principios democráticos y los tratados internacionales de derechos humanos suscritos por el Ecuador.

Fuentes:

Constitución del Ecuador
Corte Constitucional – Dictamen 11-25-RC/25
Corte Constitucional – Dictamen 11-25-RC/25A
Corte Constitucional – Dictamen 11-25-RC/25B
Plataforma presidencial – Decretos presidenciales 153 y 155
Consulta a Gonzalo Muñoz – Abogado constitucionalista
Lupa Media – El ABC de la Asamblea Constituyente: datos y desinformación – 18/09/25
Lupa Media – La Corte no ha autorizado la consulta popular sobre Asamblea Constituyente – 22/09/25