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marzo 15, 2025

La CC no se ha pronunciado sobre la licencia para hacer campaña, ni puede destituir asambleístas

Un video viral afirma que la Corte Constitucional destituyó a asambleístas y declaró inconstitucional una resolución sobre la licencia de Noboa. Lupa Media verificó que es falso.

Lo que debes saber:

  • Un video difundido en redes sociales afirma que la Corte Constitucional (CC) declaró inconstitucional la resolución de la Asamblea que obligaba al presidente Noboa a pedir licencia para hacer campaña y ordenó la destitución de los asambleístas que la apoyaron.
  • La Asamblea Nacional no emitió dicha resolución, ni la CC puede destituir a asambleístas. 
  • La CC sólo se pronunció sobre la inconstitucionalidad de los Decretos Ejecutivos de Noboa, que trataban sobre el encargo de la Presidencia a Cynthia Gellibert. No emitió ninguna resolución sobre la licencia de campaña para el presidente ni sobre la destitución de asambleístas.

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¿Qué verificamos?

Un video viral alega que la Corte Constitucional declaró inconstitucional una resolución de la Asamblea Nacional que obligaba al presidente Noboa a pedir licencia para hacer campaña y destituyó a los asambleístas que apoyaron esa resolución.

¿Por qué es completamente falso?

No existe ninguna resolución de la Asamblea Nacional sobre este tema ni la Corte Constitucional tiene la facultad de destituir asambleístas.

¿Qué dice la evidencia? 

  • El 4 de enero de 2025, la Asamblea Nacional aprobó una resolución que obligaba a los legisladores que se postularon como candidatos en las elecciones generales de 2025 a tomar licencia sin remuneración para hacer campaña. Esta resolución solo afectó a los asambleístas, no al presidente Noboa.
  • El 3 de febrero de 2025, la Corte Constitucional hizo publica su decisión de declarar inconstitucional los Decretos Ejecutivos N°500 y N°505, por los cuales Daniel Noboa encargó la Presidencia a Cynthia Gellibert, argumentando «fuerza mayor» para hacer campaña.
  • De acuerdo con la ley ecuatoriana, la Corte Constitucional puede declarar la inconstitucionalidad de decretos y remitir casos a la Fiscalía para investigar responsabilidades, pero no tiene autoridad para destituir directamente a asambleístas ni prohibir su acceso al Legislativo, como asegura la desinformación viral.
  • Lo que la Corte Constitucional puede hacer es sancionar a los funcionarios en caso de incumplimiento de sus sentencias, explica a Lupa Media el constitucionalista Esteban Ron.
  • Los legisladores podrán ser destituidos por sentencia judicial condenatoria por delitos, por acumular inasistencias injustificadas a las sesiones plenarias, o por situaciones que impidan el ejercicio de sus funciones, como incompatibilidades legales o conflictos de interés. El proceso de destitución se lleva a cabo dentro de la Asamblea Nacional, siguiendo los procedimientos establecidos en la Constitución y la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
  •  El video viral desinformativo muestra el logo de “VozPópuli”, un medio digital español. No hay registro de que este medio digital haya publicado nada relacionado con las decisiones de la Corte Constitucional ecuatoriana. Además, la publicación no sigue los estándares gráficos de la línea editorial de «VozPópuli», lo que pone en duda su veracidad.
  • Lupa Media ha registrado que desde enero de 2025, circula desinformación similar.

Conclusión

COMPLETAMENTE FALSO: La Corte Constitucional no se ha pronunciado sobre una resolución de la Asamblea relacionada con la licencia del presidente Noboa para hacer campaña, ni tiene la facultad de destituir a los asambleístas. La Corte solo intervino en los Decretos Ejecutivos de Noboa, pero no en las decisiones de la Asamblea sobre licencias para candidatos.

Fuentes:

Consulta Corte Constitucional Ecuador
Corte Constitucional – SENTENCIA 1-25-IN/25 
Corte Constitucional en X – Publicación 3/02/2025
Asamblea Nacional – Resolución 4/01/2025
Asamblea Nacional en X – Publicación 4/01/2025
Constitución del Ecuador
Ley de Garantías Jurisdiccionales
Ley Orgánica de la Función Legislativa
Consulta a Esteban Ron – experto en derecho constitucional

 

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